Más allá de las opiniones encontradas que han surgido a partir de la negativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para analizar las controversias contra las reformas constitucionales a la Ley Cocopa (Ley de cultura y derechos indígenas), a continuación comentaremos una pequeña descripción de los derechos que ahí se plantean.
El dictamen sobre la reforma indígena, aprobado por el senado de la república el pasado 25 de abril, modifica sustancialmente en forma y contenido la iniciativa elaborada por la Comisión de Concordia y Pacificación (Cocopa) y presentada por el jefe del ejecutivo en diciembre del año pasado; no obstante establece como un derecho fundamental la no discriminación por motivos de género, origen étnico, edad, capacidades, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias y estado civil.
En este sentido, uno de los derechos más controvertidos y debatidos desde diciembre del año pasado fue el derecho a la autonomía de los pueblos indígenas, ya que en las modificaciones del dictamen aprobado por el senado se establece que el derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación se ejercerá en el marco de las constituciones y las leyes de las entidades federativas.
La modificación constituye a todas luces una desventaja, ya que la autonomía se convierte en materia local y queda a criterio de los estados y los gobiernos locales su reconocimiento.
Además, la ley establece el derecho a conservar y mejorar el hábitat así como a preservar la integridad de sus tierras, lo mismo que el derecho a tener acceso a las formas y modalidades de propiedad y tenencia de la tierra, como condición necesaria para el uso y disfrute de los recursos naturales de los lugares que habitan y ocupan las comunidades.
Asimismo señala la necesidad de preservar y enriquecer las lenguas indígenas, los conocimientos y todos los elementos que formen parte de su cultura e identidad. De la misma manera, estipula la necesidad de impulsar el desarrollo regional de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de los pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno y la participación de las comunidades.
Para ello, dispone la ley, las autoridades municipales están obligadas a determinar de manera equitativa las asignaciones presupuestales que las comunidades administrarán directamente para fines específicos.
De esta forma, en tanto no se resuelve algún método legal para solicitar el análisis profundo de la ley, y mientras las autoridades legislativas se ponen de acuerdo, la Ley Cocopa contiene derechos humanos fundamentales para los pueblos indígenas cuya aplicación deben garantizarse desde ahora.
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