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Antes de concluir 2025, Congreso aprobará leyes contra el abuso sexual

Por Ximena Adalí Valdes Vargas
Reunión de las Comisiones Unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos

Ciudad de México- Dando seguimiento a la iniciativa que se presentó el pasado 25 de noviembre contra el abuso sexual, se reunieron en Comisiones Unidas de Igualdad de Género y Estudios Legislativos, la presidenta del Senado, Laura Itzel Castillo; Martha Lucía Michel Camarena, presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, y la diputada Anais Burgos, presidenta de la Comisión Igualdad de Género quienes aprobaron un dictamen para armonizar las 17 leyes federales para llevar a cabo el plan y seguir en la ruta planteada contra este delito.

Esta Comisiones Unidas avalaron por unanimidad una reforma de los artículos 260 y 266 del Código Penal Federal. Hay que señalar que esta reforma aún deberá ser dictaminada en la Comisión de Justicia y se prevé que sea presentada la próxima semana al pleno del Senado de la República para su discusión y aprobación, así antes de concluir este 2025 estará listo este paquete legislativo.

También se aprobó por unanimidad un segundo dictamen que reforma, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado B del artículo 123 constitucional.

A lo largo de este año hay 9 mil 930 llamadas de emergencia relacionadas con incidentes de acoso u hostigamiento sexual a nivel nacional, siendo la Ciudad de México la entidad con mayor número de casos (mil 107), según el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).

El acoso sexual en espacio públicos no está tipificado a nivel federal y solo en 26 entidades federativas se prevé como un delito, mientras que en Aguascalientes, Baja California, Chihuahua, Colima, Hidalgo y Tabasco no se considera un delito.

Por otro lado, el acoso sexual no es un delito autónomo en entidades como Baja California, Chihuahua, Hidalgo y Tabasco, ya que se regula dentro del delito de hostigamiento sexual y establecen una pena baja cuando no existe una relación de subordinación o posición jerárquica del agresor respecto de la víctima. «Por esta razón, las entidades referidas no son contabilizadas como si previeran el delito de acoso sexual» refiere la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

La presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, Anais Burgos, recordó que este dictamen proviene de la Cámara de Diputados, de una iniciativa que presentó la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, con el propósito de actualizar y armonizar el marco jurídico federal a través de la reforma de 17 leyes, como parte de una adecuación normativa, orientado a garantizar la coherencia del orden legal, la certeza jurídica y la correcta aplicación de las leyes.

Asimismo, dijo, que uno de los ejes más importantes de la reforma es la actualización de la denominación de diversas leyes con el objetivo de alinear sus títulos con el contenido vigente de los ordenamientos, por lo que cambiarles el nombre no son formales ni simbólicos, sino a la necesidad de que la ley nombre correctamente a lo que regula.

El episodio de violencia y acoso sexual que vivió la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, mientras caminaba por las calles del Centro Histórico desató diferentes cuestionamientos. Desde entonces, la presidenta anunció un plan contra el abuso sexual para que esta situación no volviera a repetirse con ninguna mujer del país.

De acuerdo con la página web del Gobierno de México, el Plan Integral contra el abuso sexual busca fortalecer la respuesta institucional en la atención y procuración de justicia para las mujeres. El proyecto fue presentado a través de la Secretaría de las Mujeres (Semujeres) y el punto fuerte es lograr que el acoso sexual sea un delito penal en todo el país.

El plan contempla siete principales acciones: homologar el delito de «abuso sexual» como delito grave en todo el país; impulsar una agenda de colaboración con el poder legislativo; promoción de la denuncia con campañas informativas y de sensibilización para las mexicanas; mejorar la atención y acceso a la justicia con la coordinación entre Fiscalías estatales; capacitación y profesionalización institucional al personal de Ministerios Públicos, Fiscalías, personas juzgadoras y autoridades locales; cambio cultural con campañas de concientización dirigidas a hombres.

Plan de Sheinbaum contra el abuso sexual recae en víctimas. Queda corta ante realidad

Micher Camarena refirió que la reforma busca fortalecer, actualizar, esclarecer el tipo penal de abuso sexual en el Código Penal Federal y armonizarlo con los estándares constitucional e internacionales en materia de derechos humanos, relativos a la libertad, dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad

“Partimos de una realidad alarmante, la violencia sexual afecta de manera desproporcionada a mujeres, niñas, niños y adolescentes. y continúa enfrentando altísimos niveles de impunidad, derivados de distintas razones de tipos penales imprecisos, criterios probatorios sustentados en estereotipos de género que históricamente han revictimizado a quienes denuncian”- Micher Camarena también aseguró que la regulación vigente resulta insuficiente ante la complejidad y gravedad de la violencia sexual en el país.

Por su parte, el senador Manuel Huerta describió que la reforma señala que la obligación del Estado Mexicano es la de prevenir, investigar, sancionar y erradicar la violencia sexual, al incorporar una declaración más clara y amplia del delito de abuso sexual, y establecer agravantes, así como garantizar un enfoque centrado en el derecho de las víctimas.

Por otro lado, la senadora Mely Romero Celis sostuvo que es importante que se haga justicia a las mujeres, consideró que es importante que se siga trabajando en la igualdad sustantiva, por lo que resaltó la necesidad de capacitar a las y los servidores en materia de procuración de justicia con perspectiva de género para no revictimizar a las mujeres.

El nuevo texto del artículo 260 establece que “comete el delito de abuso sexual quien, sin el consentimiento de la víctima y sin el propósito de llegar a la cópula, realice en el ámbito público o privado cualquier acto de naturaleza sexual, la obligue a observarlo o la haga ejecutarlo sobre sí, para un tercero o para el propio sujeto activo. También se considera abuso sexual cuando se obligue a la víctima a exhibir su cuerpo. Se define, además, que “se entienden por acto sexual los tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas” y no se considerará consentimiento “cuando la voluntad de la persona haya sido anulada o viciada por violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, autoridad o situación de vulnerabilidad”.


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