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INE presenta programa de primeros auxilios para víctimas de violencia política

Por Rita Magaña Torres

Ciudad de México.-  El Instituto Nacional Electoral pondrá en marcha un programa piloto de atención especializada y de acompañamiento jurídico en materia de Violencia Política de las Mujeres en Razón de Género (VPMRG), con este protocolo, las mujeres podrán recibir orientación, información y, en su caso, acompañamiento psicológico, jurídico, además permitirá articular el trabajo que realizan diferentes áreas del INE, a fin de obtener resultados más efectivos en la búsqueda de la erradicación de ese flagelo, con enfoque interseccional e intercultural, durante el Proceso Electoral Federal (PEF) 2023-2024.

Es necesario señalar que de acuerdo con el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, al cierre del 13 de febrero de este 2024 hay 380 registros y 333 personas sancionadas.

El programa piloto iniciará el próximo 1 de marzo con el objetivo de garantizar la prestación de dichos servicios durante las campañas electorales y concluirá el 1 de octubre de este año, con la toma de protesta de la persona que resulte ganadora en la elección presidencial.

En sesión extraordinaria del Consejo General del INE, las consejeras Carla Humphrey, Dania Ravel, Rita Bell López y Claudia Zavala respaldaron la aprobación de este mecanismo, al señalar que abona a la atención integral de la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género y, por ende, fortalece el ejercicio de sus derechos político-electorales.

La consejera y presidenta de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación, Rita Bell López, explicó que este programa permitirá medir la incidencia del INE para dar acompañamiento psicológico y jurídico a las mujeres que sufren violencia, primordialmente en “aquellos casos en que son atravesados por diferentes categorías que pueden generar una doble o hasta triple discriminación, como en el caso de las mujeres indígenas”.

Añadió que al iniciar sus actividades el 1 de marzo, las mujeres podrán recibir orientación, información y, en su caso, acompañamiento psicológico, jurídico y también permitirá seguir articulando el trabajo que realizan diferentes áreas del INE, a fin de obtener resultados más efectivos en la búsqueda de la erradicación de la VPMRG.

“Al finalizar lo que se busca con este pilotaje es abrirnos a tener información, conocimiento de qué tanto fue importante este acompañamiento, en qué pudimos incidir, qué se necesita hacer, cómo lo necesitamos reforzar y esto nos permite seguir explorando más acciones que se estimen necesarias, que permitan, en el marco de competencia del Instituto, dar un mejor servicio si ese fuera el caso”. indicó.

Por su parte, Humphrey Jordan expuso que la aprobación de este mecanismo para la atención, asesoría y acompañamiento jurídico ante la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, responde a uno de los principales reclamos en materia de participación política de las mujeres y constituye la cristalización de esfuerzos institucionales.

La consejera electoral, Dania Ravel, estimó que este programa permitirá el acceso a la justicia electoral para las mujeres y agregó que la meta es que ningún caso de este tipo quede impune y sin atención por no tener los recursos y medios suficientes.

En su intervención, la consejera electoral, Claudia Zavala, manifestó que, durante este proceso electoral, las mujeres aspirantes a un cargo de elección popular podrán encontrar en el INE un acompañamiento y asesoramiento jurídico en caso de que decidan denunciar.

Programa piloto y ley electoral sobre VPMRG

El programa piloto tiene como objetivo fortalecer este servicio que ya se presta actualmente en los órganos desconcentrados y central del Instituto, con el fin de brindar una atención integral y efectiva a las víctimas de esta modalidad de violencia que así lo soliciten.

Es decir, se ofrecerá atención de primer contacto a mujeres que señalen ser víctimas de este tipo de violencia, derivada o producida por actos u omisiones relacionados con el PEF, sus actos preparatorios, la determinación de candidaturas federales, los actos de campaña o la pretensión de acceder a un cargo de elección popular a nivel federal.

Asimismo, se identificarán los casos de candidatas federales en condiciones personales que puedan estar en mayor vulnerabilidad, tales como la edad, la discapacidad, la situación migratoria, el origen étnico, la identidad y expresión de género, el embarazo, la condición económica y cualquier otra que pudiera exponerlas a un nivel de riesgo mayor de violencia.

La aplicación de este modelo durante el PEF permitirá evaluar, mediante una adecuada metodología, la pertinencia de impulsar, mantener o no de forma permanente, mejorar, reforzar o replantear los servicios de primeros auxilios psicológicos, orientación, asesoría, atención y acompañamiento jurídico a cargo de personal especializado del INE para las víctimas de esta violencia.

De esta forma, el Instituto buscará disminuir este tipo de casos para garantizar el acceso al ejercicio del poder público en condiciones reales de paridad.

El artículo 442 bis de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), dispone que la VPMRG, puede presentarse dentro o fuera de un proceso electoral y se manifiesta, entre otras, de la siguiente forma:

– Obstaculizar a las mujeres, los derechos de asociación o afiliación política.
– Ocultar información a las mujeres, con el objetivo de impedir la toma de decisiones y el desarrollo de sus funciones y actividades.
– Ocultar la convocatoria para el registro de pre candidaturas o candidaturas, o información relacionada con ésta, con la finalidad de impedir la participación de las mujeres.
– Proporcionar a las mujeres que aspiran a ocupar un cargo de elección popular, información falsa, incompleta o imprecisa, para impedir su registro.
– Obstaculizar la precampaña o campaña política de las mujeres, impidiendo que la competencia electoral se desarrolle en condiciones de igualdad.
– Cualquier otra acción que lesione o dañe la dignidad, integridad o libertad de las mujeres en el ejercicio de sus derechos políticos y electorales.

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