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Avanza en Coahuila armonización de Ley de vida sin violencia

Por Sofía Noriega/corresponsal

La puesta en marcha del Sistema Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la creación de refugios temporales y la atención para los agresores serán obligatorios en la entidad, luego de que entre en vigor el decreto de Ley aprobado por el Congreso del estado de Coahuila.

La Ley de Acceso a una Vida Libre de Violencia fue presentada en primera lectura el pasado 10 de junio por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de la Quincuagésimo Séptima Legislatura del Congreso local y la Comisión de Equidad y Género.

La exposición de motivos señala que «este problema no se circunscribe a determinados ambientes socioculturales, educativos o económicos. Se produce por igual en todos los niveles y contextos sociales. Afecta todos los ámbitos de la sociedad, tanto en lo individual, familiar, jurídico, laboral y social».

Las y los legisladores consideraron que gracias a los esfuerzos previos a este iniciativa, como la creación del Instituto Coahuilense de las Mujeres mediante Ley publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del estado, el 13 de febrero de 2001; la Ley de Prevención, Asistencia y Atención de la Violencia Intrafamiliar, publicada el 25 de octubre de 2002, se logró avanzar en la prevención de este flagelo.

«Coahuila redujo sustancialmente el nivel de violencia de género durante el lapso de dos años (2005–2007), pues al inicio de esta Administración, el estado se localizaba en el séptimo lugar nacional en violencia hacia las mujeres, y a la fecha se encuentra en el lugar vigésimo tercero».

El contenido de la iniciativa de Ley contempla acciones para el acceso a las mujeres a una vida libre de violencia: el Sistema y el Programa de acceso a las mujeres a una vida libre de violencia; la atención a víctimas, como la creación de refugios, y los centros de rehabilitación para agresores, entre otros.

EL SISTEMA

Julieta López Fuentes, presidenta de la Comisión de Equidad y Género, explica que el Sistema Estatal de Acceso a las Mujeres a una Vila Libre de Violencia y el Programa correspondiente, enfatizan la protección integral de los derechos humanos de las mujeres, la información de las leyes y medidas de protección y los recursos jurídicos que las asisten.

«Se ocupa también la ley de la atención a víctimas y de los módulos para ese propósito, así como de los refugios para su cuidado, proporcionando los servicios de hospedaje, alimentación, vestido y calzado, médico, asesoría jurídica y terapia psicológica; y, como complemento de todo lo anterior, se crean centros de rehabilitación para agresores, con atención gratuita y especializada».

En el capítulo II, se tipifican los tipos de violencia contra las mujeres: Violencia económica, Violencia sexual y Violencia patrimonial.

En el Capítulo III, Artículo 11, se establece que las entidades públicas deberán condenar la violencia contra las mujeres y no invocar ninguna costumbre, tradición o consideración religiosa para eludir su obligación de procurar eliminarla.

Se les obliga a consignar en los presupuestos de la entidad y de los municipios los recursos adecuados para las actividades relacionadas con la eliminación de la violencia contra las mujeres; adoptar todas las medidas apropiadas, especialmente en el sector educativo, para modificar las pautas sociales y culturales de comportamiento del hombre y de la mujer.

Asimismo, eliminar los prejuicios y las prácticas consuetudinarias o de otra índole, basadas en la idea de la inferioridad o la superioridad de uno de los sexos y en la atribución de papeles estereotipados al hombre y a la mujer.

Las entidades públicas también están obligadas a promover reuniones y seminarios encaminados a despertar e intensificar la conciencia de toda la población sobre la violencia contra las mujeres y fomentar entre el sector público, privado y social la coordinación y el intercambio a fin de abordar con eficacia la problemática de la violencia contra la mujer.

El Capítulo V explica que el Programa Estatal de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia es un instrumento que contiene las acciones, planes y programas que llevarán a cabo las entidades públicas de manera coordinada para prevenir, atender y erradicar la violencia contra las mujeres.

Entre otras cosas, se proponer el diagnóstico de la situación de la violencia de género contra las mujeres en el estado, exhortar a los medios de comunicación para que apliquen criterios adecuados de difusión e información que contribuyan al respeto de los derechos humanos de las mujeres.

También realizar acciones de investigación, así como la elaboración y recopilación de diagnósticos estadísticos y demás información pertinente sobre las causas, consecuencias y frecuencia de la violencia contra las mujeres.

Al mismo tiempo, se menciona el establecimiento de módulos de atención a víctimas en las distintas regiones del estado, así como dentro de las entidades públicas que, por algún motivo tengan intervención en esta problemática.

Dichos módulos tendrán el carácter de ventanilla única y se encargarán de recabar toda aquella información relacionada con el posible acto de violencia, a fin de que ésta sea turnada a las entidades correspondientes, para que se dé la atención y servicio necesario a las víctimas.

El Instituto Coahuilense de la Mujer será la dependencia responsable de brindar atención, vía telefónica, a las víctimas de violencia, desde una perspectiva de género, mientras que los organismos públicos que trabajan en este rubro podrán coordinarse con los sectores social y privado para impulsar la creación de refugios para atender a víctimas de violencia, los cuales estarán distribuidos en las diferentes regiones del estado.

08/SN/GG/CV

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