Ciudad de México.— Durango es una de las siete entidades en las que sus congresos locales se niegan a despenalizar el aborto, por ello 11 organizaciones hicieron un llamado a sus legisladoras y legisladores para acatar lo establecido por el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito quien en 2025 declaró inconstitucional los artículos del Código Penal del estado que criminaliza la interrupción del embarazo, así como la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) lo hizo en 2023.
Suprema Corte despenaliza el aborto a nivel federal
Recordemos que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyó que el apartado del Código Penal Federal que criminaliza el aborto ya no tendrá efectos y, por lo tanto, a ninguna mujer, ni personal de salud, se le podrá castigar por abortar. Asimismo, ordenó que se elimine el delito de aborto en el Código Penal Federal. Al haberse aprobado por unanimidad, esta sentencia se vuelve obligatoria para todas y todos los jueces locales y federales, quienes tendrán que implementar lo dicho por la Corte.
Para las organizaciones de la sociedad civil y defensoras de los derechos sexuales y reproductivos, la resolución de la SCJN fue fundamental para el reconocimiento de que cada entidad debe eliminar el delito de aborto de sus códigos penales y reconocerlo como un servicio de salud esencial al que las mujeres pueden recurrir para ejercer su autonomía reproductiva.
Cabe señalar que la actual LXX Legislatura del Congreso de Durango ya fue notificada del ordenamiento del Tribunal el pasado 5 de septiembre de 2025, el plazo para acatar el mandato y despenalizar el aborto se cumplió el 15 de diciembre de 2025, la fecha en la que concluyó el Periodo Ordinario de Sesiones, por lo que en febrero de 2026 organizaciones y defensoras denunciaron que dicha modificación no se realizó.
A raíz del amparo en revisión 116/2023 presentado por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), la colectiva Sí hay mujeres en Durango y respaldado por otras organizaciones y defensoras de la entidad, el 18 de julio de 2025 el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito, declaró inconstitucional los artículos 148, 149 y 150 del Código Penal de Durango, los cuales prohíben de forma absoluta el aborto voluntario.
El artículo 148 establece que comete el delito de aborto quien provoque la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo y recibirá una pena de uno a cinco años de prisión cuando exista consentimiento de la mujer; sin embargo, la pena aumentará de tres a ocho años en prisión cuando se trate de un aborto forzado.
Los artículos 149 y 150 castigan de tres a cinco años al personal médico, cirujano, de enfermería, comadrona o partera que practique el aborto, así como una pena de uno a tres años a la mujer que “diere muerte al producto de su propia concepción o consintiere que otro se la diere”.
Los únicos casos en que el aborto no es considerado penado es cuando “sea resultado de una conducta culposa de la mujer embarazada, cuando el embarazo sea resultado del delito de violación; y, cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte a juicio del médico que la asista” según establece el Código Penal de Durango.
El Tribunal también ordenó al Congreso local reformar la legislación penal, lo cual significó para Católicas por el derecho a decidir, un logro de las estrategias jurídicas impulsadas por la sociedad civil organizada y las colectivas locales a raíz de la sentencia sobre la Acción de Inconstitucionalidad en el caso de Coahuila emitida en septiembre de 2021 por la SCJN.
Luego, la misma instancia declaró la invalidez de la penalización del aborto en Aguascalientes, logrando así que por segunda vez se despenalizara el aborto mediante una acción judicial ordenada por el máximo tribunal. Ante estos avances, GIRE presentó un amparo ante la SCJN contra el Congreso de la Unión y el Ejecutivo federal por emitir una regulación que criminaliza el aborto.
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Para septiembre de 2023, el máximo tribunal resolvió que el Código Penal Federal que criminaliza el aborto ya no tendrá efectos y, por lo tanto, a ninguna mujer, ni personal de salud, se le podrá castigar por abortar; sin embargo, a casi tres años de ello aún no se legisla para eliminar esos artículos y las iniciativas presentadas se encuentran estancadas.
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La demanda de aborto en Durango
Datos documentados por el Observatorio de Aborto Seguro (Observas) establecen que en Durango ocurrieron mil 66 mujeres que se practicaron un aborto en los servicios de las secretarías de salud estatales y del IMSS-Bienestar durante 2024; sin embargo, la cifra real podría ser mayor tomando en cuenta que este registro solo considera los servicios de abortos seguros y no los clandestinos o inseguros.
De acuerdo con el informe “Maternidad o castigo. Hacia la despenalización del aborto en México” de GIRE, entre enero de 2012 y diciembre de 2022, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) reportó 17 carpetas de investigación por el delito de aborto. En diez casos se ejerció la acción penal, de los cuales tres fueron contra mujeres.
Las organizaciones convocantes remarcaron que en Durango se ha presentado varias oportunidades para despenalizar el aborto. En septiembre de 2021 las mujeres duranguenses presentaron la primera iniciativa popular en México impulsada desde la sociedad civil. Describen que se trató de un ejercicio de democracia participativa que fue respaldado por 7 mil firmas ciudadana.
En 2022 se votó la iniciativa, pero no logró ser aprobada lo que fue considerado como una muestra de resistencia política frente a la “demanda legítima”. Las organizaciones acusan que esto en parte se debe a grupos conservadores que se imponen ante la despenalización no solo en Durango, sino en entidades como Guanajuato, Morelos, Nuevo León, Querétaro, Sonora, Tamaulipas y Tlaxcala, donde es considerado un delito.
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Por ello, señalaron que el Congreso local tiene la responsabilidad de respetar, promover y garantizar la laicidad del Estado en su labor legislativa, principio consagrado en el artículo 40 de la Constitución Política y refrendado por Durango en el artículo 60 de su constitución local, por ello instaron a las legisladoras y legisladores de la entidad a regular el código penal de la entidad para lograr la despenalización.
“El respeto al Estado laico es fundamental para el disfrute de los derechos humanos, la salud integral y la autonomía reproductiva, ya que posibilita a las mujeres y personas con capacidad de gestar decidir en libertad, sin injerencias morales ni religiosas. En este marco, las diputadas y diputados de Durango deben tomar decisiones y legislar, no desde creencias morales personales sino guiados por la ética laica y los valores democráticos a los que se han comprometido como representantes públicos de una ciudadanía plural y diversa.”
Las Organizaciones firmantes fueron Acompañantes Laguna; Bitácora de la abortera Durango; Católicas por el Derecho a Decidir; Equidad de Género; Ciudadanía, trabajo y familia; Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE); Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir (ILSB); La tribu durangueña; Ola Feminista Laguna; REDefine Durango; Red por los derechos sexuales y reproductivos en México (Ddeser); y Sí hay mujeres en Durango.




