Inicio AgendaParticipación Política Regidora exhibe protección de Tribunal de Baja California a alcalde que ejerció violencia política en su contra

Regidora exhibe protección de Tribunal de Baja California a alcalde que ejerció violencia política en su contra

Por Berenice Chavarría Tenorio

Brenda Aracely Valenzuela Tortoledo, regidora en Ensenada, Baja California, exige sanción contra el alcalde Armando Ayala Robles, por haber ejercido violencia política en razón de género en su contra. Esto luego de que el Tribunal de Justicia Electoral dela entidad justificara los insultos y expresiones degratantes contra la política.

En noviembre de 2022 la regidora panista Brenda Valenzuela, en el análisis del paquete económico, emitió su posicionamiento en contra de la Ley de Ingresos del municipio de Ensenada. Como respuesta, el alcalde Armando Ayala Robles utilizó palabras de denostación en su contra, insultos e incluso agresiones verbales con connotaciones sexuales.

“Le expliqué al presidente municipal del por qué mi voto en contra, pero al quedarse sin argumentos dice que yo llego al cabildo enojada, con mis berrinchitos y votando todo en contra. Dice que me pagan por hacer mi número en el cabildo. Remató con que recomienda hacer el amor el número de veces posibles en la semana, para que lleguemos de buenas, con mejor actitud y así hasta saludamos mejor”, contó la regidora en entrevista con Cimacnoticias. 

Por estos hechos Brenda Valenzuela presentó una denuncia el mismo mes de noviembre. Sin embargo, no fue sino hasta junio de este 2023 cuando el Tribunal de Justicia Electoral de Baja California se declaró como incompetente, regresando la denuncia al cabildo del ayuntamiento de Ensenada, el mismo lugar donde se generó la violencia contra la regidora.

“Las manifestaciones del presidente municipal se suscitaron en el contexto del debate deliberativo de diversos temas durante las sesiones del cabildo, las cuales se encuentran protegidas por las facultades que la normatividad local otorga a los integrantes del ayuntamiento”, expresó el Tribunal.

Imagen retomada del INE

Al respecto organizaciones como el Frente Político de Mujeres de Baja California mostraron su inconformidad asegurando que esta sentencia “perpetúa la violencia machista e impide el libre desempeño del cargo, al descalificar, humillar en público y generar un ambiente hostil que cruza la línea del debate político para constituir violencia política contra las mujeres que, por supuesto, el Tribunal es competente para resolver”. 

«Causa extrañeza que dicha autoridad que no es electoral y por tanto no es competente para resolver, con el agravante de que se deja en indefensión a la regidora pues el denunciado ahora será juez y parte», acusó el Frente.

Ahora, la regidora se encuentra a la espera de la decisión del cabildo, espacio laboral donde ha recibido hostigamiento incluso desde antes de presentar la denuncia contra el presidente municipal. 

“El alcalde incita al cabildo al hostigamiento. En una de las sesiones no me permiten el uso de la voz, pero yo decido no callarme. Nos dicen que pueden poner en duda nuestro juicio, burlarse y que esto está protegido por el debate parlamentario, pero la realidad es que la paridad no puede costarnos violencia”. 

El cabildo, del cual ella también forma parte, será el encargado de decidir si existió violencia política o no y sus sanciones, además de considerar si las medidas cautelares que solicitó la regidora se revocan o se mantienen.

Y es que en el mismo mes de noviembre de 2022 cuando la regidora presentó la denuncia, también solicitó medidas cautelares, mismas que le fueron otorgadas y determinaron lo siguiente: 

1. La edición de los videos de las sesiones de fechas primero de octubre de 2021 y nueve de noviembre de 2022, Sesión Extraordinaria y Sesión Extraordinaria de Extrema Urgencia, respectivamente, a fin de que las expresiones denunciadas se conviertan en inaudible y/o sean silenciadas.

2. Se elimine de las actas o cualquier documento relativo a las sesiones de fechas primero de octubre de dos mil veintiuno y nueve de noviembre de dos mil veintidós, Sesión Extraordinaria y Sesión Extraordinaria de Extrema Urgencia, respectivamente, las expresiones señaladas.

Para ello se dio como plazo 24 horas; sin embargo, pasaron más de tres meses para que las expresiones fueran suprimidas de los videos y las actas de estas fechas, acusó la regidora. 

En las medidas cautelares también se insta al alcalde a “abstenerse de realizar manifestaciones y/o expresiones que pudieran constituir discriminación, maltrato verbal o cualquier otra acción u omisión que pudiera actualizar la infracción consistente en violencia política contra las mujeres en razón de género, en contra de la denunciante, así como, las mujeres integrantes del Cabildo de Ensenada, Baja California, además de propiciar un ambiente de respeto”. 

Regidora exige que autoridades se apeguen al marco jurídico 

Ante este panorama, Brenda Valenzuela exigió que el Tribunal de Justicia Electoral de Baja California se apegue al marco jurídico, el cual sanciona la violencia política en razón de género.

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia define la violencia política en razón de género como: “toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo”. 

Las acciones u omisiones se basan en elementos de género, es decir, cuando se dirigen a una mujer por su condición de mujer; le afectan desproporcionadamente o tienen un impacto diferenciado en ella.

La Ley General en Materia de Delitos Electorales, establece que quien cometa el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género, se le impondrán de dos a siete años de prisión y de doscientos a cuatrocientos días multa y establece un catálogo de conductas para acreditar esta violencia.

Pese a ello, la mayor parte de denuncias se encuentran en la impunidad. De acuerdo con el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (RNPS), desde 2020 hasta ahora se han registrado 298 agresiones, de las cuales 239 fueron perpetradas por hombres.

Sin embargo, 165 personas agresoras no recibieron una pena en específico, 103 fueron sancionados con una multa económica, 53 con una amonestación pública, cinco con apercibimiento, tres con vista al superior jerárquico, dos tuvieron suspensión temporal de sus derechos partidarios por un año, el resto se distribuyó entre disculpas públicas, multas simbólicas, visita al órgano interno de control, entre otras.

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