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6 entidades en México renuentes a acatar fallo de Suprema Corte, exhibe colectiva

Por Berenice Chavarría Tenorio

Ciudad de México.- Chihuahua, Durango, Jalisco, Nuevo León, Puebla y Veracruz continúan criminalizando el aborto, mantienen los casos en la opacidad y no avanzan hacia una garantía a este derecho en el sector salud, lo anterior pese a las sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que obligan a los estados a despenalizar el aborto en sus Códigos Penales, así lo reveló la colectiva Abortistas MX.

Abortistas MX realizó la investigación “Decidir abortar. Entre la criminalización y el ejercicio de un derecho”, en la que pusieron en evidencia que, pese a que la SCJN ya declaró inconstitucional criminalizar el aborto y que incluso ordenó retirarlo del Código Penal Federal, aún hay faltantes en varios de los estados, pues al día de hoy únicamente 12 entidades han despenalizado la interrupción legal del embarazo: CDMX (2007), Oaxaca (2019), Hidalgo (2021), Veracruz (2021), Coahuila (2021), Baja California (2021), Colima (2021), Sinaloa (2022), Guerrero (2022), Baja California Sur (2022), Quintana Roo (2022) y ahora Aguascalientes (2023).

La colectiva encontró que actualmente el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) es la única herramienta que permite un acercamiento parcial a la criminalización por aborto, parcial porque no brinda información sobre edades, no detalla si el aborto fue voluntario o no, tampoco se mencionan las semanas de gestación, entre otros aspectos.

Se puede observar, por ejemplo, que en el país se acumularon cinco mil 487 investigaciones por el delito de aborto en el periodo 2015-2022 y que el año 2022 fue en el que más incidencia delictiva se reportó con un acumulado de 819 investigaciones. También se aprecia que en ese periodo la Ciudad de México y el Estado de México son las entidades con más incidencia delictiva en aborto al acumular 945 y 909 investigaciones respectivamente.

En el ámbito de las otras obligaciones que derivan del reconocimiento constitucional del derecho a decidir, actualmente no se cuenta con una plataforma o instrumento que permita conocer las acciones desarrolladas por las distintas autoridades estatales para garantizar el ejercicio de este derecho.

Así, a partir de la identificación de estos vacíos de información y con la ayuda de diversas herramientas para el acceso a la información pública se desarrolló una metodología para obtener datos que permitan un mayor acercamiento tanto al tema de la criminalización como a la disponibilidad de servicios que busca evaluar el cumplimiento de las obligaciones del Estado ya descritas sobre el ejercicio del derecho a decidir. 

Con este objetivo se investigaron los panoramas actuales de Chihuahua, Durango, Jalisco, Nuevo León, Puebla y Veracruz, en los que se permitió concluir que aún no hay certeza de quiénes son y dónde están las mujeres que abortan, aseguró la abogada feminista Esmeralda Lexiur Ferreira de Veracruz, durante la presentación del informe.

Por otro lado, añadió la abogada Ninde MolRe, integrante de Abortistas MX, resulta imposible conocer de qué forma se está sancionando a las adolescentes que deciden acceder a un aborto. Así, sin claridad y en medio de la opacidad, interrumpir un embarazo sigue representando un riesgo para la libertad de las mujeres, pese a que en 2021 la SCJN resolvió por unanimidad de diez votos que es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta, y se pronunció por primera vez a favor de garantizar este derecho sin enfrentar consecuencias penales.

Tampoco dejamos atrás la sentencia más reciente el 6 de septiembre, cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la regulación del aborto del Código Penal Federal por ser contraria a los derechos humanos. Es decir, afirmó que va en contra de la Constitución sancionar el aborto voluntario o a quienes lo procuren.

CIMACFoto: Berenice Chavarría Tenorio

Procesos de criminalización 

Las entidades carecen de sistematización y transparencia de información sobre el sistema penal, a esta conclusión llegaron las diversas colectivas y defensoras que participaron en esta investigación, para la cual se enviaron un conjunto de preguntas a las Fiscalía, Defensoría y al Tribunal Superior de Justicia, todos del ámbito estatal, a estas instancias se solicitó información específica sobre las investigaciones, el número de expedientes, medidas cautelares o sentencias por casos de aborto voluntario (autoprocurado o consentido).

Así se encontró ausencia de respuesta hasta una falta de uniformidad en los sistemas de registro y procesamientos de datos. En el caso de homicidio se solicitó información de la investigaciones, medidas cautelares o sentencias en aquellos procesos en los que los hechos ocurrieron dentro de las 48 horas posteriores al nacimiento del sujeto pasivo del delito.

