Inicio AgendaLaboral Sin empleo formal, 72.3 por ciento de trabajadoras del hogar en AL y el Caribe

Sin empleo formal, 72.3 por ciento de trabajadoras del hogar en AL y el Caribe

Por Angélica Jocelyn Soto Espinosa
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Ciudad de México.- A 10 años de la adopción del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), persiste la informalidad, bajos salarios y falta de cumplimiento de las leyes sobre trabajadoras del hogar en América Latina. 

En 2011, la OIT adoptó el Convenio 189, que es la primera norma internacional relativa al trabajo del hogar remunerado. A la fecha, 18 países de las Américas han ratificado el Convenio, y la mayoría de los países que modificaron sus leyes relativas al trabajo del hogar remunerado las adecuaron a los estándares del Convenio.

De acuerdo con un balance de la OIT, los cambios normativos aprobados y los compromisos suscritos brindaron visibilidad e impulso al avance en derechos. Sin embargo, persisten dificultades para el pleno ejercicio de derechos en este empleo que ocupa principalmente a mujeres, sobre todo relacionadas con la efectiva implementación de estas leyes y políticas públicas, así como el reconocimiento y la visibilidad social del trabajo doméstico como trabajo.

De acuerdo con la OIT, de las 14.8 millones de trabajadoras del hogar que fueron contabilizadas en la región en 2019, 72.3 por ciento no tiene acceso a un empleo formal. Para 725 mil de estas trabajadoras, los niveles de protección legal son insuficientes o inadecuados, y 10 millones carecen de cobertura por la falta de aplicación de las leyes y las políticas vigentes.

Esto deriva que sean 4.1 millones de trabajadoras del hogar las que pueden acceder efectivamente a sus derechos y protecciones en la realidad, de acuerdo con el informe «El trabajo doméstico remunerado en América Latina y el Caribe, a diez años del Convenio núm. 189 «, que repasa los progresos habidos en los países de la región desde 2011, año en que la OIT aprobó el convenio sobre los trabajadores y las trabajadoras del hogar.

Según este informe y el balance de la OIT, en la práctica 4 de cada 10 trabajadoras del hogar tienen una jornada laboral de entre 35 y 48 horas semanales; 3.8 por ciento realiza jornadas de más de 60 horas y 23.3 por ciento trabaja menos de 20 horas semanales.

Si bien 22 de los 24 países de la región reconocen la protección del salario mínimo para las trabajadoras del hogar; en tres de ellos el salario es inferior al establecido para otros grupos; y en diez, parte del pago puede ser en especie. Brasil, Chile, Perú prohíben el pago en especie y en Costa Rica se prohíbe que la remuneración en especie sea parte del salario mínimo.

De acuerdo con la OIT, aunque la situación ha mejorado con respecto a 2012, en 2019 las trabajadoras del hogar en América Latina y el Caribe reciben un ingreso mensual equivalente al 44.7 por ciento del percibido por las personas asalariadas. Esta brecha es aún mayor si se considera únicamente a aquellas que trabajan en la informalidad, ya que su salario es de 37.5 por ciento del de las personas asalariadas.

Según la OIT, dichas brechas pueden ser producto tanto de las jornadas de trabajo muy cortas como de las jornadas largas con un salario por hora muy bajo, o consecuencia de la falta de protección del salario mínimo, de la fijación de salarios mínimos inferiores para el trabajo doméstico o de la falta de cumplimiento.

En América Latina y el Caribe, 97.1 por ciento de las trabajadoras del hogar están cubiertas legalmente por al menos una rama de la seguridad social, pero sólo 9.8 por ciento cuenta con la cobertura de todos los beneficios.

En la mayoría de los países de la región, además, la afiliación de las trabajadoras del hogar a la seguridad social es obligatoria, aunque esto no siempre garantiza la cobertura efectiva y las altas cuotas de informalidad dan cuenta de ello, de acuerdo con la OIT.

En países como Argentina, Chile, Colombia, Costa Rica y Uruguay, que permiten modalidades de aseguramiento acordes a las características del trabajo del hogar remunerado y han desarrollado acciones para promover el aseguramiento, la informalidad se ha reducido, de acuerdo con la OIT.

De la protección legal de licencia de maternidad disfrutan 97.4 por ciento de las trabajadoras del hogar. Solo en República Dominicana no se reconoce este derecho, y solo en dos países —Granada y Jamaica— el periodo de licencia para las trabajadoras domésticas es inferior al reconocido para otras trabajadoras.

Además, 80.7 por ciento de las trabajadoras del hogar tienen derecho a recibir prestaciones pecuniarias durante la licencia de maternidad, y únicamente en Honduras y República Dominicana están excluidas de este derecho.

La OIT destacó que 91.1 por ciento de quienes se dedican al trabajo del hogar de forma remunerada en la región son mujeres. Además, en 2019, una de cada nueve mujeres ocupadas (el 11.3 por ciento) es trabajadora del hogar. 

En la región, según la OIT, las mujeres indígenas y las afrodescendientes están sobrerrepresentadas en el trabajo del hogar, con datos muy diversos entre países; además, las trabajadoras domésticas migrantes son 35.3 por ciento del total de trabajadoras migrantes, y el trabajo del hogar remunerado tiene un mayor peso para las mujeres migrantes que para las nacionales.

Además, señaló la OIT, la pandemia de la COVID 19 impactó el trabajo del hogar remunerado con despidos, prohibición de salir de los hogares de los empleadores, disminuciones de salarios, aumento de trabajo en las casas. Los reportes laborales indican que la mayor caída del empleo fue para esta ocupación en la región, señaló el organismo.

Al respecto de estos datos, el Director Regional de la OIT para América Latina y el Caribe, Vinícius Pinheiro, explicó que “la alta proporción de ratificaciones del Convenio núm. 189 y los grandes avances legales y de políticas revelan el alto compromiso de los países de América Latina y el Caribe con la mejora de las condiciones laborales de las trabajadoras remuneradas del hogar (…) Ahora queda pendiente la parte más decisiva: conseguir su aplicación para hacer realidad el trabajo decente en el trabajo doméstico”.

La OIT registró como buenas prácticas las experiencias sobre el registro de contratos escritos, mecanismos de acceso a la justicia, diálogo social y negociación colectiva, acceso a la seguridad social, programas de profesionalización del trabajo doméstico, y campañas de información y sensibilización, que han impulsado algunos países.

“Alentamos a los países a que adopten y adapten estas buenas prácticas para garantizar los derechos laborales a las trabajadoras domésticas nacionales y no nacionales, cuya labor es crucial para el funcionamiento de los mercados de trabajo y de las sociedades en su conjunto. La pandemia lo ha dejado patente más que nunca antes”, dijo el Director Regional de OIT.

21/AJSE/

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