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Organizaciones exigen esclarecer caso Mireya

Por Anayeli García Martínez
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La historia de Mireya, la mujer que por alrededor de siete años denunció la violación sexual contra sus tres hijos hasta que decidió quitarse la vida, podría repetirse por lo que más de 40 organizaciones civiles, académicas e instituciones de salud pública exigieron a las autoridades capitalinas esclarecer el caso y eliminar de la legislación capitalina la figura jurídica de Alienación Parental. 
 
El suicidio de Mireya Agraz Cortés, sus tres hijos, su padre y su madre (quien sobrevivió), ocurrido el 7 de junio en la delegación Magdalena Contreras de esta ciudad, fue el resultado de una cadena de inconsistencias y omisiones que obstaculizaron el acceso a la justicia para una mujer que en tres ocasiones denunció violencia sexual hacia sus hijos ante la Procuraduría General de Justicia capitalina, afirmaron activistas en conferencia de prensa.
 
La directora fundadora de la Asociación para el Desarrollo Integral de Personas Violadas (Adivac), Laura Martínez Rodríguez, precisó que en diciembre de 2010 Mireya se dio cuenta del abuso sexual contra su hijo de entonces tres años de edad, a quien se le practicaron tres peritajes a lo largo de estos años para comprobar su dicho. A pesar de que las pruebas salieron positivas él y sus hermanas gemelas fueron obligados a convivir con su padre, lo que llevó a que en 2014 una de las niñas también fuera abusada.
 
Además Martínez Rodríguez explicó que como parte de petición de divorcio que L. Olvera, padre de los niños, interpuso en agosto de 2011, la jueza Silvia Araceli García Lara, del Juzgado Undécimo de lo Familiar, pidió un peritaje de Alienación Parental –figura jurídica reconocida desde 2014 en la legislación capitalina pero no avalada por ninguna institución de prestigio– para acreditar que la mujer manipulaba a sus hijos y que los menores de edad mentían.
 
Ante ello las defensoras y agrupaciones exigieron abrir nuevas líneas de investigación del caso de suicidio colectivo, que esta indagatoria considere la violencia institucional, el abuso de poder y la violación al derecho de acceso pleno a la justicia, derechos que se violaron previo al deceso de los tres niños, su madre y su abuelo.
 
Asimismo exigieron la destitución inmediata de las y los servidores encargados de la supuesta impartición de justicia en el caso; y que se revise el Protocolo de actuación y operación del Centro de Convivencias del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, toda vez que en 2016 una de las niñas dijo que su padre abusada de ella en los baños de este lugar donde no hay cámaras de seguridad.
 
Como parte de la investigación también pidieron que se garantice el acceso a la justicia y debida diligencia con perspectiva de género, derechos humanos e interés superior de la infancia y que se proteja y considere víctima a la madre de Mireya, única sobreviviente de los hechos.
 
Para la abogada especializada en justicia con perspectiva de género, Karla Micheel Salas, la historia de Mireya es muy clara: se trata de tres niños que por decisión judicial fueron obligados a convivir con un padre violar y de una madre que por siete años confió en instituciones que al final le negaron el acceso a la justicia y que además la violentaron. 
 
La abogada consideró que las instituciones deben revisar la actuación de las juezas que obligaron a los niños a convivir con su padre, las razones por las cuales la Procuraduría capitalina no investigó la denuncia de violación sexual y además la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México debe explicar qué sucedió con la queja que Mireya interpuso en 2015.
 
JUEZAS INVOLUCRADAS
 
Entre las irregularidades que las defensoras encontraron al revisar parte del expediente, señalaron que el juicio por la custodia de los niños que llevó la jueza Décima, Cristina Espinoza Rosello y después la jueza Undécima, Silvia Araceli García Lara, no se aplicó el “Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren a niñas, niños y adolescentes”, elaborado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación para todos los juzgadores.
 
Además, criticaron que después de que el 7 de junio se encontraran los cinco cuerpos sin vida, y a la abuela materna inconsciente, a Mireya se le acusó de “desequilibrada” y de ser una mujer “empecinada” en no dejar convivir a sus hijos con su padre a pesar de que en los expedientes de la denuncia se acreditó el abuso sexual por parte de L. Olvera.
 
No obstante, después de que se conoció el caso, el entonces procurador, Rodolfo Ríos Garza, afirmó que Mireya presentó tres denuncias por abuso sexual, delito que, según dijo, no se acreditó.
 
Al respecto la activista de la Coordinadora Popular de Madres Educadoras, Leticia Chávez Rodríguez, destacó la gravedad de que en una denuncia penal de abuso sexual infantil estuviera ausente el enfoque de los derechos de niñas y niños, quienes al final perdieron la vida por un mal tratamiento de un proceso judicial. 
 
En opinión de Chávez Rodríguez, a pesar de que la sociedad civil y diversos actores políticos han trabajado para garantizar los derechos de la infancia, estos principios son invisible a pesar de que la Suprema Corte creó el Protocolo de actuación en casos de niñas, niños y adolescentes.
 
Es por ello que exigió a la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México que no cierre el caso, que se revise la denuncia de abuso sexual y que se revise si se cumplieron los manuales y procedimientos de actuación en este caso porque, dijo, pareciera que la justicia se inclinó por una de las partes sin respetar el debido proceso.
 
A su vez la directora del Instituto de Investigación y Estudios de la Violencia hacia Niñas, Niños y Adolescentes, Mónica Herrerías Domínguez, dijo que en la denuncia de Mireya hubo prácticas de las autoridades ministeriales y judiciales que convirtieron este proceso en un caso más de violencia estructural porque las leyes  vigentes no se aplicaron.
 
Las activistas también exigimos a la Suprema Corte que resuelva la Acción de Inconstitucionalidad 19/2014 interpuesta por la Comisión de Derechos Humanos capitalina en 2014 y que declare la derogación de la figura jurídica de Alienación Parental, vigente en el Artículo 323 séptimas del Código Civil de la capital, concepto que se usa para desacreditar a niñas y niños víctimas de violación sexual.
 
17/AGM/

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