El Tribunal Electoral del país resolvió, en relación con noticias publicadas por el diario La Jornada en 2006 donde se señala la compra de votos del Partido Acción Nacional (PAN) en Tlanepantla, Estado de México, que el periódico tiene derecho a guardar el secreto sobre sus fuentes, y con ello estableció un precedente legal.
Sin embargo, determinó que el periódico debe entregar la información en la que basó las noticias publicadas, informó en comunicado el Centro de Periodismo y Ética Pública (Cepet).
La Jornada publicó cuatro noticias entre mayo y junio de 2006 sobre la supuesta compra de votos y desvío de recursos públicos del Partido Acción Nacional (PAN) en Tlalnepantla, Estado de México, en el centro del país. El presunto desvío lo habría cometido ahí la Procuraduría General de la República (PGR) hacia la campaña de Felipe Calderón.
En el mismo año, la coalición «Por el Bien de Todos», que apoyó al candidato de izquierda Andrés Manuel López Obrador, presentó una queja ante el Instituto Federal Electoral (IFE) por presuntas irregularidades en la campaña electoral a la Presidencia de la República y una Senaduría. En este expediente se incluyeron copias de las noticias publicadas por La Jornada.
El 4 de junio de este año, el IFE solicitó al diario los documentos, grabaciones y toda información relacionada con dichas noticias argumentando que necesitaba «contar con mayores elementos de convicción que le permitieran confirmar o desmentir los hechos motivo de queja presentada por la Coalición».
Tras el requerimiento, el periódico de circulación nacional se inconformó ante el Tribunal Electoral por considerar que había una extralimitación en la solicitud del IFE, argumentando que atentaba contra la libertad de prensa y el derecho del secreto profesional, informó el diario.
Como respuesta, el Tribunal determinó que el IFE debe modificar los términos del requerimiento por considerarlos violatorios al derecho que tienen los periodistas para salvaguardar el secreto de sus fuentes.
Sin embargo, el Tribunal también resolvió que La Jornada debe entregar al IFE la información en la que basó sus noticias publicadas señalando que el diario puede eliminar la identificación de sus fuentes informativas y con ello le queda garantizado el derecho al secreto profesional.
«Se requiere a la actora para que por conducto de su representante o de la Directora del periódico La Jornada, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la notificación de este fallo, proporcione a la autoridad responsable la documentación soporte de las noticias solicitadas, guardando total reserva respecto a la identidad de sus fuentes de información y de aquellos elementos que sean producto de su investigación, que aún no hayan sido publicados», expresa textualmente la resolución.
La resolución del Tribunal Electoral sienta un precedente, ya que es la primera en México que emite una autoridad respecto al derecho secreto profesional de los periodistas.
«Con este criterio se fijan límites para enfrentar todos aquellos asuntos relacionados con las investigaciones del IFE, cuando alguno de los contendientes electorales vaya más allá de lo que establece la ley, además de que se establece otro criterio que se refiere a las organizaciones periodísticas», dijo el magistrado Pedro Esteban Penagos López.
Con la resolución se cumple con la Declaración de Principios de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que prohíbe revelar la identidad de las fuentes pero dicho secreto profesional no impide entregar materiales informativos sí las fuentes quedan protegidas, señaló el magistrado Salvador Nava, ponente de la resolución que fue aprobada por unanimidad.
08/VR/GG