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Protege España a víctimas de violencia intrafamiliar

Por la Redacción

Legisladores españoles aprobaron una propuesta que regula la orden de protección a víctimas de violencia doméstica, en una decisión considerada como histórica por todos los sectores de la sociedad y que busca reducir los altos índices de violencia intrafamiliar en España.

La nueva regulación, cuya entrada en vigor está prevista para la primera semana de junio de este año, fue avalada por los ministros de Justicia, José María Michavila y del Trabajo, Eduardo Zaplana, quienes destacaron la importancia de legislar sobre el problema de la violencia doméstica que ha dejado un saldo negativo en la vida de las mujeres.

Para la legisladora María Jesús Sainz, del gobernante Partido Popular, (PP), la nueve ley compensa la deuda que todos los grupos políticos tenían con las mujeres, mientras Diego López Garrido, del Partido Socialista Obrero Español (PSOE), destacó que se trata de un pacto político contra «el otro terrorismo» que por años ha flagelado a las mujeres.

La iniciativa modifica el artículo 13 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal con el fin de extender en las primeras diligencias la protección, tanto de la víctima como de sus familiares u otras personas relacionadas con ella, y contempla la posibilidad de acordar medidas cautelares como la prohibición de residencia.

También adiciona un nuevo artículo, el 544, que establece que la orden puede aplicarse además de al cónyuge o pareja de la víctima, a los hijos, pupilos o personas discapacitadas que convivan con el agresor o estén bajo su tutela.

La propuesta, aprobada el pasado 27 de mayo, obliga a entidades u organismos asistenciales, públicos o privados a comunicar al juez o al ministerio fiscal hechos de violencia doméstica de los que tengan conocimiento.

La orden podrá ser dictada de oficio o a petición de la víctima y podrá solicitarse al juez, al fiscal, a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y en las oficinas de atención a la víctima , así como en servicios sociales o instituciones asistenciales dependientes de administraciones públicas.

Dichas instancias deberán facilitar a las víctimas la solicitud y poner a su disposición información, formularios y otros medios.

Una vez que el juez haya recibido la solicitud, convocará a una audiencia tanto a la víctima o su representante legal, al solicitante de la orden y al agresor, así como al Fiscal.

Además podrá solicitarse una declaración por separado para evitar confrontaciones entre los familiares de la víctima y el agresor.

Si el hecho constituyera una falta, el juez resolverá sobre la orden de protección y su contenido en el acto del juicio de faltas o en el momento de dictar sentencia.

La solicitante podrá obtener información de la situación procesal del imputado y de su situación penitenciaria.

Las órdenes de protección dictadas por el juez, serán inscritas en el Registro Nacional para la Protección de las Víctimas de Violencia Doméstica, según información de la agencia Europa Press.

2003/LGL/MEL

       
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