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Ordena TEPJF a congreso de Nuevo León legislar sobre violencia política y paridad

Por Anayeli García Martínez
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Ciudad de México. El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Congreso de Nuevo León legislar y emitir cuanto antes la normativa estatal sobre violencia política en razón de género y paridad en los tres poderes y órdenes de gobierno.

En la sesión de este miércoles 5 de agosto, las y los magistrados resolvieron un juicio de revisión constitucional (SUP-JRC-14/2020) promovido por el partido local Movimiento Ciudadano, quien alegó la omisión de diputadas y diputados locales de no legislar para garantizar la participación política de las mujeres.

Así lo resolvieron las y los magistrados al determinar que el Congreso fue omiso por no regular la paridad, como lo estableció la reforma constitucional en la materia, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 6 de junio de 2019, y sobre violencia política de género, como se estableció en las leyes publicadas el pasado 13 de abril de este año. 

Sin embargo, estos cambios normativos no serán vigentes en el proceso electoral de 2021 porque ya concluyó el plazo de 90 días para modificar leyes que sean aplicables en los próximos comicios. Por esta razón la Sala Superior ordenó al Organismo Público Electoral Local (OPLE) emitir lineamientos para incluir reglas de paridad y prevención de la violencia política en las próximas elecciones estatales. En 2021 Nuevo León elegirá gubernatura, renovará el Congreso local y autoridades de 51 ayuntamientos. 

Las y los magistrados resolvieron que esta resolución debe ser orientadora para las entidades federativas cuyos congresos locales no hayan legislado en torno a la paridad y la violencia política en razón de género, en el plazo de 90 días previos al inicio de su proceso electoral.

Por tanto, la Sala Superior también ordenó notificar a todos los organismos públicos electorales del país los criterios del TEPJF y con ello hacerles llegar la información sobre su obligación de emitir lineamientos sobre paridad y violencia política, a pesar de que la legislación estatal no esté armonizada con las leyes federales.

Desinterés de diputados

Desde hace un año el Congreso de Nuevo León tenía la obligación de reformar su Constitución local para garantizar la paridad en los tres poderes de gobierno y en los organismos autónomos, sin embargo no lo hizo. Tampoco modificó sus leyes para definir y sancionar penal y administrativamente los actos de violencia política por razones de género.

Al observar que el plazo para legislar se agotaba, en junio pasado colectivos de mujeres como «Derecho a Gobernar» y el «Futuro Florece», organizaron protestas frente al recinto legislativo para exigir que las y los legisladores modificaran las leyes locales.  

La presión de las defensoras de los derechos político-electorales de las mujeres, hizo que el 23 de junio el Legislativo modificara la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para crear una Comisión Estatal Electoral que promoviera la cultura de la no violencia; sin embargo no se hicieron todas las adecuaciones en concordancia con las ocho leyes generales que se modificaron a nivel federal.

Días después, el Congreso volvió a dejar ver que legislaría sin seguir los parámetros de la federación. El 30 de junio diputadas y diputados aprobaron una reforma al artículo 57 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León, para hacer frente a la violencia política en contra de las mujeres.

Ese mismo día, aprobaron en primera vuelta las reformas a su Constitución local que establecen la paridad de género, gradual y no obligatoria, en la integración de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, pero omitieron avalar los cambios en segunda vuelta.

En medio de estas adiciones, que se hicieron sin modificar la ley electoral estatal, el 24 de junio Movimiento Ciudadano (MC) interpuso ante el Tribunal Electoral un juicio electoral contra el Congreso de Nuevo León por no legislar a tiempo en materia de paridad de género y violencia contra las mujeres.

El 8 de julio, el Tribunal Electoral local resolvió sobreseer el recurso de apelación, por considerar que era inexistente la omisión legislativa aducida por MC. Posteriormente el caso llegó a la Sala Superior, quien ordenó al Congreso legislar en la materia.

En la sesión de este miércoles, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón dijo que todos los Congresos locales deben actualizar su marco jurídico; mientras que la magistrada Janine Otálora Malassis destacó que la armonización legislativa logrará saldar la deuda histórica que tiene el sistema político- electoral con las mujeres. 

20/AGM/LGL

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