«En ninguna de las entidades participantes se pudo diferenciar las modalidades del delito de aborto contemplados en el total de incidencia delictiva reportado por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Tampoco fue posible hacer este ejercicio en relación con el delito de homicidio y otros vinculados con la criminalización de eventos obstétricos«, señala la investigación.

CIMACFoto: César Martínez López
CIMACFoto: César Martínez López

Chihuahua

 A la fecha de cierre de la investigación no se recibieron las respuestas de la Fiscalía ni del Tribunal Superior de Justicia. La única institución que atendió la solicitud fue la Defensoría Pública; sin embargo, los datos que proporciona contienen algunas imprecisiones.

De los datos reportados para el delito de aborto se observa que en el periodo 2015-2022, la Defensoría representó a siete mujeres adultas, todos esos procesos se encuentran actualmente concluidos y en todos se dictó el sobreseimiento de la causa. Por lo que hace a mujeres adolescentes se representaron a nueve acusadas por el delito de aborto, todos los procesos se reportan como concluidos; sobresale que aunque se dictó el sobreseimiento en ocho de los procesos identificados, en uno de ellos del año 2019 se dictó sentencia condenatoria. La información proporcionada no indica las medidas impuestas como sanción.

De estos datos también se desprende que, aunque no se refieren fechas específicas, en 2021 se inició una investigación por el delito de aborto contra una adolescente mientras que en 2022 fueron dos contra mujeres adultas y uno contra una adolescente; se reporta que estos procesos concluyeron en sobreseimiento, aunque no se indica la modalidad de aborto que se persiguió es un indicador de que se mantiene latente la actividad punitiva estatal. Por otro lado, la falta de respuesta de las solicitudes formuladas al Poder Judicial y a la Fiscalía impiden un contraste con los datos reportados por el Secretariado Ejecutivo de Seguridad Pública de tal manera que se mantiene la incertidumbre sobre la modalidad de la participación del delito de aborto

Durango

En Durango se recibieron las respuestas de las tres instituciones involucradas en el primer instrumento elaborado; sin embargo, no todas tuvieron el mismo nivel de cumplimiento.

La Defensoría y el Tribunal identificaron, cada una, tres registros de algún delito derivado del homicidio. El tribunal desagregó los datos a través de todas las categorías solicitadas; la Defensoría sólo por año, número de expediente, autoridad y los detalles sobre el sujeto pasivo del delito. Por su parte, la Fiscalía identificó 10 registros en total, seis por aborto y cuatro por alguna modalidad del delito de homicidio.

En el caso de los registros brindados por la Fiscalía se tiene que seis son por aborto, tres por homicidio calificado y uno por homicidio en razón de parentesco.

“Los cuatro casos de homicidio especifican la modalidad y es posible determinar el parentesco y asumir que los hechos se encuentran relacionados con un evento obstétrico. De los seis registros identificados sobre aborto, cuatro corresponden a adolescentes y dos a mujeres adultas”, refiere la investigación.

En los casos de criminalización se puede encontrar que en 2016 se inició la investigación contra una joven de 20 años a la que se refieren como “madre” y reportan el estatus de la investigación como “concluida”.

En 2017 se inició una investigación contra una adolescente de 17 años cuyo proceso se reporta actualmente como activo. En 2018 se inició una investigación contra otra adolescente de 17 años aunque se reporta que el expediente se archivó de forma definitiva. Finalmente, en 2022 se iniciaron tres carpetas de investigación: la primera contra una adolescente de 13 años, la segunda se reporta en integración contra una joven de 22 años y la tercera también en integración contra una adolescente de 16 años a quien se refieren como “madre”.

Jalisco

En el caso de esta entidad la Defensoría reportó únicamente dos registros sobre aborto y proporcionó el año, la modalidad del delito, número de expediente y la autoridad que lo tramita. El Tribunal informó de 2 registros de aborto y 3 de alguna modalidad de homicidio; toda la información fue desagregada por las categorías solicitadas. La Fiscalía presentó 134 registros de aborto.

Nuevo León

En esta entidadla Defensoría reportó no contar con registros sobre la información solicitada sobre aborto. El Tribunal informó de 25 registros sobre aborto y 105 de alguna modalidad de homicidio.

Por su parte la Fiscalía reportó un total de mil 798 registros sobre aborto, aunque esta dependencia proporcionó cifras sobre homicidios, la falta de elementos mínimos para identificar la modalidad del delito en cifras tan elevadas impide un acercamiento a la criminalización de eventos obstétricos.

“A partir de lo anterior es posible concluir que aún después de la sentencia 148/2017 se mantiene latente la actividad punitiva estatal sin que se cuente con elementos para descartar que no se trata de una violación al derecho a decidir. Por otro lado, el estado de Jalisco no demostró que cuenta con los elementos necesarios para asegurar que cumple con su deber de no criminalización”, señala Abortistas MX.

