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Afirma diputado que en Hidalgo no hay mujeres presas por aborto

Por Sonia Rueda
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Pachuca, Hgo. En el estado de Hidalgo no hay mujeres condenadas por aborto, señaló en entrevista con Cimacnoticias el diputado local por el Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Víctor Guerrero Trejo. No obstante, dijo que si alguna mujer fue vinculada a proceso bajo otro delito aunque de fondo sea la interrupción del embarazo, la Ley de Amnistía recibirá la solicitud.

El Congreso de Hidalgo avaló con mayoría de votos el pasado 30 de junio la Ley de Amnistía que liberará a personas por varios delitos menores, entre ellos, la interrupción del embarazo fuera de las causales vigentes en la normativa estatal. Para que sea efectiva, la Ley contempla la creación de una Comisión que será la encargada de revisar los casos que alcanzarán el beneficio.

La legislación de amnistía estatal indica: “Los efectos de esta Ley se producirán a partir de que el Ministerio Público resuelva la extinción de la acción penal o la autoridad judicial sobresea el proceso en trámite, cancele la aprehensión librada u ordene la liberación, según corresponda en términos de las normas en materia penal aplicables”. El diputado Guerrero Trejo explicó que una vez que sean aprobadas las carpetas, las autoridades ejecutoras de la pena pondrán en inmediata libertad a las personas imputadas o sentenciadas, con la conservación de la confidencialidad de su identidad.

Respecto al delito de aborto, el legislador quien también funge como presidente de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Justicia, indicó que en este momento no hay mujeres condenadas por practicar un aborto, delito estipulado en el Artículo 155 del Código Penal de Hidalgo. No obstante, dijo que si hay casos de aborto clasificados en otros rubros (como homicidio en razón de parentesco o infanticidio) podrán presentarse los casos ante la Comisión para su revisión.

«Los casos se van a revisar atendiendo a las solicitudes independientemente si están catálogos en otro rubro. Con respecto al tema del aborto, no hay ninguna mujer recluida por ese tema, si están catalogadas por otros delitos la Comisión es la que se va encargar y dictaminar al respecto», declaró.

Aunque de acuerdo con el decreto aprobado, no será concedido el beneficio de la amnistía a las personas sentenciadas por delitos dolosos contra la vida o la integridad corporal.

Por ello las organizaciones feministas de Hidalgo han indicado que la Ley de Amnistía es insuficiente ya que han documentado que las mujeres son también acusadas de delitos como infanticidio u homicidio calificado, ante situaciones de abortos o partos fortuitos. Sin embargo, se desconoce si hay mujeres que estarían enfrentando esta situación en Hidalgo.

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Guerrero Trejo añadió que para que no queden puntos ciegos en la Ley, podrán ser las
mismas mujeres las que den conocimiento de su caso a la Comisión. De la misma manera las organizaciones civiles y los familiares pueden hacer la solicitud para la revisión de sentencias. En el caso de este delito, el alcance de la amnistía llega hasta el personal de medicina o enfermería que haya sido condenado por asistir un aborto en los términos previstos por la ley.

Según el estudio “Maternidad o castigo, la criminalización del aborto en México” del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), Hidalgo destaca por ser uno de los cinco estados del país en donde más se castiga el aborto, pues de 2007 a 2016 existieron 207 denuncias.

Este es el sitio gris que señalan las organizaciones civiles, ya que es difícil conocer el resultado final de estos procesos, el panorama se replica en otras entidades de la República.

Finalmente la Ley indica que de forma mensual la Comisión de amnistía, deberá enviar a las personas que presidan las Comisiones de Derechos Humanos y Atención a las Personas con Discapacidad y de Seguridad Ciudadana y Justicia del Congreso de estado de Hidalgo, un informe que contenga el número de solicitudes recibidas y otorgadas en aplicación de la presente Ley. El legislador indicó que al día siguiente de la entrada en vigor de la Ley se cuentan con 30 días para crear la Comisión así como su reglamento, por lo que en un mes y medio se conocerían los casos beneficiados.

20/SR/LGL

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