Alrededor de 16 mil infantes son víctimas de explotación sexual en el país, y es la zona de La Merced, en el Distrito Federal, donde más se concentran, informó el presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), Julio César Moreno Rivera.
Por ello urgió a aprobar la Ley de Trabajo Sexual presentada el 19 de octubre del 2004, ya que regulará el trabajo sexual en la vía pública y ayudará a combatir la prostitución infantil a nivel nacional y en las diferentes zonas de la ciudad de México.
«Con dicha ley, el gobierno del Distrito Federal reconocerá a las y los sexoservidores como trabajadoras no asalariados, por lo que tendrán que ser mayores de edad para que puedan ser reconocidas como tales, previa solicitud de la Dirección General de Trabajo y Previsión Social de la Secretaría de Gobierno».
De esta manera, el diputado local del PRD Moreno Rivera hizo un llamado a sus compañeros que están en contra de la propuesta de ley a que no se quede sólo en el discurso la protección de este grupo vulnerable, toda vez que la propuesta busca regular la actividad sexual en la vía pública a personas mayores de edad comprobada.
Comentó que lo peor que puede suceder es que la ley no se apruebe por desconocimiento o por una errónea interpretación de ésta y no se realice un marco legal en este rubro, «y que sigan habiendo extorsiones y tratos crueles, además de prostitución infantil en las diferentes zonas de la Merced, Circunvalación, Tlalpan, Cuauhtémoc, Venustiano Carranza, entre otras, fomentada por autoridades y lenones».
El representante popular señaló que uno de los mayores errores que tienen algunos de sus homólogos es que confunden la actividad sexual en la vía pública como un delito cuando sólo es una falta administrativa sancionada por la Ley de Cultura Cívica de la capital.
Finalmente, añadió que a los y las trabajadoras sexuales con la norma se les garantizarían derechos y obligaciones, así como normar políticas, medidas y programas gubernamentales que contribuyan a su normatividad.
2005/GV/GM