Inicio Endeble, la protección a las activistas de DH en el mundo

Endeble, la protección a las activistas de DH en el mundo

Por Hypatia Velasco Ramírez

En el mundo, las mujeres defensoras de derechos humanos son objeto de represalias por varios motivos, pues al ser defensoras «de la causa de las mujeres en países donde sus derechos son negados por razones culturales, sociales o religiosas, esas mujeres defensoras se encuentran en la mira».

Lo anterior, según el Informe anual del Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos 2006, donde se relatan los casos de países como Pakistán, Afganistán e Irán. En este último, por ejemplo, durante las manifestaciones hechas de manera pacífica para protestar contra la discriminación que sufre la población femenina, las mujeres fueron «dispersas de manera violenta».

Y en América Latina, refiere, fueron señaladas algunas asociaciones de defensa de derechos humanos de las mujeres.

En Colombia «las mujeres que se atreven a comprometerse en la reconstrucción del tejido social sin el visto bueno de los grupos paramilitares que buscan controlar algunas ciudades o regiones, y que, además, fundan sus reglas sociales sobre un sistema profundamente misógino, son objeto de graves amenazas de represión».

Es en este contexto donde Yamile Agudelo Peñaloza, de la Organización Femenina Popular en Barrancabermeja, fue víctima de tortura y agredida sexualmente antes de ser asesinada en marzo de 2006, denuncia el informe.

En Perú o Nicaragua, las organizaciones que se encuentran comprometidas con la lucha a favor del derecho al aborto se enfrentaron a importantes dificultades. Además, en Guatemala, la Asociación de Mujeres Ixqik fue objeto de constantes actos de hostigamiento y amenazas, «en represalia por sus actividades de defensa y apoyo jurídico a las víctimas de la violencia de género», denuncia.

Y en África, las mujeres que se mantienen en la lucha contra la impunidad, particularmente aquellos que tienen que ver con los crímenes sexuales en tiempos de conflicto, fueron objeto de graves amenazas, como los casos de los miembros de la Organización para la Compasión y el Desarrollo de las Familias en Dificultades (Ocodefad) en la República Centroafricana, donde sus integrantes son principalmente mujeres o niñas que han sufrido violaciones y viudas de guerra, entre otras.

En México, tenemos el caso de Digna Ochoa, defensora de derechos humanos y quien muriera de dos balazos en la cabeza el 19 de octubre de 2001.

PERIODISTAS

El 7 de octubre de 2006, Anna Politkovskaya, periodista del diario Novaya Gazetta y militante infatigable de derechos humanos, fue asesinada en su domicilio en Moscú, en la Federación Rusa.

Según el Informe anual del Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos 2006, el único delito que Politkovskaya había cometido era haber divulgado «pública e incansablemente la suerte reservada a los más oprimidos, especialmente a las víctimas de la guerra en Chechenia y a las madres de los soldados».

Y, dice el documento, aunque el caso de la periodista «sacudió a la opinión pública internacional», ya se había dado en junio de ese mismo año el asesinato de Wilfredo Cornea, quien fuera dirigente de una asociación de defensa de los derechos de las y los campesinos en Filipinas.

ESTADO, RESPONSABLE DE LA PROTECCIÓN

Pero el culpable de todos estos actos y quien debe proteger a los defensores son los Estados, pues, según el informe «son a menudo quiénes están en el origen de la represión contra ellos».

«Así es el caso cuando los actos de represión son cometidos por miembros de los servicios de información, de la policía o del ejército, cuando la falta de independencia del poder judicial es tal que el Estado encarna una voluntad deliberada de sancionar toda voz disidente, o cuando ciertas leyes que buscan restringir la libertad de acción de los defensores son introducidas en violación flagrante del derecho internacional de los derechos humanos», señala.

Los Estados son responsables, también, cuando no hacen todo lo posible por proteger a las y los defensores, dando así prueba de una negligencia culpable.

Además de los Estados, se encuentran los actores no estatales, es decir, los grupos de oposición armada, grupos paramilitares, escuadrones de la muerte, grupos ultra nacionalistas, empresas multinacionales o propietarios de tierras, como origen de las represalias, apunta.

No obstante, los Estados «juegan un papel indirecto, pero también importante, cuando permiten que un clima de impunidad o cuando se convierten en cómplices de esos grupos paramilitares o de esas milicias».

LEYES RESTRICTIVAS

Según el informe, «en el año de 2006 se confirmó una tendencia: el recurso cada vez más frecuente al refuerzo del marco legislativo liberticida con el fin de restringir las libertades de asociación, de expresión y de reunión pacífica, por Estados que consideran a la sociedad civil independiente como una amenaza».

Es así como se obstaculiza cada una de las actividades de las y los defensores de derechos humanos y que, además, parece haberse generalizado mediante la adopción de leyes restrictivas sobre las asociaciones que hace difícil el registro de asociaciones, limitan la recepción de fondos, favorecen la injerencia de las autoridades en las actividades internas de las organizaciones y criminalizan a las y los defensores.

Por otra parte, dice el informe, la adopción de legislaciones antiterroristas, como en Bahrein, Jordania, y anti extremistas, como en la Federación de Rusia, Filipinas o Sri Lanka, ponen límite a las libertades de expresión y de reunión pacífica, lo que podría hacer más difícil la actividad de los defensores.

De igual manera, la adopción de leyes sobre el Estado de
Emergencia, y en las que se basan ya numerosos Estados, especialmente del Magreb, para restringir las libertades.

Finalmente, señala el informe, «hay que subrayar que algunos Estados no toleran la expresión de ninguna voz disidente, como en el caso de Libia, de ciertos países del Golfo, de Birmania, de Laos, de Turkmenistán, de Guinea Ecuatorial o de Eritrea.

Pero en general, «las y los defensores que trabajan en situaciones de conflicto o de posconflicto continúan exponiéndose a riesgos importantes, relacionados con la inseguridad generalizada que afecta a las poblaciones civiles pero igualmente, y sobre todo, a las acusaciones de parcialidad de la cuales son objeto por parte de los diferentes actores del conflicto, cuyas exacciones denuncian».

07/HVR/GG/CV

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