Ciudad de México.- El pasado 22 de octubre, un sala que revisa las apelaciones del Tribunal Superior del Poder Judicial del Estado de Puebla, anuló la sentencia de seis años de prisión contra Javier N. por el delito de violencia familiar hacia la abogada y defensora Cecilia Monzón. Esto no solo pone en retroceso la lucha de la familia para obtener justicia a 3 años de su feminicidio en 2022, sino que devuelve el proceso al momento previo a dictarse el fallo.
Cabe recordar que, Javier N. está enfrentando dos procesos penales diferentes, pero que al final se relacionan en el caso de Cecilia Monzón: el primero es por violencia familiar para el cual se esperaba una sentencia de 20 años, aunque terminó siendo solo en 6 años; y el segundo por violencia feminicida. Sobre este último, la Fiscalía de Puebla pidió una sentencia de 60 años, pero continúa pendiente ya que hasta el momento se han llevado a cabo 70 audiencias del juicio por feminicidio.
En 2022, Cecilia Monzón fue víctima de violencia feminicida por dos sujetos a bordo de una motocicleta cuando ella conducía sobre el periférico ecológico en Cholula Puebla y desde entonces se ha acusado a Javier N. de ser un victimario al solicitar a su sobrino contratar a sicarios para quitarle la vida a la activista, según la investigación de la Fiscalía General del Estado de Puebla.
El caso del feminicidio de Cecilia Monzón se ha vuelto clave en la lucha por los derechos de las mujeres. Como una forma de resignificar a las víctimas de la violencia, la Ley Monzón busca proteger las infancias de los posibles padres feminicidas al quitarles la patria potestad a través de una sentencia. Por ello, en 2023 el Congreso de Puebla fue el primer estado en aprobarla, de esta manera se modificó su Código Penal y Civil.
Cecilia Monzón fue una abogada feminista con especialidad en Derecho Penal y maestría en Sistema Penal Acusatorio. Participó en Mujeres Líderes de las Américas y en el Primer Parlamento de Mujeres en Puebla. Mientras ayudaba a otras mujeres en sus procesos penales, también impulsó la creación de un registro estatal de deudores alimentarios y la modificación del Código Penal de Puebla para que se persiga el delito de abandono y retirar la patria protestad a quienes incumplan con la pensión alimentaria de sus hijas e hijos.
Anteriormente, mantuvo una relación con el exfuncionario Javier N., extitular de la Secretaría de Gobernación en el sexenio del gobernador Marín Torres y el padre de su hijo, a quien más tarde denunció por la pensión alimenticia, la cual era condicionada para que Cecilia hablara bien de él con los medios de comunicación porque se encontraba buscando la gobernatura del estado.
El nuevo retroceso
Esta última sentencia fue discutida por la magistrada Yrina Yanet Sierra Jiménez y los magistrados Isaí Rivas López y Abelardo Gil Martínez, en quienes estuvo la decisión de anular la validez de la sentencia emitida en este año.
De acuerdo con el comunicado de la familia Monzón, los funcionarios judiciales apelaron que el testimonio de Cecilia debió ser leído por el personal de Fiscalía cuando recibieron la denuncia de violencia familiar que vivió a manos de su expareja.
«En ella se revoca el fallo condenatorio, no por falta de pruebas, tampoco por errores en el razonamiento condenatorio sino apelando un «defecto» creado a modo (…) Esto es suficiente para al Cuarto Tribunal para devolver la causa al momento previo a dictarse sentencia. Exigiendo que se presente la persona en cuestión y lo lea.», se lee en el comunicado.
Para la familia Monzón, esto es una situación de arbitrariedad por parte del Cuarto Tribunal, ya que no tomaron en cuenta que la denuncia en cuestión fue entregada por la propia Cecilia Monzón, la cual también está escrita y firmada por ella. Apuntaron que no «no importa quien lo lea en Sala» y que dicha medida no solo es grave, sino muestra «ignorancia en términos de conocimientos legales en el ámbito legal».
Asimismo, la sentencia del Cuarto Tribunal ordena al Tribunal de Enjuiciamiento repetir una audiencia que se llevó a cabo en julio de 2024 en los próximos días para volver a dictar una nueva sentencia. Con ello, no solo se repetirá una parte del procedimiento penal, sino que se revictimizará a la familia al cuestionar las palabras de Cecilia Monzón.
También denunciaron que la interpretación del Cuarto Tribunal contradice los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto a las sentencias con perspectiva de género. De acuerdo con el Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género, lo fundamental es verificar y reconocer una posible situación de poder o contexto desigual basado en el género:
«Por lo que respecta a la segunda cuestión, es decir, al tipo de casos que imponen la obligación de juzgar con perspectiva de género, la SCJN ha distinguido básicamente tres: (i) aquellos en los que se identifica o alega una situación de poder o asimetría basada en el género, (ii) aquellos en los que se detecta o denuncia un contexto de violencia, discriminación o vulnerabilidad derivada de esa categoría, y (iii) aquellos en los que, a pesar de no acreditarse una situación de poder o un contexto de violencia, se advierte la posibilidad de que exista un trato o impacto diferenciados basados en el género, lo cual muchas veces se expresa mediante estereotipos o roles de género implícitos en las normas y prácticas institucionales y sociales.» – Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Los esfuerzos de Javier N. para evadir la justicia
Este 2025, la familia Monzón denunció varios intentos de Javier N. para evadir la justicia. En febrero, Citlali Hernández, titular de la Secretaría de Mujeres, condenó el amparo otorgado al exfuncionario para comenzar una nueva audiencia en el que se solicitara llevar en libertad el proceso penal, el cual fue emitido por juez Eliezer Melchor Aguilar del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal de San Andrés Cholula, quien extendió el amparo para modificar la prisión preventiva impugnada al presunto agresor.
Helena, hermana de Cecilia, ya había denunciado la posible aprobación del amparo. Se trataba de una resolución que le permitía llevar a cabo una nueva audiencia para solicitar el término de la prisión preventiva por motivos de “arbitrariedad” en el transcurso de la audiencia del 6 de diciembre de 2024 en la que se consiguió extender su estadía hasta septiembre de 2025.
Asimismo, Helena denunció que esta decisión revictimizaba a la familia porque les obliga a repetir la audiencia. Mencionó lo alarmante que es la decisión por ser contraria a las resoluciones de amparo relacionadas con la extensión de prisión preventiva y por el uso de requisitos formales que no se encuentran previstos en la ley.
En mayo, el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal de Sexto Circuito de San Andrés Cholula, desestimó el amparo solicitado por el exfuncionario Javier N. para trasladar el juicio por violencia familiar contra Cecilia Monzón, a Toluca en el estado de México. En consecuencia, el Juzgado de Oralidad Penal y Ejecución de la Región Judicial Centro, con sede en Puebla tuvo que celebrar una audiencia para emitir la sentencia, la cual ahora quedó sin efectos.
«La lucha de Cecilia Monzón, abogada y activista por los derechos de las mujeres, contra ese sistema que sólo pone obstáculos a las víctimas, continúa más fuerte que nunca. Esta sentencia opaca los avances alcanzados en el caso, llegando a comprometer la probable responsabilidad del Estado Mexicano ante tribunales internacionales, en materia de Derechos Humanos próximamente.», se lee en el comunicado.





