Ciudad de México.- Vera Carrizal, junto con dos hombres más, hasta hoy acusados de ser agresores por violencia ácida contra María Elena Ríos, fueron absueltos de todo cargo a causa de una serie de inconsistencias en las pruebas que, el juez oaxaqueño José Gabriel Ramírez, consideró suficientes para dejarlos en libertad, zanjando así, una lucha de cinco años por el acceso a la justicia y al esclarecimiento de los hechos.
Por tanto, al día de hoy, con la resolución del juez, Juan Antonio V. C., acusado hasta hoy de ser autor intelectual del ataque con ácido queda libre; así como Rubicel H y Rubén Loaiza Chávez, ambos acusados de ser autores materiales. Hay que recordar que otro presunto agresor falleció en la cárcel: Ponciano H y sigue prófugo de la justicia, Juan Antonio; otro autor intelectual.
En respuesta de esta resolución, organizaciones se encuentran realizando un llamado a ciudadanas, ciudadanos, asociaciones y dependencias de Gobierno a demostrar su apoyo a María Elena Ríos al Tribunal con el objetivo de posicionarse ante la resolución emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca.
A lo largo de estos días, el juez de control abrió el diálogo para conocer lo acontecido alrededor del caso; escuchando a ambas partes y consultando las pruebas en las carpetas de investigación, se pidió realizar una última audiencia vía remota para informar la resolución final.
Esto fue señalado en sus redes sociales por María Elena Ríos, quien refirió que el juez José Gabriel Ramírez no realizó una audiencia presencial porque «tenía miedo» y porque «ya sabía lo iba a hacer».
El presagio que denunció la saxofonista hace apenas unos días, concluyó: Vera Carrizal sí fue absuelto. José Gabriel Ramírez señaló lo siguiente durante la audiencia:
«Este tribunal considera que la representación social con las pruebas aportadas, no logró (…) la presunción de inocencia que tienen los acusados y como consecuencia de ello, he resuelto absolver a Vera Carrizal de la acusación en su contra del delito de feminicidio en grado de tentativa y que se dijo cometido en agravio de la persona de identidad asegurada con las iniciales MERO, en consecuencia queda en inmediata libertad y desde luego se deja sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva que se les impuso en causa penal.»
Existe una discusión que se debe poner sobre la mesa y es que, si bien la responsabilidad cae sobre el Juez y su decisión, también se debe referir al trabajo que realizó la Fiscalía para integrar la carpeta de investigación, siendo así, válido cuestionar: ¿qué tan endeble fue esta carpeta de cinco años de lucha para que ninguna prueba fuese lo suficientemente contundente para el poder judicial de Oaxaca?
Esto último fue documentado en Cimacnoticias, cuando en septiembre del año pasado, la Comisión Nacional de Derechos Humanos resaltó que, en el desarrollo de sus investigaciones, la Fiscalía General y el gobierno del estado de Oaxaca presentaron información incompleta o negaron de manera reiterada su plena colaboración, con lo que se obstaculizó la investigación.
Por dichas omisiones la CNDH pidió al entonces gobernador de Oaxaca y al fiscal general de la entidad que procedieran a la inmediata reparación del daño ocasionado a la víctima y a sus familiares, “en los términos y condiciones que establece la Ley General de Víctimas”, además ordenó que se les proporcionara atención médica y psicológica de manera continua hasta que “alcancen su sanación psíquica y emocional o el máximo beneficio en su salud, atendiendo a su edad, sexo y necesidades.

Una violencia institucional documentada
De forma previa, Cimacnoticias conversó con María Elena Ríos y se evidenció una serie de violencias institucionales que se han cometido en su contra desde el 2019, año en el que se vio atravesada por la violencia ácida.
Oaxaca no han cumplido con la recomendación 28/2022 dirigida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) al entonces gobernador Alejandro Murat Hinojosa.
En dicha recomendación se menciona que el gobierno de Oaxaca y la Fiscalía General de Justicia del estado han ejercido violencia institucional.
La CNDH evidenció que la FGE de Oaxaca no elaboró un plan de protección en coordinación con otras dependencias de la administración pública estatal o municipal, ni ejecutó adecuadamente medidas en favor de la sobreviviente ni de sus familiares; y consideró que las autoridades responsables debieron realizar las diligencias de manera autónoma, sin necesidad del impulso de las víctimas o de la exposición del caso a la opinión pública a través de los medios de comunicación.
De esta manera, se constituyen 5 años en idas y venidas en tribunales, la confrontación con el Estado oaxaqueño y el proceso de encarar a las autoridades judiciales por un fallo sistémico en su protección y reparación del daño.
Con una absolución, el caso de María Elena Ríos concluye, quedando pendiente, si existirá una respuesta por parte del poder federal o del gobernador, Salomón Jara sobre el tema, así como permanecer vigilantes sobre los movimientos civiles que surjan en las próximas horas y que ya se han comenzado a gestar en la entidad.