Inicio AgendaEn Movimiento Muerte de 41 migrantes en Juárez, no es aislado. Recuerda caso de niña guatemalteca detenida en 2019

Muerte de 41 migrantes en Juárez, no es aislado. Recuerda caso de niña guatemalteca detenida en 2019

Por La Redacción

Ciudad de México.- El Instituto para las Mujeres en la Migración (IMUMI), grupo de defensoras de los derechos de las mujeres en la migración y sus familias, condenaron los hechos sucedidos la noche del 27 de marzo en Ciudad Juárez donde la detención migratoria condenó a 41 personas migrantes a morir atrapadas en medio de un incendio sin que hasta este momento haya claridad de las causas que lo originaron, la responsabilidad de las autoridades del Instituto Nacional de Migración (INM), local y federal, y las medidas de protección que implementan en las estaciones migratorias para proteger la vida de las personas ante situaciones como estas.

IMUMI señaló que estas muertes pudieron evitarse, insistió que las estaciones migratorias configuran espacios donde no se garantizan condiciones mínimas en la detención de las personas -en 2019 una niña de 9 años murió en la estación migratoria de la Ciudad de México, aún no existe reparación integral a la familia; en 2020 un hombre murió en la estación migratoria de Tenosique, Tabasco tras un incendió; ese mismo año otras personas migrantes murieron por falta de atención médica ante la COVID-19. En todos los casos la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió recomendaciones al INM y su titular por la falta de protección de la integridad de las personas sin que se hayan tomado medidas para la no repetición o haya un costo político, por el contrario, se ha mostrado la impunidad de la que goza el INM.

El pasado 15 de marzo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió inconstitucional la detención migratoria por más de 36 horas y reiteró que la detención migratoria debe ser utilizada como una medida excepcional y no como la regla. Dos días después, el INM aceptó la resolución de la SCJN y señaló daría cumplimiento a la misma, no obstante, las detenciones continuaron.

La política migratoria tiene como uno de sus ejes la criminalización de la población migrante. En días pasados agentes del INM realizaron operativos de detención de familias migrantes y con necesidades de protección internacional quienes se encontraban en las calles de Ciudad Juárez vendiendo dulces o pidiendo dinero ante los tiempos largos de espera para la resolución de sus solicitudes de asilo, la obtención de documentos migratorios o la imposibilidad de contar con un empleo -muchas de las familias contaban con documentos de estancia regular migratoria en México. Esta acción no tiene que ver con la protección de las personas sino con la criminalización de las personas migrantes y la pobreza.

IMIMI en un comunicado oficial reiteró que la detención migratoria derivada de aceptar, avalar e implementar políticas migratorias de contención en complicidad con Estados Unidos, mata. El pasado 26 de octubre, las y los ministros de la Primera Sala de la SCJN aprobaron un proyecto en el que señalaron que el Estado mexicano incurrió en omisiones en la protección de derechos de las personas devueltas a México bajo el Protocolo “Quédate en México”, al no contar con un proceso claro de protección, no publicarlo en el Diario Oficial de la Federación y no incorporar una perspectiva de género, derivando en actos violentos hacía esta población sin acceso a la justicia. No obstante, sigue aceptando acuerdos con el gobierno estadounidense para recibir a personas migrantes sin que exista un procedimiento claro para la protección de esa población y el fortalecimiento del sistema de asilo mexicano, en un contexto de graves violaciones de derechos y la impunidad del INM.

Con información de IMUMI

Muerte de niña guatemalteca en 2019

El caso de Diana ha sido uno de los más emblemáticos en torno a la detención migratoria de niñas, niños y adolescentes en estaciones migratorias en México. Detención que se prohibió desde noviembre de 2020 con la aprobación de las reformas a la Ley de Migración sin importar si la niñez o la adolescencia viajan solas, acompañadas por quienes ejercen su tutela o custodia o separadas aunque viajan con otros familiares o personas cercanas. 

Sin embargo, las prácticas institucionales del Instituto Nacional de Migración (INM) evidencian que la detención continúa; además, las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes cuentan con pocos recursos económicos y humanos para proteger a esta población.

Diana, una niña de 10 años de edad de origen guatemalteco, se vio forzada a salir de su país de origen acompañada de su madre María por amenazas de una pandillas en contra de su padre y dirigidas a ella. Salieron de Guatemala en mayo de 2019 en busca de salvar su vida en Estados Unidos, donde tienen familia.

En Ciudad Juárez, Chihuahua, fueron detenidas por agentes del INM. Ahí comenzó la verdadera tragedia: ya habían vivido la delincuencia, el cansancio y el hambre, pero lo peor estaba por venir. A partir de auténticos actos de tortura, la niña y su madre, al lado de otras 86 mujeres, fueron aprehendidas y recluidas.

