Ciudad de México.- La diputada Mónica Elizabeth Sandoval Hernández del Partido Revolucionario Institucional (PRI) propuso modificar la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con el objetivo de incorporar en esa legislación que los menores de edad estén protegidos contra la violencia vicaria y aseveró que su protección sigue siendo un pendiente en la lucha contra la violencia de género en México.
La legisladora argumentó en su iniciativa que la prohibición total de este tipo de violencia, requiere una armonización legislativa en todo el país. Aunque el reconocimiento legal avanza, hay reticencias, por ejemplo, en la Ciudad de México, se castiga hasta con 6 años de prisión, no obstante persisten lagunas legales en muchos estados.
Por eso urgió a prohibir la violencia vicaria no solo en los códigos penales, sino como un principio rector en la Ley General de Protección de las Infancias que obligue a los jueces familiares a tomar medidas cautelares inmediatas, como la prohibición de salida del país de las y los menores y la restitución rápida en casos de sustracción.
Hoy esta iniciativa ya fue turnada a la Comisión de los Derechos de la Niñez y Adolescencia, para su estudio y dictamen.
La diputada señaló que su iniciativa busca fortalecer el marco jurídico para prevenir, atender y erradicar la violencia vicaria, reconociéndola como una conducta que requiere atención específica y medidas de protección especializadas.
Consideraron que garantizar la protección de niñas, niños y adolescentes frente a esta forma de violencia no solo responde a una obligación legal y constitucional, sino constituye una medida fundamental para preservar el bienestar emocional y el derecho a una vida libre de violencia.
Por ello proponen la siguiente redacción:

La iniciativa establece que son obligaciones de quienes ejercen la patria potestad, tutela o guarda y custodia, así como de las demás personas que por razón de sus funciones o actividades tengan bajo su cuidado niñas, niños o adolescentes, en proporción a su responsabilidad y, cuando sean instituciones públicas, conforme a su ámbito de competencia, “asegurar que las personas menores de edad deberán estar protegidas contra la violencia vicaria”.
¿Qué es la violencia vicaria?
El Frente Nacional Contra la Violencia Vicaria la define como:
“Una violencia de género ejercida contra las mujeres y no es una figura ambigua ni intercambiable. No es una disputa parental ni un conflicto familiar mal entendido”.
Además este mismo Frente, detalla que la violencia vicaria es una forma extrema de dañar a una mujer quien es mamá, porque será a través de sus hijas o hijos donde se instrumentaliza el control o el castigo contra ella, es decir, serán utilizados para dañarla profundamente. Esta forma de violencia contra mujeres se da en contextos de separación, divorcio o conflictos por la custodia de las infancias y se permite por la estructura de violencia que enfrentan.
Por ello, la legisladora Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, plantea que si bien la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia reconoce el tipo penal, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA) debe incorporar la prohibición expresa de la violencia vicaria como un tipo de maltrato infantil prioritario. Afirma que actualmente, existe un vacío legal y una laguna de atención institucional que impide proteger de manera eficaz a las y las menores, aseguró.
La legisladora priista recordó que la violencia vicaria es una violencia de género por sustitución en la que el agresor, al perder el control directo sobre la mujer debido a una separación o denuncia, desplaza su ira y dominio hacia lo que ella más ama: sus hijas e hijos. En este caso, las y los menores de edad dejan de ser sujetos de derechos para convertirse en objetos de tortura psicológica.
Sandoval Hernández detalló que esta problemática tiene consecuencias devastadoras y duraderas en la salud mental, física y el desarrollo emocional de las infancias, las niñas y niños son manipulados para odiar a la madre, son testigos de agresiones o, en casos extremos, son víctimas de homicidio a manos del progenitor como acto final de venganza.
Además, expuso que la violencia vicaria constituye una grave violación a los derechos humanos de este sector, ya que los coloca en una situación de vulnerabilidad extrema al ser instrumentalizados para ejercer control y daño, lo que contraviene el principio del interés superior de la niñez establecido en la Constitución.
Con afectaciones profundas en el desarrollo integral de las infancias, quienes pueden ser manipuladas emocionalmente, privadas del vínculo con su madre o expuestas a contextos de violencia que afectan su estabilidad y bienestar.
En muchos casos, las deficiencias en el sistema judicial permiten que los agresores utilicen mecanismos legales para mantener el control sobre sus víctimas, incluso a través de la custodia de las y los hijos, lo que agrava la situación de riesgo para ellos, refiere.
De acuerdo con el Frente Nacional Contra la Violencia Vicaria, en su segunda entrega de resultados de la Encuesta Nacional: Reconocimiento de la violencia vicaria en México, detalla que el 94 por ciento de estos casos, el generador de violencia cuenta con recursos que le permiten favorecerse de los procesos legales e impiden acceso inmediato a la justicia. (2) El 76 por ciento de las mujeres que viven violencia vicaria han recibido amenazas por parte del agresor de no volver a ver a sus hijas e hijos.
(3) El 57 por ciento de las mujeres han sido denunciadas por violencia familiar teniendo ellas la guarda y custodia con el propósito de que las infancias queden al cuidado del agresor o algún familiar paterno. (4) El 81% de las mujeres que viven violencia vicaria han sido separadas de sus hijas e hijos, han sufrido una sustracción de menor.
La ley
En la cámara de diputados en el Día Internacional de la Mujer, del 8 de marzo del 2023, se aprobó por unanimidad reformas para incorporar la violencia vicaria a la ley y se definió como:
«La acción u omisión cometida en contra de una mujer, por quien tenga o haya tenido una relación, con la intención de causarle daño o sufrimiento al separarla de sus hijas e hijos».
Cabe señalar que esta iniciativa fue trabajada por las diputadas Iraís Virginia Reyes De la Torre, Jessica María Guadalupe Ortega de la Cruz y María Teresa Rosaura Ochoa Mejía.
Esa reforma precisó que incurre en violencia vicaria quien sustraiga, retenga, oculte, maltrate, amenace, ponga en peligro la integridad y salud, violente física, económica, psicológica o sexualmente a las hijas e hijos de las mujeres; interponga procedimientos judiciales falsos o conductas procesales dilatorias para impedir la convivencia o guarda y custodia con el propósito de dominar, someter, manipular, controlar o agredir de manera física, verbal, psicológica, patrimonial, económica o sexual a las mujeres e incluso provocar el suicidio, feminicidio u homicidio de las madres y de sus hijas e hijos.
Hasta octubre del 2025, 30 entidades federativas en México han reconocido la violencia vicaria en sus leyes locales.




