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Sonora, de los estados más retrógrados en materia de aborto

Por Silvia Núñez Esquer

Según el mapa interactivo “Situación de acceso a la interrupción legal del embarazo” proporcionado por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), Sonora se encuentra en el peor nivel de acceso al aborto, convirtiéndose en la entidad más retrógrada para brindar el servicio a las mujeres que lo necesiten.

De acuerdo con datos de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora un total de 33 personas han sido investigadas e imputadas por el delito de aborto en Sonora en el periodo de 2015 a junio de 2021, mientras que 15 mujeres han sido imputadas por este delito, 3 hombres, y en 15 casos no especifica el sexo de la persona investigada.

La institución no clarifica si las mujeres imputadas son embarazadas que voluntariamente decidieron interrumpir o intentar interrumpir el embarazo, o si fueron personas que participaron de alguna otra forma, por ejemplo apoyando la decisión de la gestante o si lo provocaron de manera forzada por violencia u otra razón.

Sonora es de los estados de la República Mexicana con mayores restricciones para practicarse un aborto voluntario, pues quien decida abortar en cualquier momento de la gestación podría hacerse acreedora a una sanción hasta de seis años de prisión, con lo cual no alcanzaría el beneficio de la fianza.

En cuanto a las otras personas que pudieran participar en el delito, podrían alcanzar hasta 12 años de prisión, y en el caso del personal médico enfrentar la suspensión del ejercicio de su profesión hasta por cinco años.

Sonora es también una de las entidades que cuenta en su Constitución política local con la protección legal de la vida del embrión desde el inicio de la fecundación, sin invocar la definición de embarazo de la Ley General de Salud, equiparando expresamente los derechos del cigoto a los de una persona nacida.

“El estado de Sonora tutela el derecho a la vida, al sustentar que, desde el momento de la fecundación de un individuo, entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural”.

Y aunque retoma las excepciones para penalizar a las mujeres que interrumpan su embarazo, en los hechos se dificulta el ejercicio del derecho a la salud y a una vida libre de violencia.

“Se exceptúa de este reconocimiento, el aborto causado por culpa de la mujer embarazada o cuando el embarazo sea resultado de una violación o cuando, de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte, a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora, así como los casos de donación de órganos humanos, en los términos de las disposiciones legales aplicables.”

Esa especie de sentencia de muerte o pérdida de la libertad para las mujeres y adolescentes que decidan abortar en Sonora, ha traído como consecuencia menos atención médica, aumento en los nacimientos de embarazos no deseados, pues aunque la Secretaría de salud reporta la aplicación de la NOM-046 que permite la interrupción del embarazo cuando éste es producto de una violación, aún hay limitantes.

Como ejemplo podemos citar que en la mayoría de los hospitales del estado existe una cuota de médicos y enfermeras que se declaran objetores de conciencia. En el municipio de Navojoa, todo el personal de salud es objetor de conciencia y no existe ninguna opción para auxiliar a las mujeres que desean interrumpir un embarazo por una violación, lo que es un desacato a la propia NOM-046.

O bien, una disparidad como la del Hospital General de Magdalena que sólo cuenta con un médico no objetor de conciencia, 17 enfermeras quienes se declaran no objetoras de conciencia, de acuerdo a datos de la Secretaría de Gobierno del estado de Sonora proporcionados en noviembre de 2020.

Aunque la NOM-046 no especifica porcentaje de personal médico no objetor de conciencia con que debe contar cada hospital público para atender a las víctimas de embarazos forzados por violación, sí mandata la obligación de contar con personal capacitado no objetor de conciencia.

 “6.4.2.8. Para los efectos establecidos en el numeral 6.4.2.7, las instituciones públicas de atención médica, deberán contar con médicos y enfermeras capacitados no objetores de conciencia. Si en el momento de la solicitud de atención no se pudiera prestar el servicio de manera oportuna y adecuada, se deberá referir de inmediato a la usuaria, a una unidad de salud que cuente con
este tipo de personal y con infraestructura de atención con calidad”.

