Inicio Estados A 5 años de implementación de AVG, aún no se reconoce su importancia

A 5 años de implementación de AVG, aún no se reconoce su importancia

Por Angélica Jocelyn Soto Espinosa

Ciudad de México. A un lustro de la primera declaratoria de Alerta de Violencia de Género en México, El Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) –integrado por 40 organizaciones de la sociedad civil en 22 estados–concluyó que si bien se han creado algunas herramientas para la atención de la violencia contra las mujeres, aún no se ha terminado de comprender la relevancia de este mecanismo.

Al presentar su informe “Violencia feminicida en México. Retos y avances de las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres”, el OCNF realizó una serie de recomendaciones para mejorar el funcionamiento de las 21 declaratorias Alertas de Violencia de Género que actualmente hay en 18 entidades del país.

El documento analiza distintas buenas prácticas de política pública a favor de las mujeres, y evaluó seis criterios: la participación de las mujeres en esta política pública; la protección a grupos de mujeres con necesidades específicas; análisis del contexto del problema; pertinencia; ajustes al marco legal; y Seguimiento y evaluación. 

La Coordinadora del Observatorio, María de la Luz Estrada, dijo que este mecanismo ha sido incómodo para las autoridades y que a cinco años de la primera declaratoria no se le reconoce su relevancia. Tras revisar cada uno de los hallazgos, la defensora llamó a que quienes participan en los procesos de declaratoria de las Alertas pongan mayor atención al incremento de la trata de niñas y adolescentes, embarazo en niñas y adolescentes, y violencia sexual en menores de edad, incesto contra menores de edad indígenas, desaparición de menores, mujeres en zonas de conflicto y migrantes.

De acuerdo con este diagnóstico, de las 21 Alertas sólo en 11 las organizaciones peticionarias participan con voz y voto en el Grupo IM, es decir 52 por ciento; 6 no participan  en el Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario (GIM); 3 participan como invitadas con voz y sin voto y en el caso de Colima no se especifica.

“La ausencia de criterios en el reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia sobre la participación de las organizaciones peticionarias y de la sociedad civil impide su plena participación en la implementación y el seguimiento de las Alertas. No existen lineamientos homologados lo que da pie a que cada Grupo de Investigación genere su propio método sin que éste -necesariamente- sea garantista de la participación de la sociedad civil con voz y voto”, detalló el informe.

Respecto de la protección a grupos de mujeres con necesidades específicas, en el análisis se observó que solo 16 identifican de manera particular discriminación, violencia sexual y contexto de delincuencia organizada en contra de mujeres y niñas indígenas, menores de edad, y las que viven en zonas de conflicto así como migrantes. 

No obstante, si bien en la mayoría de las declaratorias los Grupos de Trabajo se aproximaron a identificar los contextos de violencia feminicida, también encontraron un contexto de impunidad por la falta de investigación, omisiones y negligencias por parte de las autoridades para reconocer y actuar de manera oportuna ante las problemáticas.

“La ausencia de una perspectiva interseccional obstaculiza, en primer lugar, el reconocimiento de una problemática que afecta de manera diferenciada a grupos de mujeres específicos e impide la realización de medidas que atiendan dichas problemáticas de manera focalizada, propiciando que las medidas sean más generales y que no se atienda a grupos de mujeres en mayor vulnerabilidad”, se observó. 

Al revisar la pertinencia de las medidas y recomendaciones emitidas a las autoridades para atender la violencia feminicida, se encontró que una gran mayoría estuvo encaminada al funcionamiento de las políticas públicas ordinarias de sus leyes estatales de acceso a una vida libre de violencia, como la creación de los Bancos de Datos, programas de capacitaciones y el funcionamiento de Centros de Justicia para las Mujeres.

Únicamente las AVGM por agravio comparado de Veracruz y Guerrero establecieron las medidas y acciones necesarias para evitar continuar con la discriminación en la salud reproductiva y la violencia contra las mujeres y niñas, y solo 23 por ciento de las recomendaciones y medidas emitidas resultaron pertinentes, ya que son adecuadas a las problemáticas y responden a las necesidades de las mujeres tanto en el sentido normativo como en el práctico. 

En cuanto al marco normativo, las recomendaciones y medidas dictadas dieron pie a la creación de Reglamentos, Decretos, Protocolos/Lineamientos, Guías de actuación, entre otros, en 90 por ciento de las declaratorias.

