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Sistema de Justicia para Adolescentes

Por Lucero Saldaña

«El que detiene el castigo, a su hijo aborrece; más el que lo ama, desde temprano lo corrige», dice un proverbio para pensar; y es que en los últimos años ha aumentado la delincuencia juvenil en la capital de nuestro país en un 36 por ciento. Niños y adolescentes entre 12 y 17 años tienen ya antecedentes penales.

La delincuencia juvenil aumenta cada vez más, y cada vez son más los y las menores de edad quienes cometen un delito o están relacionados con un ilícito. En los ocho penales que existen en el DF, el 50 por ciento de la población penitenciaria tiene edades que fluctúan entre los 18 y 30 años. Lo que resulta impresionante es que los delitos van desde el robo y homicidio, hasta el secuestro. Aunque muchos de estos niños y adolescentes son utilizados por adultos.

Se trata de más de 12 mil personas en este rango de edad, en donde lamentablemente ya la mayor parte de los delincuentes son jóvenes. La mayoría han tenido problemas en el núcleo familiar, han sido víctimas de violencia intra familiar, han sufrido problemas de desempleo, han desertado de la escuela, y/o han tenido acceso a las adicciones desde una edad muy temprana.

«Instruye al niño en su camino, y cuando fuera viejo no se apartará de él», prevenir antes de reprimir sería el la mejor manera para atender adecuadamente el problema de la delincuencia en jóvenes.

Sin embargo, la actual legislación en nuestro país con relación a la justicia penal para adolescentes, se encuentra notoriamente retrasada y no satisface las exigencias de un verdadero sistema de justicia para ellos, por lo que se analiza la idea de contar con un nuevo sistema que no solamente sea respetuoso de sus derechos y garantías, sino que además responda a las demandas de seguridad y justicia de la sociedad.

La influencia que al respecto ha tenido la suscripción de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño de 1989, particularmente con relación a la reforma producida en el año de 1999 al artículo 4º Constitucional, y en cuanto a la expedición de la Ley para la Protección de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en abril de 2000, se destaca en el interés de la UNICEF para que los países firmantes realicen las medidas necesarias para atender adecuadamente esta problemática.

Reformar el Artículo 18 de nuestra Constitución, requiere del consenso de las entidades federativas para que se implemente, en el ámbito de sus respectivas competencias, un sistema de justicia penal en el que se garanticen los derechos que la propia Carta Magna establece para todo individuo, así como los derechos específicos que tienen las y los adolescentes, como personas en pleno desarrollo.

La edad es uno de los principales aspectos que se debe analizar, ya que existe una iniciativa del Ejecutivo que habla de personas mayores de 12 años y menores de 18 años de edad, haciendo una exclusión expresa de los menores de 12 años, a los que se les exenta de responsabilidad penal, por lo que únicamente podrían ser sujetos de rehabilitación y asistencia social.

Para hacer posible esto, además de ver las diferencias de las edades penales en los Estados, se requiere invariablemente de crear instituciones, tribunales y autoridades especializadas y previamente establecidas tanto para la procuración como para la impartición de la justicia penal, obligando a las autoridades la debida actuación de conformidad con el interés superior y la protección integral de las y los adolescentes.

De acuerdo a la radiografía de la situación de los penales en la que incluye sobre población, falta de espacios, venta de droga, corrupción y todos los problemas que significan lo contrario a una verdadera readaptación social, ¿cómo se observará la garantía del debido proceso legal en todos los procedimientos seguidos a los adolescentes, para que tengan como fin la reintegración social y familiar? Lo seguro es que tenemos que legislar al respecto, porque peor es dejarlo como está; el análisis es necesario. ¿Usted qué opina?

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*Senadora e integrante de la Comisión de Equidad y Género y de la Comisión Especial que dará seguimiento a los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez.

2004/BJ/SM

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