A los derechos que buscan proteger la libertad de mujeres y hombres para decidir si tener hijas e hijos o no, así como, cuántos, en que momento y con quien tenerlos, se les conoce como derechos reproductivos, los cuales dan la capacidad a todas las personas para autodeterminar su vida reproductiva, acompañada del derecho a disponer de información oportuna y veraz para lograrlo.
Mientras que, los derechos sexuales, se refieren al ejercicio autónomo de una sexualidad sana, placentera y sin riesgos, independiente de fines reproductivos, además de garantizar la libertad del control sobre nuestro propio cuerpo, sin ser sujetos de discriminación, acoso, coerción o violencia; asimismo, incluye el derecho de acceder a los servicios de salud que la protejan.
Ambos derechos han sido reconocidos por acuerdos internacionales de las Naciones Unidas, con el fin de brindar a todas las personas garantías plenas en su vida sexual y reproductiva.
Entre estos, se encuentran la Conferencia de Teherán, la cual dio origen al concepto de derechos reproductivos en 1968, así como, la Conferencia sobre Población de Bucarest en 1974 que definió los derechos reproductivos y sexuales como un derecho fundamental tanto de las parejas, como de los individuos.
De la misma forma, la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo (CIPD) del Cairo, realizada en 1994, reconoció que los derechos reproductivos son derechos humanos y que la violencia de género es un obstáculo para la salud reproductiva y sexual de las mujeres, la educación y el desarrollo.
Por otra parte, la IV Conferencia Mundial de Naciones Unidas sobre la Mujer, realizada en Beijing, en septiembre de 1995, aprobó la Declaración de Beijing y una Plataforma de Acción, en la que se acordó también que los derechos humanos de las mujeres incluyen su derecho a tener el control sobre su sexualidad y su reproducción , además convocó a revisar las leyes que prevén castigos para las mujeres que han recurrido al aborto, por lo que, planteó reforzar la legislación que protege los derechos de las mujeres.
La Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), por sus siglas en inglés, también implementó el concepto de derechos reproductivos como un derecho a determinar el número y el espaciamiento de sus hijos.
En el ámbito nacional, los derechos reproductivos y los derechos sexuales están sustentados en el artículo 4º de la Constitución Política Mexicana, que desde 1974 señala que Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijas e hijos.
Cabe destacar también que la Ley General de Población, la Ley General de Salud, la Ley de las y los Jóvenes en el Distrito Federal, la Ley de los Derechos de las Niñas y Niños del Distrito Federal y el Programa Nacional de Desarrollo y la Norma Oficial Mexicana de Planificación Familiar garantizan estos derechos.
Tanto en los tratados nacionales, como internacionales, el gobierno mexicano se comprometió a garantizar el cumplimiento de los derechos reproductivos y sexuales.
No obstante, algunos derechos han sido vulnerados, como el derecho al aborto, que es un derecho reproductivo a interrumpir o no el embarazo, aunque, los códigos penales de los estados no admiten esta posibilidad, ya que anteponen juicios sobre la decisión de las mujeres, documenta la organización internacional Center for Reproductive Rights.
Con ello, los derechos reproductivos y sexuales han creado un sin fin de controversias, debido a que abordan aspectos muy íntimos y personales de la vida, como la sexualidad, la reproducción, las relaciones de pareja, además de estar relacionados con la condición social de las mujeres y su lucha por el empoderamiento y la autonomía, las cuales abordan situaciones relacionadas con la equidad y la justicia, abunda la organización.
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