Inicio A nosotros nos queda claro que a Digna la mataron: Jesús Ochoa

A nosotros nos queda claro que a Digna la mataron: Jesús Ochoa

Por Anayeli García Martínez

En una decisión «absurda y necia», la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) concluyó, por segunda vez, que la defensora de Derechos Humanos (DH), Digna Ochoa y Plácido se suicidó, aún cuando tuvo la oportunidad de reconocer que se trató de un homicidio.

Así reaccionó Jesús Ochoa, hermano de la activista, quien dijo a Cimacnoticias que desde agosto pasado –cuando comenzó a reunirse con funcionarios de la PGJDF¬¬–, les pidió a las autoridades que analizaran y consideraran los peritajes que la familia había hecho en 2006, en los que se ponía en duda que se tratara de un suicidio.

Durante esos tres meses Jesús Ochoa y su abogado, David Peña, sostuvieron conversaciones con el procurador capitalino, Miguel Ángel Mancera y con la fiscal Ana Lilía Soria Cerda, quien llevaba el caso; sin embargo, las autoridades decidieron mantener su hipótesis de suicidio, lo cual «ya no es de sorprender», afirmó el hermano de la defensora.

De acuerdo con Jesús Ochoa, ésta fue una decisión política y no jurídica que «tuvo el objetivo de no confrontar a las autoridades con el anterior gobierno», pues de concluir que el caso fue un asesinato se hubieran exhibido las irregularidades ocurridas durante el gobierno de Andrés Manuel López Obrador y del entonces procurador capitalino Bernardo Bátiz.

La nueva resolución fue hecha pública el pasado 26 de noviembre en un comunicado de prensa, donde la PGJDF reiteró la determinación del no ejercicio de la acción penal que en su momento fue resuelta por la Fiscalía especializada para el seguimiento del caso de Digna Ochoa, creada en 2002 por Bernardo Bátiz.

De acuerdo con la PGJDF llegaron a esta conclusión luego de revisar «en forma meticulosa y pormenorizada», todas y cada una de las constancias que integran el expediente, comprendido en 90 tomos con 36 mil 970 fojas y 83 anexos de testimonios, dictámenes criminalísticos en medicina y química forense, indagaciones y peritajes, tanto oficiales como de la coadyuvancia.

Asimismo, esta dependencia informó que después de analizar las opiniones emitidas por expertos externos y especialistas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH); y luego de analizar diversas líneas de investigación llegaron a la conclusión de reiterar el no ejercicio de la acción penal.

La CIDH participó en este caso, luego de que el 7 de marzo de 2002, durante su 114 periodo de sesiones, realizó una audiencia sobre la investigación de la muerte de la defensora de DH, en la que participó el experto independiente Pedro Díaz Romero, quien entregó a la CIDH un informe final el 28 de marzo de 2002.

En este informe expresó que la muerte de Digna Ochoa era un hecho grave por tratarse de una mujer abogada, defensora calificada de DH, antigua integrante de una de las principales organizaciones no gubernamentales de México, el Centro de DH Miguel Agustín Pro Juárez, quienes a su vez han sido víctimas de hostigamientos, amenazas y represalias por su trabajo.

Pero además Díaz Romero señaló que los peritos que intervinieron en 2002, realizaron interpretaciones de los dictámenes que podrían llevar a una confusión con otras pruebas realizadas por la familia posteriormente.

En el comunicado emitido por la PGJDF se precisa que según la naturaleza de los hechos la muerte de Digna Ochoa y Plácido «no fue provocado por terceras personas, sino que fue ella quien se privó de la vida en una acción tipo suicida». Decisión que a decir del hermano de la víctima refleja la falta de voluntad política para esclarecer un crimen.

Pese a que la familia de Digna Ochoa confiaba en que las autoridades limpiarían la imagen de la defensora, esto no ocurrió y por el contrario, se mantuvo la hipótesis de que se suicidó por problemas psicológicos.

La abogada Digna Ochoa fue encontrada sin vida el 19 de octubre de 2001 en su despacho en la Ciudad de México. Ante el reclamo social derivado de los hechos, el primero de agosto de 2002, el entonces procurador, emitió el acuerdo A/006/02, por el que se creó una Fiscalía Especial para la investigación del caso.

El 18 de julio de 2003, dicha Fiscalía especializada propuso determinar el no ejercicio de la acción penal, y el 17 de septiembre de 2003 aprobó dicha propuesta, esto aún cuando la evidencia señalaba que el arma que le quitó la vida fue disparada en tres ocasiones, dos de las cuales la hirieron.

Los familiares no estuvieron de acuerdo con esta determinación, por lo que el 29 de octubre de 2003, interpusieron un amparo ante el Juzgado primero de distrito en materia penal, el cual les fue negado en julio de 2004; pero a través de un recurso de revisión en 2007 logaron que la investigación se reabriera.

Sin embargo este último resultado no fue favorable para la familia de la activista, pese a ello su hermano afirma: «a nosotros nos queda muy claro, a Digna la mataron». Es así que en busca de justicia esta a la espera de tener una comunicación oficial con la PGJDF para después analizar la posibilidad de llevar este caso a la CIDH.

Hasta el momento, un grupo de ciudadanos y de organizaciones, entre estas el Frente Amplio de Pueblos en Defensa de la Tierra- rechazaron la decisión del Procuraduría, pues dijeron «no existe ningún peritaje internacional que respalde la afirmación de la PGJDF donde se señala que Digna Ochoa se privó de la vida.

En un comunicado, afirmaron que hay peritajes que contradicen a los oficiales donde se prueba, por ejemplo, que el arma si deja huella de pólvora. «Evidentemente, al haber peritajes contrarios alguno es falso. También aludir a opiniones como sustento de un crimen es infame y parecería ser un intento por manipular a la opinión pública», sentenciaron.

10/AGM/LR

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