Inicio AgendaProcede denuncia contra Cefereso 16. Sí viola derechos humanos de mujeres: Juez

Procede denuncia contra Cefereso 16. Sí viola derechos humanos de mujeres: Juez

Por Arantza Díaz

Ciudad de México.- Al interior del Cefereso 16, ubicado en Morelos, las mujeres son víctimas de violencia sistémica y abandono institucional; este centro de reclusión de mujeres, único en su tipo a nivel federal, anida, de puertas para adentro, una ola de suicidios desde hace 3 años que las autoridades se han encargado de desoír pero un Juez de Distrito acaba de reconocer el desacato de las autoridades de esa prisión para atender esta crisis de derechos humanos. 

Cimacnoticias reportó el 15 de marzo del 2023, que la organización Documenta recopiló evidencias de un serie de prácticas que violentan los derechos de las mujeres privadas de la libertad dentro del Cefereso 16, por lo que estaban pidiendo el cierre definitivo del lugar.

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Desde ese momento, el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT) confirmó las condiciones extremas en las que viven las mujeres privadas de la libertad en ese centro penitenciario.

Tales condiciones les han ocasionado problemas graves de salud mental, por ello, el MNPT emitió diversas recomendaciones, entre ellas el desarrollo de un plan de atención a la salud mental de las mujeres privadas de la libertad con base en lo establecido por la Ley General de Salud.

El derecho al agua y a una alimentación adecuada también se encuentran entre las violaciones de derechos humanos de estas mujeres. Solamente un 26 por ciento de ellas señaló tener alimentos suficientes y de buena calidad. Por su parte, el 71 por ciento señaló que los mismos han sido causantes de enfermedades. Sobre este último punto, Documenta ha solicitado un amparo tras tener contacto directo con las afectadas después de una intoxicación masiva en octubre de 2022.

Otra gran preocupación para la organización es el aislamiento prolongado e incomunicación como modelo de gestión del Cefereso 16, pues las mujeres pasan aproximadamente 15 horas el día en sus celda y solamente pueden realizar una llamada de 10 minutos cada semana. 

Por lo que en este 5 de agosto del 2024, impulsado por el Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), se logró que el Juez Décimo de Distrito en el Estado de Morelos declarara procedente la denuncia de incumplimiento promovido contra múltiples omisiones de las autoridades penitenciarias. El Juez admitió que la institución penitenciaria incurrió en «inobservancia«.

Esta legitimación es sumamente importante, porque reconoce que al interior del Centro Femenil de Reinserción Social 16 (Cefereso) se ha cometido tortura al atentar contra la vida de las mujeres y paralelamente, expone la inacción del sistema; no sólo de las autoridades penitenciarias, sino también, de las instituciones de salud y del Estado de Morelos que ha ejercido un abandono estructural y que ha encauzado en el suicidio de 15 mujeres al interior del Cefereso. 

Hasta el momento de la publicación, las mujeres privadas de su libertad han denunciado dolores musculoesqueléticos, padecimientos psiquiátricos, ansiedad, depresión, insomnio, trastorno de estrés postraumático, hipertensión, asma y epilepsia.

Ellas no han recibido atención ginecológica, pues si bien reciben algunas visitas, no se les dan seguimiento, no hay citas posteriores y tampoco se les canaliza a otras especialidades, según refiere Sofía de Robina Castro del Instituto de la Defensoría Pública para Cimacnoticias

«Ellos debieron actuar desde diciembre»

Para dimensionar la importancia de lo anunciado por el Juez de Distrito, el contexto en el que sucede y las deudas pendientes, Cimacnoticias conversó con Sofía de Robina Castro, secretaria Técnica de Combate a la Tortura, del Instituto Federal de la Defensoría Pública, quien comparte cómo el Cefereso ignoró las recomendaciones promovidas a través de dos amparos. 

Sofía de Robina Castro explica que al ver las necesidades de salud que tenían las mujeres al interior del Cefereso, el instituto presentó 2 amparos que, al poner en riesgo la vida de las mujeres, se promovió como actos tormentosos equiparables a la tortura. En uno de estos amparos, se protegía a 16 mujeres; todas ellas, tenían algún antecedente suicida y requerían con urgencia atención con personas especialistas.

Lo que siguió es que un juez emitió una suspensión de pleno, cuando hablamos «de pleno», es importante señalar que se entiende como una acción inmediata. Un acto primario porque se enraíza con cuestiones sumamente graves o que ponen en riesgo la integridad -vida de las personas, es decir, que desde ese primer momento, las autoridades debían hacer todo lo que estuviera en sus posibilidades para salvaguardar la vida de las mujeres en situación de reclusión y atravesadas por vulnerabilidad emocional.