Sometidas a temperaturas extremas, sin descanso con base en humillaciones y prolongadas jornadas sin alimentos ni agua, fueron trasladadas en autobuses a la Ciudad de México con la intención de llevarlas hasta al sur del país para ser deportadas a su país de origen.

Diana no tuvo la suerte de ser devuelta a su país. Cuando llegó a la estación migratoria “Las Agujas” en la Ciudad de México fue asignada a una litera donde debía permanecer hasta que su consulado confirmara su nacionalidad. Después de días sin dormir, bañarse y mal alimentarse, cayó en un sueño profundo en aquella litera que habría de ser su último lugar de descanso. Su madre, totalmente agotada también, fue asignada en la litera de al lado de Diana. Las dos se dispusieron a retomar fuerzas mientras el INM decidía su suerte.

Se negaron a dar atención médica a Diana antes de morir

A los pocos minutos de quedarse dormidas, Diana cayó de la litera. Lloraba mucho y muy fuerte expresando un dolor muy intenso así que su madre pidió asistencia médica. El médico de la estación migratoria las recibió y le dijo a la mamá que con una pastilla (metronidazol) era más que suficiente. María aceptó el diagnóstico. 

Diana seguía quejándose de mucho dolor, su madre volvió a pedir asistencia médica. Cuando por fin las atendieron, el médico no revisó a Diana y le dijo a María que su hija solo intentaba llamar la atención así que las regresó a su celda. La madre desconcertada pidió que revisaran a la niña más detalladamente pero el médico se negó. Después de unas horas, Diana ya no podía moverse por sí misma y sus gritos de dolor eran cada vez más intensos. Su madre con gran impotencia suplicaba que la dejen ver al médico otra vez.

Al no ser escuchada, las demás mujeres recluidas comenzaron a exigir atención médica para la niña, solo así los custodios le permitieron salir; pero ya era demasiado tarde, la niña empezó a vomitar y a mostrar manchas/moretones en todo el cuerpo. Para cuando terminaron el “papeleo” para trasladarlas a un hospital, arriba de una camioneta del INM, Diana murió en las piernas de su madre.

La tortura de la madre de Diana no terminó allí. La trasladaron al Ministerio Público para formular la denuncia, donde la convencieron de no hacerlo porque no podría volver pronto a su país a enterrar a su hija. Tampoco le permitieron hacer llamadas. En su casa nadie sabía lo que estaba pasando.

¿Patrón de conducta discriminatoria o negligencia médica?

María nunca regresó a “Las Agujas”. Sice haber estado en un departamento acompañada de la psicóloga de la estación migratoria de la Ciudad de México durante un día o dos, no recuerda bien. Le dijeron que era por su seguridad, porque si la regresaban a la estación migratoria podría haber periodistas y las otras migrantes la iban a llenar de preguntas. Que era mejor mantenerse aislada. 

De allí fue trasladada directamente al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, donde fue interceptada por una visitadora de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) quien le dijo que las mujeres detenidas en la estación migratoria le habían informado de lo sucedido. María fue regresada con una caja fúnebre a Guatemala.

El 25 de septiembre de 2019, la CNDH emitió la Recomendación 77/2019 al Comisionado del INM, Francisco Garduño, por omisión, negligencia e inadecuada atención médica que derivó en el fallecimiento de Diana. En ella se establece la reparación integral del daño a las víctimas. A la fecha, el INM ha dado cumplimiento parcial a la recomendación y la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas ha realizado una indemnización económica.

A petición del Órgano Interno de Control del INM se llevó a cabo un juicio de responsabilidad administrativa de los servidores públicos ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. En ella se emitió una sentencia que ordenó sanciones a las autoridades responsables en este caso, tales como inhabilitaciones para ejercer como servidores públicos por 1 año y 6 meses y una destitución. Al médico negligente se le sancionó con un año.

La carpeta de investigación sigue sin judicializarse a más de 3 años de lo sucedido y el imputado quiere llegar a “acuerdos reparatorios” cómodos para su bolsillo: ha ofrecido a la madre y el padre de Diana $50 mil pesos). El Juez ha sido benevolente y no le ha sancionado pese a haber tomado una audiencia inicial desde su automóvil. Mientras, la pregunta sigue abierta, ¿fue negligencia médica o discriminación la causa de fondo de la muerte de Diana?

*Lorena Cano es coordinadora de la Clínica Jurídica, Instituto para las Mujeres en la Migración, AC (IMUMI).

Link de la nota publicada el 26 de octubre del 2022:

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