Delito de aborto en Código Penal de Sonora de los más restrictivos

En relación con los demás estados de la república, Sonora tiene una de las legislaciones más restrictivas para interrumpir el embarazo, además de que cuenta con las causales no punibles básicas que tienen todas las entidades, y por décadas no ha avanzado en ampliar el ejercicio de derechos reproductivos para las mujeres, como se puede observar en este cuadro comparativo elaborado por GIRE.

Fuente: GIRE

En Sonora comete el delito de aborto quien causa la muerte del «producto de la concepción», en cualquier momento de la preñez. A la mujer que procure su aborto y a la persona que la hiciere abortar con el consentimiento de ella, se le aplicarán de uno a seis años de prisión y multa de veinte a doscientas Unidades de Medida y Actualización.

La propia descripción impone términos no explicados ni jurídica ni científicamente como lo es la “concepción”, ya que en ninguno de esos ámbitos tiene alguna definición, pues la palabra realmente deviene de la narrativa religiosa.

Los castigos se extienden hacia el personal médico que auxilie o apoye a las mujeres que intenten o logren interrumpir el embarazo voluntariamente. “Si el aborto lo causare un médico, cirujano, comadrona o partero, además de la sanción que le corresponda conforme al artículo anterior, será suspendido de dos a cinco años en el ejercicio de su profesión”, con lo cual dejan a las mujeres en estado de indefensión, a su suerte para buscar métodos no seguros.

Aborto sí, aborto no, eso lo deciden las mujeres

No obstante las restricciones, las mujeres en Sonora siguen abortando y son investigadas y sentenciadas por el que se considera un delito en cualquier momento de la gestación.

La Secretaría de Salud de Sonora registró un total de 15 mil 224 abortos de 2015 al 2020, destacan las urgencias que representan 98 por ciento.

EGRESOS HOSPITALARIOS POR ABORTO POR PROCEDENCIA SERVICIOS DE SALUD (SSA)

Procedencia201520162017201820192020
Consulta Externa17212015268
Urgencias3,0032,9072,7182,5432,3261,510
Referido3323171957
Otro102111
Grand Total3,0542,9512,7572,5782,3581,526
Fuente: Secretaría de Salud Sonora

Pese a la afirmación de grupos provida respecto a que en Sonora no hay abortos, del 2007 al 2019, de acuerdo con datos de la Secretaría de Salud destaca el “Aborto no especificado” y “otro aborto”, pero a partir del 2008 año en que se realizó la reforma constitucional que protege la vida desde la fecundación se observa un incremento.

Elaboración propia con datos de Servicios de salud de Secretaría de Salud

Por otra parte, los casos atendidos por violación en los servicios de salud de la Secretaría de Salud de Sonora ascienden a 266 entre 2016 a 2019, la cifra coincide con los casos reportados por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad pública en su reporte mensual basado en carpetas de investigación que obran en las Fiscalías y Procuradurías de los estados.

MUNICIPIO2016201720182019
Hermosillo30653429
San Luis Río Colorado1174
Nogales79243
Cajeme81574
Guaymas0558
TOTAL46957748
Total casos atendidos por violación por Secretaría de Salud 2016-2019. Fuente: Secretaría de Salud

Interrupciones legales del embarazo por violación

En la reunión de seguimiento a la solicitud de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres para seis municipios de Sonora realizada en noviembre del 2020, -petición que culminó en la declaratoria de la AVGM el pasado 20 de agosto- la Secretaría de Salud reportó seis interrupciones voluntarias de embarazo en el Hospital Integral de la Mujer de Hermosillo, dos en el Hospital Integral de Obregón, tres en el Hospital General de Guaymas, para un total de 11, de las cuales tres son menores de 18 años.

Esta cifra representa un avance pues con anterioridad los abortos sólo eran practicados por medio de amparos, por lo que las víctimas preferían salir del estado de Sonora a interrumpir el embarazo producto de la violación por ser sumamente tardado e incierta la posibilidad de realizarlo en territorio sonorense. Sin embargo, es mínima con relación al total de violaciones denunciadas.