Estas medidas de protección y cuidado debieron ejercerse ipso facto, aunque el juicio de amparo aún no concluyera. En el segundo amparo que contemplaba extremar la protección a 16 mujeres, se encontraba SAVO -iniciales-, una mujer de 41 años a quien las autoridades del Cefereso sujetaron «gentilmente» hasta por 8 horas como medida de contención. 

SAVO terminó con su vida al interior del centro penitenciario a pesar de que la mujer fue una de las quejosas en el caso; se supondría que las autoridades la protegerían por demanda del Juez. Se supondría que el Cefereso 16 otorgaría a SAVO la garantía de sus derechos humanos para recibir atención, medicamentos y terapias de calidad.

Fuente: Claudia Sheinbaum vía X

Sobre este caso, Sofía de Robina comparte que es gravísimo, pues existía una suspensión a favor de SAVO que demandaba tomar medidas inmediatas y no se hizo. 

«Como si no fuera suficiente, tuvimos limitaciones en las visitas del instituto para poderla entrevistar, no pudimos acudir (…) Da cuenta de limitaciones que para la defensoría le impide realizar correctamente su trabajo. Todos los decesos son lamentables, pero el caso específico de esta mujer, demuestra cómo es tan reiterado este incumplimiento de cuestiones judiciales»

Un documento realizado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, expone que, a pesar de tener conocimiento de 22 reportes de autoagresiones e intentos suicidas, las personas servidoras públicas del penal solamente activaron, en una ocasión, el protocolo para salvaguardar la integridad de las personas.

De igual forma, los visitadores adjuntos de la CNDH constataron que se carecía hasta el 2023 de atención médica e insuficiencia de actividades laborales, educativas y deportivas, situación que transgrede los ejes de reinserción social y, por último, dichas irregularidades demostraron que el personal del Cefereso 16 no contemplaron en sus actuaciones la perspectiva de género y el enfoque interseccional.

La muerte de SAVO, se convirtió en un catalizador consecuencial que hoy coloca al Cefereso 16 bajo la lupa por su inacción e incumplimiento de los amparos de pleno, ya no sólo para las instituciones de derechos humanos y organizaciones civiles, sino que tras el reconocimiento del Juez Distrital, el peso judicial también recaerá en el centro penitenciario. 

¿Qué sucederá tras la legitimación del Juez de Distrito?: Cefereso 16 en la mira

Inmediatamente después de que se supo de la muerte de SAVO, el IFDT procedió a informar al Juez de Distrito, refiriendo que ella formaba parte del amparo interpuesto desde diciembre y que no se había cumplido con la suspensión que se había dictado. 

En respuesta, las autoridades del Cefereso intentaron deslindarse de su responsabilidad, refiriendo que sí se tomaron medidas pertinentes y que, al haber actuado, se respetó lo pautado en los amparos promovidos por el IFDT. Sin embargo, el esfuerzo por demostrar su trabajo por la seguridad de las mujeres terminó por venirse abajo luego de que el Juez de Distrito reconociera que su trabajo fue insuficiente y se declarara incumplimiento. 

«Aunque las autoridades digan que sí, que sí tomaron acciones y que por lo tanto no son responsables, el juez al analizar la información que le manda el distrito dice: efectivamente, aunque tomaste algunas acciones, no fueron suficientes, debiste tomar medidas adicionales, no lo hiciste, a pesar de que, cuando está en riesgo la vida tienes que hacer todo lo que esté a tu alcance y al no haberlo hecho, incumpliste con una suspensión», señala Sofía de Robina. 

En este sentido, es importante apuntar a que se había logrado una resolución judicial que obligaba al Cefereso 16 a cumplir con sus deberes, por lo tanto, al haber incumplido con este margen el paso siguiente será una investigación a su responsabilidad que será conferida al Ministerio Público.  

Fuente: Secretaría de Gobernación vía X

Al preguntarle a Sofía de Robina sobre cómo luce el panorama y si se consolidará la justicia para las familias y la no revictimización para las mujeres en situación de reclusión, comparte que se ha dado un paso gigantesco, pero aún queda camino por recorrer, pues ahora, el trabajo correrá a cargo de la Fiscalía: sabemos que esto será otro de los retos gigantes en este país de impunidad, señala.

