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Aún faltan 13 estados por tipificar la violencia ácida

Por Rita Magaña Torres

Ciudad de México.- Actualmente, en 13 estados del país no está tipificado en sus leyes el delito de agresiones inferidas con ácidos u otras sustancias químicas o corrosivas, lo que impide el acceso de las mujeres sobrevivientes a la justicia, que los agresores sean sancionados y la reparación del daño ocasionado.

Campeche, Chiapas, Coahuila, Durango, Guanajuato, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz y Zacatecas. En estos estados las lesiones que se producen con ácido u otras sustancias químicas o corrosivas se consideran simples y se castigan con pocos años de prisión.

Un estudio titulado “Violencia de género con ácido: Una de las manifestaciones más crueles del machismo en México”, elaborado por el Instituto Belisario Domínguez (IBD) del Senado, refiere que las entidades donde no está tipificado este delito son: 

La investigación refiere que en Aguascalientes, Hidalgo, Estado de México, Nayarit, Sinaloa, Querétaro y Quintana Roo, se considera como “delito neutro”, es decir, sin tomar en cuenta que se trata de un tipo de violencia de género.

En Chihuahua y Colima las agresiones con ácido u otras sustancias químicas o corrosivas se tipifican como lesiones calificadas, mientras que Jalisco tipifica como delito autónomo las lesiones con ácido, sustancias químicas corrosivas o cáusticas.

En los estados de Baja California Sur, Guerrero, San Luis Potosí, Tlaxcala y Yucatán, las agresiones con ácido, sustancias químicas o corrosivas se consideran como agravante del delito autónomo de “lesiones cometidas contra una mujer en razón de su género”.

Asimismo, destaca que Oaxaca, Puebla, Baja California y Ciudad de México han tipificado las agresiones con ácido u otra sustancia química o corrosiva como delito autónomo, bajo la figura de “violencia ácida”, con el impulso de la llamada Ley Malena.

La investigación del IBD destaca que el primer caso de ataque con ácido del que se tiene noticia en nuestro país, ocurrió el 9 de noviembre de 1988 en la Ciudad de México.

Resalta que a la fecha, el número de mujeres y niñas que han sido agredidas con ácido u otras sustancias químicas o corrosivas se desconoce, puesto que no hay registros y cifras oficiales lo que limita el conocimiento de su naturaleza, magnitud, gravedad y frecuencia que tiene la violencia con ácido en la sociedad mexicana.

En los últimos años, la violencia de género con ácido u otras sustancias corrosivas ha generado mayor visibilidad debido a los casos que se han salido a luz pública, causando gran indignación en diversos sectores de la sociedad mexicana, destaca el estudio.

La iniciativa

El 24 de mayo del 2023, se presentó en el Senado de la República una iniciativa que tiene por objetivo reconocer la violencia ácida en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, sancionarla a nivel nacional en el Código Penal Federal y modificar la Ley General de Víctimas para garantizar a las sobrevivientes el acceso a la reparación integral, como cirugías, atención jurídica, entre otros derechos. 

La senadora, Citalli Hernández Mora, y el senador César Cravioto Romero, del grupo parlamentario Morena, propusieron una serie de reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la adición del Capítulo I Bis “lesiones inferidas con ácido o sustancias similares”.

De acuerdo con la iniciativa, el artículo 6 de la Ley quedaría de la siguiente forma:

Violencia física.- Es cualquier acto que inflige daño no accidental, usando la fuerza física o algún tipo de arma, objeto o sustancia.

También se incluiría la definición de violencia ácida, la cual sería considerada: “toda aquella que se infrinja causando daño emocional, psicológico o físico provocado por la acción de arrojar cualquier tipo de agente o sustancia corrosiva, caústica, irritante, tóxica, inflamable, líquidos a altas temperaturas, álcalis, ácidos y sustancias químicas similares, incluyendo las que necesiten de otro agente para reaccionar, o cualquier otra que pueda o no provocar daño irreparable, enfermedad incurable o la afectación o pérdida de una extremidad u órgano”. 

En la misma Ley también se busca que la Secretaría de Salud realice una base de datos que permita distinguir y generar estadísticas precisas sobre los tipos de violencia que se perpetran contra las mujeres. 

El caso más reciente de congresos locales que han aprobado la ley ácida está el de la Ciudad de México, donde se aprobó por unanimidad la llamada Ley Malena, para proteger a las víctimas de la violencia ácida, además tipifica a las lesiones con ácido contra mujeres como tentativa de feminicidio y los ataques con sustancias químicas sean castigados con una pena de entre 8 y 12 años de prisión, de esta forma se dio un paso más en la protección de los derechos de las mujeres.

Decreto publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México por el que se reforman la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el Código Penal para el Distrito Federal, y que tipifica el delito de violencia por ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas, que causen daños a la integridad de las mujeres, adolescentes, niñas y niños, personas transgénero, transexuales y con discapacidad.

En el dictamen, procedente de las comisiones unidas de Igualdad de Género y de Administración, así como Procuración de Justicia que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México y del Código Penal capitalino, en materia de violencia ácida, se incluyó el concepto de “violencia ácida” en su articulado y ha reformado el Código Penal local para que los ataques con sustancias químicas sean castigados con cárcel de hasta 12 años para quien cometa esta agresión.

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