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Lydia, sobreviviente

Por Cecilia Lavalle*

Lydia Cacho es una sobreviviente de la violencia feminicida. Y su caso es emblemático. Así lo dijo una mujer que sabe de feminicidio, entre otras razones porque a ella se debe el significado amplio que se le dio a esa palabra en español. Me refiero a Marcela Lagarde.

En una conferencia que impartió el pasado 5 de junio en Quintana Roo, la doctora Lagarde y de los Ríos recordó que Lydia fue secuestrada y trasladada de Cancún a Puebla en un trayecto por carretera en la que su vida e integridad estuvo en riesgo durante más de 20 horas. Eso es violencia feminicida.

Recordó también la definición jurídica de Violencia feminicida: «Es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres».

Esta definición está plasmada en el Capítulo V, artículo 21 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cuya principal impulsora es, precisamente, Marcela Lagarde.

Y fue muy oportuno que la doctora Lagarde señalara todo esto en la tierra de Lydia, justo en el momento en que el curso legal de su caso vuelve a dejar en claro no sólo la violencia feminicida, sino la violencia institucional que padece la periodista.

En el Artículo 18 da la Ley aludida, se señala que violencia institucional «Son los actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno que discriminen o tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, así como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia».

Y he aquí que esta misma semana el Juez Segundo de lo penal, Benjamín Navarrete, determinó negar la orden de aprehensión contra cuatro policías que torturaron psicológicamente a Lydia durante su traslado de Cancún a Puebla en diciembre de 2005.

Xavier Olea, abogado de la periodista, trajo a la memoria en una entrevista con Cimacnoticias, que la averiguación previa se inició en la Procuraduría General de la República (PGR), que a su vez consignó a un juez federal en la Ciudad de México. Esta instancia resolvió no ser competente para conocer del caso en virtud de que el delito se cometió en Quintana Roo, y entonces la remitió a un juzgado federal en esa entidad.

Cuando el juez federal de Quintana Roo analizó el caso, explicó el abogado Olea Peláez, concluyó que no era competencia del fuero federal sino del común, y remitió los autos a un juez del fuero común, que tampoco lo aceptó.

Como esto parecía el juego de Yo no fui, fue Teté –eso lo digo yo– el abogado Olea le llama propiamente «conflicto de competencias», la ley señala que un Tribunal Colegiado tendrá que decidir qué juez es el competente.

Así, el caso llegó al Tribunal Colegiado Federal en Quintana Roo, que determinó que la competencia era del juez del fuero común. Y éste, Benjamín Navarrete, negó la orden de aprehensión para los cuatro policías, ordenada por la PGR.

Según el abogado Olea, la decisión de confirmar o desechar esta orden del juez quedará en manos del Tribunal Superior de Justicia de Quintana Roo. Pero el responsable de apelar la decisión del juez es el procurador de Quintana Roo, directo implicado en el caso y señalado por Lydia como co responsable de su secuestro.

Olea también nos recuerda las varias vueltas que dio el caso dentro de la misma PGR. Esta instancia inició una investigación por el delito de tortura a través de su Fiscalía Especial para la Atención de Delitos relacionados con Actos de Violencia en contra de las Mujeres (Fevim).

Su fiscal, Alicia Pérez Duarte, afirmó en febrero de 2007 que le faltaba un «cinco por ciento» de la indagatoria, donde estaría la decisión de consignar o no a los funcionarios implicados en la tortura de Lydia Cacho.

Pero el cinco por ciento nunca llegó. El caso fue trasladado a la Fiscalía especial para periodistas de la misma PGR, cuyo responsable en funciones, Octavio Alberto Orellano, declaró en entrevista su incompetencia en este caso.

«El Estado, dijo Marcela Lagarde en su conferencia, es unilateral cuando no garantiza la seguridad a las niñas y mujeres de una vida libre de violencia. Y al hacerlo, apoya a los violentos y apoya a la impunidad».

Sí, el caso de Lydia es emblemático, por más de una razón. Entre ellas porque es una sobreviviente de más de un tipo de violencia en un país cuyo Estado es unilateral.

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* Periodista y feminista en Quintana Roo, México, integrante de la Red Internacional de Periodistas con Visión de Género.

08/CL/GG

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