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Acepta CIDH revisar violación a derechos SyR en Morelos

Por Lourdes Godínez Leal

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) aceptó la solicitud que le hicieron 150 mujeres de Morelos para que analice la reforma constitucional de la entidad que protege la vida desde el momento de la fecundación, porque viola sus derechos humanos, sexuales y reproductivos, informó Patricia Bedolla Zamora, directora de la Academia Morelense de Derechos Humanos y peticionaria legal ante la CIDH.

En entrevista telefónica, Bedolla Zamora informó que el pasado 9 de junio una delegación de activistas defensoras de derechos humanos de las mujeres encabezada por ella; por Nadxielli Carranco Lechuga, directora de la Red por los Derechos Sexuales y Reproductivos en México (ddser), Fundar, y por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), entre otras OSC, se presentaron ante la CIDH para solicitarle la admisión de los 150 casos de mujeres que han sido afectadas en sus derechos sexuales y reproductivos a raíz de las reformas constitucionales.

Cabe recordar que Morelos fue el primer estado de la República que modificó su Constitución local, mediante una iniciativa del Partido Acción Nacional (PAN) de noviembre de 2008, publicada al mes siguiente, para prohibir y criminalizar el aborto en su totalidad en el periodo 2008-2009, toda vez que Chihuahua fue la primera entidad federativa que modificó su Constitución local en el mismo sentido en octubre de 1994.

Primero fueron las reformas, en marzo de 2008, al Código de Procedimientos Penales de la entidad para prohibir la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) producto de violación y en noviembre del mismo año, se modificó el Artículo segundo constitucional local para proteger la vida desde el momento de la concepción (sic), medida que entró en vigor el 11 de diciembre de 2008.

La modificación se publicó en el Periódico Oficial Tierra y Libertad quedando como sigue: «en el estado de Morelos se reconoce que todo ser humano tiene derecho a la protección jurídica de su vida desde el momento mismo de la concepción».

Como los tiempos de la CIDH son cortos, dijo Bedolla, estas organizaciones prepararon todo el argumento jurídico para presentar su petición dentro de los 6 meses marcados por esta instancia internacional a partir de la entrada en vigor de la norma. Por ello es que no se esperaron a hacerlo en «bloque» con otras entidades federativas donde se han hecho modificaciones similares, explicó.

La CIDH notificó el pasado 29 de julio a las peticionarias que había admitido su solicitud y que haría la investigación del caso para emitir un informe de fondo, informó Patricia Bedolla.

Uno de los argumentos expuestos ante la CIDH por las activistas fue la falta de respuesta de instancias nacionales y de las locales, como la Comisión Estatal de Derechos Humanos, quien argumentó que no había elementos jurídicos ni valores éticos y morales para presentar una acción de inconstitucionalidad en una reforma que protegía la vida desde el momento de la concepción, explicó Bedolla.

Asimismo, otro argumento presentado por las activistas es la violación de instrumentos internacionales que México ha signado, como la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Belém Do Pará) y la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), así como el caso omiso que se ha hecho a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) en el sentido de garantizar servicios de interrupción legal del embarazo en los sistemas de salud, entre otros.

Bedolla Zamora consideró positivo que la CIDH haya admitido revisar estos casos, pues esperan que esta instancia internacional de derechos humanos analice que lo que pasa en Morelos no es un hecho aislado, sino que es una muestra de lo que ocurre en 13 entidades federativas que han impulsado reformas similares, violando el Artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dijo que esperan que en su informe de fondo la CIDH recomiende al Estado mexicano frenar este tipo de reformas y que, en el caso de Morelos, se regrese la legislación como estaba, permitiendo las seis causales contempladas en la ley antes de las reformas: por violación, imprudencial o culposo, por peligro de muerte, por malformaciones congénitas o genéticas graves al producto, por grave daño a la salud de la madre y por inseminación artificial no consentida.

09/LGL/GG

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