Navojoa sin personal no objetor de conciencia

Carpetas abiertas por el delito de aborto (FGJE)

En Sonora hay 33 personas investigadas y en algunos casos vinculadas a proceso por el delito de aborto, 15 de ellas mujeres, de 2015 a junio de 2021. Esto contradice la afirmación de que en Sonora las mujeres no son criminalizadas por provocarse un aborto o acudir a alguien que las apoye para consumarlo.

Cifras de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora revelan que son al menos 15 las personas que han sido imputadas por ese delito de 2015 a junio de 2021. Las edades de las personas, van de los 16 hasta los 39 años de edad. Es decir, son las personas jóvenes en edad reproductiva las que más acuden a la posibilidad de interrumpir el embarazo, así como a apoyar a las mujeres que así lo han decidido.

Las sentencias por aborto en Sonora

El Poder Judicial de Sonora reportó de 2010 al 2019, 14 sentencias condenatorias por aborto consumado y una por tentativa de aborto en el sistema tradicional. Siete de ellas son gestantes que fueron sentenciadas por cometer el delito de aborto.

Por otra parte, dos sentencias han sido emitidas de 2015 al 2021 en el sistema oral. Una de ellas en concurso con el delito de feminicidio por lo que el responsable obtuvo una pena individualizada de 60 años de prisión.

Todas las sentencias han sido condenatorias, y van desde 1 año, 1 año y 7 meses de prisión, hasta 60 años en el caso de un hombre que cometió feminicidio y provocó la pérdida del producto de la gestación de la víctima, misma sentencia que fue apelada, pero no se especifica si es por el feminicidio o por el aborto provocado por violencia extrema. Del total de sentencias, sólo una fue revocada en segunda instancia.

Personas sentenciadas por aborto en Sonora por año de emisión

Sexo de imputado2010201120122013201420152016201720182019
Hombre1011100010
Mujer5011110000
Mujer gestante3011110000
Fuente: Elaboración propia, con datos del STJ

El aborto es global

A diferencia del pasado, hoy día las mujeres que requieran abortar y se encuentran en las primeras semanas de gestación, no requieren trasladarse a otros lugares, pues lo pueden realizar en casa o donde ellas así lo decidan.

Gracias a la globalización de la información y las compras que no tienen limitaciones geográficas, para las mujeres interrumpir su embarazo es ahora una posibilidad, que además realizan en compañía de mujeres solidarias que sin fines lucrativos las acompañan.

Redes que se pueden ubicar por páginas de internet que apoyan a mujeres de cualquier parte del país sin necesidad de encontrarse en la misma ciudad.

Leny, una acompañante de mujeres que desean abortar, se encuentra en algún lugar de Sonora. Su ubicación física no importa porque el acompañamiento y asesoría se da a distancia o en forma presencial.

En entrevista comentó que colabora como parte de la red Marea Verde México, y en la red local similar.

Leny empezó hace cuatro años a apoyar a mujeres que se enfrentaban a la necesidad de interrumpir su embarazo por diversas razones, y recuerda que en lo individual ha acompañado a seis mujeres, que van desde los 18 años de edad hasta los 27.

Sin embargo, como colectivo han apoyado a un aproximado de 55 mujeres que decidieron abortar y lo pudieron hacer gracias a esa red de apoyo. Enfatizó que hoy día no importa el área geográfica en la que se encuentren las mujeres, ya que la solidaridad se expresa en la red de apoyo que se encuentra en todo el país.

El aborto es global como lo ha sido siempre, dice. Las mujeres seguirán abortando en buenas o malas condiciones. Pero “para eso estamos nosotras, para apoyarlas por mera sororidad”.

Consideró que las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia, que declararon inconstitucionales artículos del Código penal del estado de Coahuila, así como la Constitución del estado de Sinaloa en referencia a que “protege la vida desde la fecundación”, es un avance, pues puede ser la oportunidad para que en otros estados se hagan reformas que garanticen los derechos de las mujeres.

Asumió que mientras haya restricciones como en el estado de Sonora y otros para que las mujeres puedan decidir plenamente sobre sus cuerpos, ellas estarán ahí para apoyar a las que necesiten interrumpir su embarazo, sin importar la razón, pues solamente la mujer sabe por qué, y con eso es suficiente, finalizó.

21/SNE/LGL

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