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En lo que va del 2023 ya se registraron 204 casos de muerte materna

Por Berenice Chavarría Tenorio
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Ciudad de México.- En nuestro país, en lo que va de 2023 se han registrado 204 muertes maternas, de acuerdo con cifras de la Secretaría de Salud. Sin embargo, el 90 por ciento de estos decesos pudo haber sido prevenible, asegura la organización Ipas.

El informe de notificación inmediata de muerte materna destaca que la institución que más reporta defunciones de mujeres es la Secretaría de Salud, seguida del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) donde se registraron 49 casos. También se reporta que 38 mujeres fallecieron sin recibir atención en una institución. 26 perdieron la vida en un hospital privado. Y 10 como parte de las atenciones del IMSS Bienestar.

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90 por ciento de casos de muerte materna son prevenibles

Cifras correspondientes al 13 de febrero de 2023 destacan que las entidades con más defunciones maternas son: Chiapas, México, Baja California, Guerrero y Jalisco. Ya que en conjunto suman el 44.1 por ciento de las defunciones registradas.  

Al hablar de las principales causas de defunción materna se encuentran: 

  • Hemorragia obstétrica 
  • Enfermedad hipertensiva, edema y proteinuria en el embarazo, el parto y el puerperio
  • Complicaciones del embarazo, parto y puerperio 
  • Sepsis y otras infecciones puerperales

Estas afecciones, señala la organización Ipas, son prevenibles hasta en un 90 por ciento. Sin embargo, la persistencia en las cifras pone en evidencia que la mortalidad materna es un indicador que revela “desigualdades sociales en el acceso a servicios de salud”.

Y es que en el país hay falta de acceso a servicios de salud de calidad -lo que se asocia con costos elevados de la atención médica- deficiencias en insumos y equipos, y falta de personal capacitado, asegura el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE).  A lo anterior se suman las barreras estructurales como las leyes, políticas y prácticas que perpetúan la discriminación contra las mujeres. 

Esto pese a que la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) establece en el artículo 12 “la obligación de los Estados de adoptar medidas tendientes a asegurar a las mujeres el acceso a servicios de salud en general, en igualdad de condiciones, los cuales incluyen los servicios apropiados en relación con el cuidado del embarazo, el parto y el periodo posterior al parto (puerperio)”, recuerda GIRE. 

Por ello, ambas organizaciones exigen que el Estado cumpla con sus obligaciones internacionales en esta materia, pues aún con la existencia de la NOM-007 – sobre la atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido- y marcos normativos como Ley General de Salud (donde se establecen diversas acciones encaminadas a identificar y erradicar los factores de riesgo para la salud de las mujeres embarazadas) la Razón de Mortalidad Materna (RMM) no ha visto una reducción importante.

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