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Presentan ley para que en centros de trabajo y espacios públicos los lactarios sean una realidad

Por Paola Piña

Ciudad de México.- La lactancia materna es un derecho universal, por lo que el Estado debe velar por asegurar espacios dignos y por ello, la diputada Diana Karina Barreras Samaniego del Partido del Trabajo impulsó una iniciativa para garantizar salas de lactancia materna en espacios públicos y centros de trabajo, lo cual sería obligatorio porque de lo contrario se sancionaría a quienes las omitan o no mantengan esos lugares en óptimas condiciones.

El proyecto contempla la reformación de los artículos 66 Bis y 419 Bis a la Ley General de Salud para imponer una multa a quien incumpla con esta ley. El valor va de quinientas a cinco mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente. Además, en caso de residencia, se clausurará temporalmente el centro de trabajo hasta que se subsane la irregularidad.

En adherencia, la iniciativa expone que, para garantizar la existencia de salas en aeropuertos, terminales de autobuses, estaciones de tren y de metro; plazas comerciales y supermercados; oficinas de la administración pública federal y paraestatal; hospitales, clínicas y unidades médicas del sector público; y centros de trabajo público o privado con más de cincuenta empleados en el mismo inmueble.

Las salas deberán cumplir con refrigerador exclusivo para el almacenamiento de leche materna; sillón ergonómico y mesa de apoyo; lavabo con agua potable, jabón y toallas desechables; iluminación y ventilación adecuada; señalización visible en puntos estratégicos; así como ruta accesible para personas con discapacidad o movilidad limitada.

En el caso de los aeropuertos, la iniciativa estipula que debe instalarse al menos una sala de lactancia por terminal, claramente señalizada y de fácil acceso para el público.

Asimismo, se prohíbe estrictamente en estos espacios cualquier tipo de promoción, obsequio o muestreo de sucedáneos de la leche materna, así como de biberones y tetinas, en concordancia con las recomendaciones internacionales sobre lactancia.

Los establecimientos obligados deberán también capacitar a su personal sobre la importancia de la lactancia materna, el derecho de las personas lactantes a usar estas salas y las normas básicas de operación, seguridad e higiene.

Como parte de la implementación, se pretende que la Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, abra un registro público nacional de salas de lactancia y habilitará un canal de denuncias accesible y eficiente para reportar incumplimientos.

El proyecto también contempla plazos diferenciados para su cumplimiento: 24 meses para grandes espacios públicos y 18 meses para centros de trabajo.

Crédito: Instituto Electoral de la Ciudad de México

Espacios para lactar, un problema invisibilizado

La lactancia materna exclusiva, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), es el método ideal para proporcionar a niñas y niños pequeños los nutrientes necesarios desarrollarse plenamente. El Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) recomienda la lactancia materna exclusiva durante los primeros seis meses de vida y su continuación junto con otros alimentos hasta los dos años o más.

Gracias a esta práctica se reduce en más del 50% el riesgo de infecciones respiratorias y gastrointestinales previene enfermedades crónicas como diabetes y obesidad, además de que fortalece el desarrollo cognitivo. De acuerdo con información proporcionada en la iniciativa, el beneficio no solo llega a los bebés, sino a las madres quienes con esta acción tienen menor riesgo de cáncer de mama y ovario, hipertensión arterial y diabetes tipo 2.

Asimismo, favorece la recuperación postparto, refuerza el vínculo entre madre e hijo, y se traduce en ahorros importantes en el gasto público en salud, reducción del ausentismo laboral y en la construcción de una sociedad más igualitaria.

A nivel internacional existen diferentes tratados que reconocen la importancia de la lactancia, por ejemplo, el artículo 24° de la Convención sobre los Derechos del Niño se determina que los Estados deben garantizar a la infancia atención médica y nutrición adecuada desde los primeros meses de vida; la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés) obliga a los países a generar condiciones adecuadas para la maternidad y la crianza; y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Organización de las Naciones Unidas promueven políticas que aseguran la mutrición infantil y salud materna.

No obstante, al existir pocos espacios adecuados para llevarla a cabo, no abona a su promoción, por lo que, contar con un espacio digno y exclusivo, proporciona un entorno cómodo y adecuado para que las madres puedan extraer su leche de manera eficiente y segura, lo que fomenta la continuidad de la lactancia materna, incluso si la madre tiene que pasar largos periodos fuera de su hogar

“Muchas madres deben amamantar en baños, estacionamientos, pasillos o simplemente optar por suspender la lactancia porque no encuentran condiciones adecuadas”, lo cual vulnera su derecho y perpetúa estigmas sociales”, declaró Karina Barerras

En el ámbito laboral, brindar apoyo a las trabajadoras para que puedan amamantar representa también un beneficio para los empleadores, ya que de acuerdo al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) señalan que las empresas que implementan programas de apoyo a la lactancia materna logran un ahorro promedio de tres dólares por cada dólar invertido.

Ante esta disposición, se declaró que las autoridades correspondientes deberán asegurar la instalación en salas de aeropuertos, terminales de autobuses, estaciones de tren y Metro, plazas comerciales y supermercados, oficinas de la administración pública federal y paraestatal.

Además, en hospitales, clínicas y unidades médicas del sector público, escuelas y universidades públicas de nivel medio superior y superior, centros de trabajo, públicos y privados que cuenten con más de cincuenta empleados en un mismo inmueble deben implementarlo.

Marco legal existente 

De acuerdo al La Ley Federal del Trabajo, en el artículo 170, fracción IV, establece que durante el periodo de lactancia (hasta por seis meses), las trabajadoras tienen derecho a dos descansos diarios de 30 minutos para alimentar a sus hijos en un lugar adecuado e higiénico designado por la empresa. Si esto no es posible, previo acuerdo con el empleador, podrán reducir su jornada laboral en una hora durante ese periodo.

Por otro lado, la Ley del Seguro Social, en su Artículo 94, establece que las madres trabajadoras tienen derecho a recibir durante seis meses ayuda en especie y capacitación para fomentar la lactancia materna, promoviendo que la leche materna sea el alimento exclusivo durante los primeros seis meses y complementario hasta los dos años de vida del menor. 

Además, durante el periodo de lactancia, las trabajadoras pueden optar por dos descansos extraordinarios de media hora o uno de una hora al día para amamantar a sus hijos o realizar la extracción manual de leche en un lugar adecuado e higiénico designado por la institución o dependencia.

No obstante ,la diputada señaló que si bien estos marcos legales han sido avances para la legislación, son insuficientes pues no se establece una obligación clara de garantizar espacios físicos adecuados en lugares públicos y de alta afluencia. 

Es por ello que el lograr implementar esta reforma, representa una alienación con loscompromisos y buenas prácticas internacionales y avanzaría a una sociedad más equitativa, saludable y justa. “La lactancia materna en condiciones dignas no es un lujo ni un favor, es una obligación que tenemos como Estado”.


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