Hay tres ideas que no podemos perder de vista sobre lo que continúa y que, desde la colectividad civil, no podemos dejar que caiga en el olvido:

  • La Fiscalía debe resolver el fondo del asunto, es decir, las cuestiones estructurales que están siendo incumplidas y que producen el abandono de este sector. 
  • Es probable que el acceso a la justicia, una reconfiguración en el Cefereso y la existencia de consecuencias aún puedan tomar tiempo, pues según Sofía de Robina, este asunto requiere de informes y muchos requerimientos, pues no sólo se señaló la responsabilidad del Cefereso, sino de otras autoridades que tienen responsabilidad secundaria y que hacen más complejo el proceso. 
  • A pesar de que se proyecte un buen trecho de investigación, esto podría considerarse como la etapa final, pero la guardia no debe permanecer baja; las mujeres en el Cefereso 16 continúan en situación de vulnerabilidad a causa de la depresión, la ansiedad y el insomnio. 

Mujeres en reclusión: ¡Garantes de derechos y a ser cuidadas!

El Cefereso 16 cuenta con un aproximado de mil cien mujeres, la mitad de fuero federal (delitos investigados por autoridades federales) y la otra mitad, con fuero común (autoridades de los estados).

Para Sofía de Robina, este centro penitenciario no posee caracaterísticas de hacinamiento, sin embargo, si se cruza con una discriminación estructural, no sólo por la condicionante de mujer, sino por la falta de atención particular con perspectiva de género. 

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos llevó a cabo un estudio en materia de Antropología Social, el cual, en términos generales, refiere que las mujeres en situación de reclusión se ven atravesadas por una vulnerabilidad social, tomando en consideración que 86 por ciento de las mujeres en el Cefereso son madres y provienen de distintas regiones de México, lo que implica lejanía con sus vínculos vitales; un proceso de separación doloroso, no sólo para ellas, sino también, para las infancias a quienes les vulnera el abandono involuntario de sus madres. 

«Hay una afectación más severa en las mujeres cuando están privadas de su libertad en comparación con los hombres por todas las consecuencias que implica quitarlas de sus centros de entorno donde muchas veces son cuidadoras. Aunque es menor la cantidad de población femenina privada de su libertad con respecto de los hombres, son más las que están en prisión preventiva; muchas de ellas ni siquiera tienen características para estar en una prisión de máxima seguridad», señala Sofía de Robina para Cimacnoticias.

Según los Censos Nacionales de Sistemas Penitenciarios en los ámbitos Federal y Estatal (CNSIPEE-F), 2023, del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (Inegi):

  • Al cierre de 2022, en los ámbitos federal y estatal, la población privada de la libertad/ internada se conformó por 226 mil 116 personas: 94.4% eran hombres y 5.6%, mujeres. Con respecto a 2021, se registró un aumento de 2.6 por ciento.
  • En promedio, 39.0% de las personas privadas de la libertad en 2022 no contó con una sentencia: para las mujeres este porcentaje fue de 49.3% y para los hombres, de 38.4%.
  • En 2022, del total de la población privada de la libertad sin sentencia, 50.2% se encontró en prisión preventiva oficiosa; 23.9%, en prisión preventiva justificada; 11.4%, en otro supuesto jurídico y, para 14.5%, no se identificó el tipo de estatus jurídico.

La exigencia para que las mujeres sean tratadas con una perspectiva humanista dentro de los centros de reclusión, no insta a una clase de favor y tampoco a una demanda para ser tratadas de forma diferenciada. Es una cuenta pendiente de justicia social donde la política penitenciaria ha sido constituida desde una mirada históricamente androcentrista. 

El ejercicio que desempeña el Cefereso 16 de Morelos, es una violatoria directa, no sólo a las ordenes federales, sino también, a los compromisos internacionales como las Reglas de Nelson Mandela de las Naciones Unidas que demanda que las autoridades sean responsables de detectar cualquier indicio de estrés psicológico que incluya el riesgo de suicidio o autolesión, actuando de forma inmediatamente con tratamientos individuales. 

«El servicio de atención sanitaria constará de un equipo interdisciplinario con suficiente personal calificado que actúe con plena independencia clínica y posea suficientes conocimientos especializados en psicología y psiquiatría.» (Regla número 25 de las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos: Reglas Nelson Mandela)

Finalmente, se infiere que es una responsabilidad absoluta del Estado mexicano garantizar el acceso a la salud física y psicológica de las mujeres en situación de reclusión; las mujeres en estas circunstancias no poseen las herramientas para hacerlo con sus propios medios.

Al vivir sin libertad, la responsabilidad total cae en las manos de las estructuras e instituciones; hay que despojar el discurso punitivista que persigue y criminaliza a las mujeres  en los centros de readaptación social de nuestro país. 

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