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SCJN atrae amparo para analizar despenalización del aborto en Veracruz

Por la Redacción

Primera Sala deberá resolver

Cimacnoticias | Ciudad de México.- 21/06/2019

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ejerció su facultad de atracción del amparo interpuesto por organizaciones civiles de Veracruz por la posible omisión legislativa en la que incurrió el congreso veracruzano al negarse a despenalizar el aborto tras el decreto de AVG que emitió la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia (Conavim) en diciembre de 2017.

En un comunicado, las organizaciones se congratularon por esta decisión pues este análisis no sólo podría derivar en la despenalización del aborto en la entidad, también permitirá determinar si las recomendaciones derivadas de las Alertas de Género son obligatorias para las autoridades estatales.

“La Corte resolverá si existe un mandato expreso para que el legislativo modifique los marcos normativos de Veracruz que restringen los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, particularmente por lo que se refiera al acceso al aborto voluntario hasta las 12 semanas de gestación, la ampliación de la causal salud y la eliminación el límite de 90 días para interrumpir un embarazo resultado de una violación sexual”.

La Primera Sala resolverá desde un enfoque de Derechos Humanos y perspectiva de género sobre las omisiones legislativas como actos susceptibles de ser reclamados en un juicio de amparo, que en el caso de Veracruz, buscó garantizar a las mujeres el pleno goce de sus derechos sexuales, reproductivos y de salud.

UN PASO PARA LAS VERACRUZANAS

El año pasado un juez Federal resolvió un amparo impulsado por organizaciones civiles ante la negativa del congreso de seguir la recomendaciones de la AVG, ordenando a la LXIV Legislatura reformar en menos de un mes el Código Penal para despenalizar el aborto.

En la sentencia el Juzgado Décimo Octavo del Poder Judicial Federal indicó que los legisladores violentaron los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y niñas, su derecho a la salud y el derecho a la vida.

También que las acciones derivadas de la Alerta de Género son de carácter obligatorio porque las demanda una entidad federal, en este caso la Secretaría de Gobernación (Segob) a través de la Conavim.

No obstante, los legisladores se resistieron a cumplir la sentencia y el decreto de AVG. Argumentaron que además de ser un acto que violentaba su soberanía era inconstitucional, porque desde 2016 el artículo 4 de la constitución local “protege la vida desde la concepción” (esta reforma la impulsó el ex gobernador Javier Duarte apoyado de la Iglesia Católica local).

En un comunicado, las organizaciones civiles que solicitaron la atracción del caso a la Corte se congratularon de la decisión, dijeron “que se abre una puerta para que los derechos de las mujeres y niñas veracruzanas sean garantizados”.

Entre ellas están el Colectivo Akelarre, la Fundación mexicana para la planeación familiar (Mexfam), el Colectivo Feminista Xalapeño, el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, Católicas por el Derecho a Decidir y otras.

Cabe recordar que la SCJN se ha pronunciado a favor de la despenalización del aborto, en 2007 resolvió en la Ciudad de México que el aborto es un derecho idóneo para salvaguardar la vida de niñas y mujeres.

19/HZM/LGL

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