Inicio Aborto, entre la legalidad y los derechos de las argentinas

Aborto, entre la legalidad y los derechos de las argentinas

Por la Redacción

El debate acerca del aborto se apoderó otra vez de la sociedad argentina con los casos de dos jóvenes con discapacidad mental que fueron violadas y cuyas tutoras solicitaron a la Justicia se les interrumpieran los embarazos.

LMR son la iniciales de una de ellas, víctima de una violación cometida por un pariente. Con 19 años de edad, la joven, que vive en la localidad bonaerense de Guernica, posee una mentalidad de nueve años y era necesario el aborto.

Aunque el Código Penal argentino no sanciona el aborto debido a incapacidad mental, el caso de LMR fue debatido por todos los estadios de la Justicia. Finalmente, llegó a la Corte Suprema capitalina que terminó por autorizar la interrupción cuando la muchacha estaba en la semana 20 de su embarazo.

Pero el Comité de Bioética del Hospital San Martín, de la ciudad de La Plata, resolvió no llevar a cabo la operación bajo el argumento de que LMR tenía un estado de gestación muy avanzado y, por tanto, su vida corría peligro.

En la prensa, especialistas en temas jurídicos opinaron que los médicos habrían evaluado que, debido al avanzado embarazo, el feto tendría posibilidades de vida y, dejarlo morir, pudiera ser calificado penalmente como homicidio o abandono de persona seguido de muerte.

Tras sucesivas batallas entre el derecho y la ética, LMR pudo abortar en una clínica privada.

De forma paralela, salió a la luz la situación de Claudia, otra joven con discapacidad mental, oriunda de la provincia de Mendoza, al oeste de la Capital Federal, quien fue violada. En este caso hubo algo más de agilidad en los procesos legales y el aborto se realizó, pese a los intentos de obstaculizarlo por parte de grupos conservadores católicos. Ambas historias volvieron a instalar en la palestra pública el tema de la despenalización del aborto.

En Argentina, se realizan cerca de 800 mil abortos clandestinos anualmente. Esta práctica sólo se considera legal si la vida de la madre está en peligro o cuando el embarazo sea producto de una violación a una discapacitada mental.

«Esta última interpretación ha quedado en el pasado, pues investigaciones y expresiones públicas de juristas reconocen que el aborto es legal en todos los casos en que el embarazo resultare de una violación», dijo la activista Marta Alanis.

Alanis es coordinadora de Católicas por el Derecho a Decidir de la provincia de Córdoba e integrante de la Comisión de Articulación de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto.

Para muchos expertos, ambos casos pusieron en evidencia que la Justicia maneja tiempos más extensos que los de las necesidades de las personas. En consecuencia, la población opta por otros caminos, ilegales e inseguros, que constituyen vías directas a la muerte.

La representante de Católicas por el Derecho a Decidir considera que «los médicos debieran ser los primeros aliados de esta causa, porque conocen directamente el sufrimiento de las mujeres y la cantidad de muertes por abortos clandestinos e inseguros».

Los casos de LMR y Claudia han marcado un punto de inflexión en la sociedad, ya que diversos sectores manifiestan su apoyo a la práctica del aborto en estas situaciones y, a su vez, existen muchas acciones para solicitar la reforma de la legislación.

En medio de tantas tensiones, la Conferencia Episcopal presentó una declaración bajo el título Una cuestión de vida o muerte, en la cual expresa que «la ley de Dios y el sentido común nos han enseñado que la vida es un gran bien que debemos preservar desde el momento que comienza». El texto eclesial califica al aborto de crimen.

Desde 1880 el aborto resulta un crimen en Argentina. En 1992 se contempló como punible en tres situaciones: cuando la vida o salud de la mujer corriese peligro, cuando el embarazo resulte de una violación, cuando la embarazada estuviera mentalmente discapacitada.

De acuerdo con una investigación del Human Rights Watch denominada Acceso de las mujeres a los anticonceptivos y al aborto en Argentina (2005), a partir de 1983 se «retomó la letra de 1922».

El resultado de ese cambio fue que aquellas mujeres cuyos embarazos fueran el resultado de una violación, ya no podrían acceder a un aborto no punible, a menos que fueran declaradas mentalmente discapacitadas», remarca este informe.

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