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Nuestras leyes no castigan la trata de personas

Por Guadalupe Vallejo Mora

No sólo es necesario visibilizar sino crear el marco legal que permita castigar a los responsables de la trata de personas, fenómeno considerado como uno de los negocios más redituables de la delincuencia organizada, después del tráfico de armas y el narcotráfico.

Karina Arias, coordinadora de Vinculación y Promoción de la organización Sin Fronteras destacó que a pesar de la magnitud del problema, en nuestro país nadie ha sido castigado por este delito, porque la trata de personas no está tipificada como delito.

La situación se agrava si se toma en cuenta que el fenómeno es nuevo en México. Además, las leyes sólo castigan a los traficantes de personas y no a los tratantes, esto es «las leyes se hicieron pensando que ambos casos son sinónimos, cuando son dos fenómenos diferentes», acotó.

Explicó que la única referencia a la trata de personas como tal en México, está contemplada en el título octavo, capítulo tres, del Código Federal Penal, sobre «trata de personas y lenocinio». Sin embargo, únicamente contiene la definición de lenocinio y cómo se da y nunca menciona a la trata ni el castigo a los responsables.

En este sentido, urgió a que en nuestro país se lleve a cabo una reforma al referido Código para incluir además de la definición de trata, las penas a que se harán acreedores quienes cometan este delito. «Tenemos ya el nombre del capítulo, falta el contenido», subrayó.

Según estimaciones de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), únicamente la trata de personas con fines de explotación sexual mueve cada año entre cinco y siete billones de dólares, sin tomar en cuenta la trata económica, de explotación, por deuda.

De acuerdo con el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), cada año se venden cerca de cuatro millones de mujeres con fines de prostitución, esclavitud o de matrimonio; en tanto dos millones de niñas son introducidas en el comercio sexual.

Por su parte, la Organización Internacional de Migraciones (OIM) calcula en 500 mil el número de mujeres que entran todos los años en Europa occidental, como consecuencia de la trata con fines de explotación sexual.

Arias reconoció en entrevista que a diferencia de hace algunos años, cuando la trata involucraba únicamente a mujeres europeas blancas con fines de explotación sexual, hoy en día este fenómeno va más allá de utilizar únicamente a la población femenina, ya que abarca a población de todos los estratos sociales, así como a niños, niñas, mujeres y varones sin importar la edad.

Un informe de la Universidad Johns Hopkins con sede en Washington, destaca que las legislaciones de los países de América –incluido México-, carecen de una penalización adecuada para el delito de la trata y el tráfico de personas; incluso algunos códigos penales castigan con una pena menor la trata para propósitos de prostitución.

El representante de la OIM, Richard Perruchoud, informó que cada año cerca de 700 mil personas, en su mayoría mujeres y menores de edad, son traficados por redes de delincuencia.

«La trata de personas implica graves consecuencias para la sociedad en su conjunto, pues se trata de una violación a los derechos de las personas».
Arias, por su parte, resaltó que las y los migrantes son el sector más vulnerable de ser atraídos por las redes de tratantes y traficantes de personas.

El tratante es la persona que comete el delito, se encargan de establecer los «contactos» y pueden ser amigos, familiares, vecinos o conocidos hasta miembros de una mafia del crimen organizado o incluso dueños de algún negocio.

En la trata, las víctimas quedan reducidas a simple mercancía y son ocultados generalmente en lugares clandestinos, bajo condiciones de esclavitud y amenaza. De escaparse, la situación se agrava porque su vida y seguridad futura, de ellas y sus familias, corre peligro, de ahí que se debe conservar la confidencialidad de las mismas.

Al definir la trata, recordó que se es una manipulación de una persona que tiene la necesidad de migrar para tener una mejor vida. El tratante se aprovecha de su necesidad; en este caso siempre es con fines de explotación.
Por su parte, el tráfico de personas es un delito contra el Estado. Aquí la persona no es vista como mercancía. El «trabajo» del «pollero» o «enganchador» consiste en facilitar la entrada ilegal de una persona a un país donde no es nacional.

REDES

Susana Chiarotti, consultora de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), precisa que las redes del comercio sexual en América latina y el Caribe tienen sus puntos de operación y reclutamiento; de manera principal Brasil, Colombia, República Dominicana, Surinam y las Antillas para los centros de distribución ubicados en España, Grecia, Alemania, Bélgica y Holanda.

Tan sólo en España, según información de diversos centros de protección de mujeres que han sido víctimas de la trata, se da cuenta de que la mayoría de sus víctimas son originarias de países de nuestra región; lo que coincide con un diagnóstico de la Dirección General de la Guardia Civil de ese país, que reafirma que América latina es el lugar de procedencia del 70 por ciento de las víctimas de la trata de mujeres.

2005/GV/GM

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