Puebla

En esta entidad la información también se proporcionó de manera parcial o nula. Por un lado, la Defensoría reportó cuatro registros por alguna modalidad de homicidio, pero los datos sólo se desagregaron por sexo, año y edad.

El Tribunal reportó nueve registros, cuatro por aborto y cinco por alguna modalidad de homicidio; de todos los datos proporcionó el año, en el 88.8% refirió el expediente y autoridad, solo en el 11.1% señaló el sexo, edad y modalidad del delito. Finalmente, la Fiscalía identificó 53 registros sobre aborto pero sólo se desagregaron por año.

Respecto a las cuatro investigaciones identificadas en las que la Defensoría brindó representación legal, tres fueron para mujeres acusadas por el delito de homicidio en razón de parentesco por hechos ocurridos en 2007, 2009 y 2011; sus edades son de 46, 31 y 46 años respectivamente.

Se destaca que a la mujer de 46 años se le condenó en 2010 a 22 años de prisión, una reparación del daño moral por 14 mil 280 pesos y al pago de una indemnización económica de 57 mil 120 (cincuenta y siete mil ciento veinte pesos 00/100).

A las otras dos mujeres se les sentenció a 13 años y cuatro meses de prisión. La cuarta investigación se refiere a una adolescente de 16 años acusada por el mismo delito; de forma adicional se indica que ese proceso se tiene registrado como concluido.

“Finalmente señala que el Instituto no ha presentado solicitudes de sobreseimiento, de no ejercicio de la acción penal, de no vinculación a proceso o de archivo de algún proceso penal a partir de los criterios de la SCJN sobre el derecho a decidir desarrollados en la sentencia 148/2017”.

Veracruz

Del análisis realizado por Abortistas MX, Veracruz es el único estado donde se ha despenalizado el aborto, ello gracias al trabajo de organizaciones y feministas que vieron este avance el pasado mes de julio de 2021. Sin embargo, la criminalización en la entidad prevalece.

En el caso de Veracruz la Defensoría sólo reportó un registro por el delito de homicidio calificado agravado; ese dato fue desagregado por todas las categorías solicitadas. El Tribunal reportó 11 registros, cinco por aborto y seis por alguna modalidad de homicidio. Finalmente, la Fiscalía no proporcionó ningún registro.

El Poder Judicial proporcionó información en la que se identificaron 11 procesos, de los cuales cinco son por el delito de aborto, cuatro por homicidio calificado agravado y dos por homicidio calificado. De ese total, sólo en el 36 % se identifica el año, en el 45.4 % se reporta el sexo y la autoridad; por otro lado, en ninguno de los datos se refiere el número de expediente ni la edad (100 % respectivamente). Se asume que la modalidad del delito se atendió en todos los registros porque la información se proporcionó sin alguna nota aclaratoria que refiera lo contrario

Evaluación de la garantía del derecho a decidir

Para este análisis se solicitó a la Fiscalía, Defensoría Pública, PoderJudicial y Secretaría de Salud, todas del ámbito estatal, sobre las acciones que desde cada institución se han realizado para que su personal conozcay aplique los estándares del derecho a decidir de acuerdo con la sentencia 148/2017. 

También se incluyeron reactivos relacionados con el cumplimiento del deber de no criminalización; en elcaso de la Secretaría de Salud se pidió describir las rutas de atención en el servicio de aborto voluntario(autoprocurado o consentido).

CIMACFoto: César Martínez López

Lo anterior permitió observar que, en general, la decisión de la Corte no ha sido recibida como una guía para la acción casi en ninguna de las instituciones consultadas. 

«Algunas fiscalías y secretarías de Salud, incluso algunos tribunales, consideran que los estándares de reconocimiento del derecho a decidir establecidos en la sentencia 148/2017 vinculan exclusivamente a las autoridades del estado de Coahuila porque fue la legislación de esa entidad la que fue declarada inconstitucional por la SCJN. Esta postura evidencia cómo, a pesar de estar frente a la reconfiguración del alcance del derecho a la autonomía reproductiva reconocido constitucionalmente, se mantiene una visión formalista que privilegia la aplicación de las normas penales locales aun cuando existe una jurisprudencia al respecto. A un año de la decisión de la Corte sólo seis entidades federativas más han modificado su legislación penal para adecuarla a las nuevas exigencias constitucionales», explica la investigación.

Este panorama sobre seis entidades en específico pone en evidencia que los estados continúan con temas pendientes en materia de aborto y acceso pleno a este derecho.

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