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Recibió CoIDH documento sobre feminicidio en Campo Algodonero

Por Redaccion

Ante la próxima sentencia que emitirá la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIHD) al Estado mexicano por 3 de los 8 feminicidios del Campo Algonodero, en Ciudad Juárez, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil) acusó al Estado mexicano de no cumplir con sus obligaciones de prevenir y castigar la violencia y discriminación contra las mujeres en Chihuahua.

En un comunicado, Cejil informó que conjuntamente con The International Reproductive and Sexual Health Law Programme (IRSHL) de la Facultad de Derecho de la Universidad de Toronto, entregaron la tarde de ayer a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), un Amicus curiae (documento) que, sostienen, aportará elementos para la decisión que tome la Corte en el caso del Campo algodonero, de Ciudad Juárez, donde en noviembre de 2001 fueron hallados 8 cuerpos de mujeres.

Cabe recordar que el 21 de diciembre de 2007, la Corte notificó a los abogados Karla Michel Salas Rodríguez y David Peña, de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos (Anad), peticionarios del caso de Claudia Ivette González, Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monárrez, la admisión de tres de los ocho casos del conocido Campo Algodonero.

Por ahora, los peticionarios están a la espera de que la CoIDH responda a su petición de audiencia, donde le solicitarán que atraiga los 8 casos y no solamente los 3, pues como ha sostenido Salas Rodríguez, no son hechos aislados sino la suma de violaciones a los derechos humanos de las mujeres.

En el documento entregado ayer a la CoIDH, Cejil –organismo de defensa de derechos humanos con estatus consultivo ante la Organización de Estados Americanos– y el IRSHL manifestaron su preocupación porque desde 1993 a 2005 los asesinatos de mujeres en esta entidad fronteriza con Estados Unidos «se han disparado».

ESTADO MEXICANO, SIN RESPUESTA

Señala que el Estado mexicano no ha tomado las medidas necesarias para erradicar los estereotipos de género que dominan y persisten en Chihuahua y que han propiciado la impunidad.

«El Estado ha dejado de responder de manera efectiva a los asesinatos de Claudia Ivette González, Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monárrez, debido, en parte, a su posición inferior en la sociedad.

Así, el Estado falló en tomar las medidas apropiadas para sancionar a sus agentes y oficiales, así como investigar efectivamente el aumento considerable de la violencia basada en el género desde 1993, al no someter a los autores de los crímenes a la justicia ni imponerles castigos apropiados, ni asegurar reparaciones efectivas a las familias de las víctimas», dice el Amicus curiae.

ESTEREOTIPOS DE GÉNERO, LOS ORÍGENES

Por ello, pidió a la Corte que en la sentencia que sobre el caso emita en fechas próximas al Estado mexicano, le ordene tomar las medidas necesarias para erradicar los estereotipos de género que «son la causa de la discriminación y la violencia de género en contra de las mujeres de Ciudad Juárez y que lo exhorte a modificar y eliminar patrones y prácticas en el sistema de justicia penal en Ciudad Juárez que han permitido la perpetuación de la discriminación e impunidad de estos crímenes».

Cejil ha manifestado que con este documento pretenden que la CoIDH tenga elementos suficientes que permitan que su decisión considere aspectos que son la causa y raíz de la violencia contra las mujeres.

Entre éstos, destacan «la estereotipación de género fundamentada en conceptos de inferioridad y subordinación de las mujeres jóvenes, pobres y principalmente migrantes frente a los hombres».

Consideran que el estereotipo que se ha permeado en los casos de feminicidio ha sido perpetuado a través de una cultura de impunidad alrededor de la posición subordinada de las mujeres, y citan como ejemplo el Código Penal estatal, el cual considera que si hay provocación por parte de una mujer en el delito de violación, la pena es atenuada. Y en el caso de rapto, si el hombre que se roba a una mujer se casa con ella, la conducta se despenaliza.

Y señala también cómo estos estereotipos han llevado a culpar a las mujeres de la violencia que es ejercida en su contra, ya sea por su forma de vestir o su comportamiento en la sociedad.

Recuerdan a la CoIDH que los tratados internacionales que México ha signado, como la Convención para Eliminar Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y Belém Do Pará, obligan a los Estados parte a eliminar estas formas de estereotipación en razón de género y a modificar sus leyes, reglamentos, usos y prácticas que constituyan discriminación contra la mujer.

«México ha permitido que los estereotipos de género que propician discriminación y violencia contra la mujer, fundamentados en el machismo, permanezcan al día de hoy incluso en leyes, políticas y prácticas del estado de Chihuahua donde se han llevado a cabo estos crímenes atroces», dice el documento.

Y agrega que las autoridades estatales han rechazado reconocer la naturaleza de género de estos crímenes, lo que ha conducido a investigaciones inadecuadas y negligentes, que han asegurado que la violencia se mantenga sin castigo y que ha propiciado un clima de impunidad.

El Amicus curiae enfatiza cómo el Estado mexicano ha vulnerado los derechos de las mujeres asesinadas en Ciudad Juárez, al negarles el derecho a la igualdad, a la no discriminación y a vivir libres de violencia.

Finalmente, consideran que la sentencia de la Corte tendrá importantes repercusiones para los derechos humanos de las mujeres en términos de igualdad y no discriminación y el derecho a vivir libres de violencia, no sólo en el Sistema Interamericano, sino a nivel universal y en países donde la estereotipación y la violencia son socialmente persistentes y dominantes.

08/LGL/GG

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