Si bien en varios estados se han creado las herramientas para la atención de la violencia, el Observatorio identificó que el desafío es la implementación de las mismas de manera inmediata y efectiva. “Hay esfuerzos por parte de las autoridades para tener una respuesta eficaz, proteger y garantizar la seguridad de las mujeres; sin embargo, en los datos no se refleja la efectiva aplicación de estas herramientas que garanticen la mejora de la atención, investigación y sanción”, señalaron. 

El informe documentó que varias políticas públicas se quedan en proceso, por otra parte se crean varias instancias para operar la política pública pero estas no concretan su funcionamiento. Un ejemplo es Veracruz, donde no se ha creado la Unidad de análisis y evaluación de las labores de investigación y proceso de los delitos de género, únicamente se conformó un Comité Técnico. Tampoco se ha creado la Unidad de Contexto para la investigación de feminicidios, sobre ella, el gobierno informó que se encuentra en proceso. 

Además, en los 18 estados con Alerta se cuenta con un sitio web en donde se informa sobre los procesos de las AVGM; sin embargo, en muchos casos la información es mínima, solo informan qué es la AVGM y sobre algunas actividades; no se da información sobre las acciones que el gobierno está implementando.

En cuanto al marco normativo, las recomendaciones y medidas dictadas dieron pie a la creación de diversos instrumentos como son: reglamentos, decretos, protocolos, lineamientos, guías de actuación, entre otros.

Si bien hay esfuerzos por parte de las autoridades para tener una respuesta eficaz, proteger y garantizar la seguridad de las mujeres; en los datos no se refleja la efectiva aplicación de estas herramientas que garanticen la mejora de la atención, investigación y sanción, detalló el Observatorio. 

A esto se suma que del total de las 21 declaratorias de Alertas, 12 no tienen dictamen de evaluación de las medidas dictadas, estos son: Estado de México Michoacán, Quintana Roo, Nayarit, Veracruz (Alerta por agravio comparado), Zacatecas, Oaxaca, Campeche, Jalisco, Puebla y Guerrero (Alerta por agravio comparado). 

De acuerdo con los lineamientos, los estados deben reportar información periódica de sus avances, sin embargo, se identificó que hay varios no informan sobre las acciones que implementan para dar cumplimiento a la Alerta. “La ausencia de un marco legal, tanto en la ley como el reglamento, para que se establezca la obligatoriedad de informar de manera periódica a la ciudadanía sobre las medidas de seguridad, justicia y prevención, se convierte en un vacío que impide la implementación cabal y la rendición de cuentas”, señaló el Observatorio.

Por estos hallazgos, el OCNF recomendó, entre otras cosas, que el Reglamento de la LGAMVLV establezca que el GIM esté conformado -desde su integración- por personas expertas en la problemática denunciada, así como por las organizaciones peticionarias, quienes deberán participar con voz y voto. También pidieron que los GIM promuevan el acompañamiento de organismos internacionales como observadores del proceso e implementación de las Alertas.

Respecto de la metodología de investigación de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), el Observatorio dijo que se requiere que garantice en igual proporción la participación de víctimas, organizaciones de la sociedad civil, personas expertas en la materia, académicas/os y autoridades, de tal forma que permita un mayor conocimiento de la problemática y los obstáculos que enfrentan cada uno de los estados, para que con ello las recomendaciones y medidas sean precisas, focalizadas y pertinentes.

Asimismo, la metodología de la Conavim debe tener un enfoque interseccional para que los grupos de investigación puedan identificar las necesidades y problemáticas específicas que vulneran los Derechos Humanos de las mujeres, niñas y adolescentes, para que las propuestas hechas por el Grupo de Trabajo y la Segob sean adecuadas para la atención, prevención y sanción de la violencia feminicida.

En total, en México se han solicitado 45 declaratorias. Hay entidades como Guanajuato en las que este mecanismo se ha solicitado tres veces, pero las autoridades se han negado a declararla. 

Esta evaluación se hizo en el marco de las recomendaciones internacionales realizadas a México por organismos en materia de Derechos Humanos, particularmente la realizada por el Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer (Comité CEDAW) en julio de 2018.

20/AJSE/LGL

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