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Peligra en España el derecho de asilo

Por Marta Martínez/corresponsal

El año 2008 se cerró con la cifra más baja de los últimos 20 años en solicitudes de asilo en el Estado español, 4 mil 516, de las cuales sólo se concedió el estatuto de refugiado a 151 personas. Si esta cifra es preocupante, lo es más el hecho de que Consejo de Ministros español haya aprobado un proyecto de Ley de Asilo que supone un grave retroceso en la protección de las personas refugiadas.

El proyecto elimina la posibilidad de solicitar asilo en una embajada o consulado español, devalúa el papel del ACNUR y no menciona, como se venía solicitando desde diferentes organizaciones sociales, la Disposición Adicional de la Ley de Igualdad, en la que se reconoce el derecho a solicitar asilo a las personas extranjeras que huyen de sus países por motivos de género.

Para la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), «la protección a las personas perseguidas por su raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a un grupo social determinado o su orientación sexual se encuentra en una seria amenaza de desaparecer».

Para Javier Galparsoro, abogado y presidente de CEAR-Euskadi, el motivo de esta reforma a la Ley de Asilo de 1984 sería que «España va a tomar la presidencia europea en unos meses y tiene que hacer los deberes: traspasar las directivas europeas a las leyes españolas».

Por ese motivo habría presentado también un proyecto de Ley de Extranjería, que se discutirá en el Parlamento español casi al mismo tiempo que el de Asilo y que supone también un importante recorte de derechos para las personas extranjeras, entre otras cosas, porque limita la reagrupación familiar y castiga la solidaridad con los y las inmigrantes indocumentados.

Para Galparsoro, «cada vez es más decadente esta Europa en la que vivimos. La solidaridad se está vaciando de contenido». Cada año se aprueban en el Estado español sólo el 5 por ciento de las solicitudes de refugio y con esta reforma, CEAR y otras organizaciones como SOS Racismo temen que esa estadística disminuya aún más.

Con este proyecto de ley, el gobierno español pretende impedir que un ciudadano de la Unión Europea pida asilo y suprimir la posibilidad de pedirlo por la vía diplomática, es decir, que sólo se pueda solicitar el estatuto de refugiado una vez la persona perseguida se encuentre en territorio español.

Además, exige pruebas científicas para la reagrupación familiar (al estilo del presidente francés Nicolas Sarkozy) y reduce de tres a un mes el plazo para solicitar asilo. Este último punto es muy preocupante porque un mes es un plazo es muy breve. Una persona perseguida que ha logrado salir de su país y llega al Estado español no tiene por qué hablar la lengua.

Puede incluso que hable un idioma poco común y que sólo para encontrar un traductor se tarden dos semanas o más. Eso sin hablar de conseguir todos los documentos que exigen las autoridades para solicitar el estatuto.

Otro de los temas preocupantes es que impide regular el estatus de apátrida y que no especifica el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Entre los aspectos positivos de esta norma, habría que destacar dos: que se amplían los agentes de persecución (ya no es sólo el Estado el que persigue) y que se recogen las razones humanitarias de forma más automática.

09/MM/GG

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