Al igual que en la mayor parte de los estados de la República Mexicana, en Hidalgo la interrupción de embarazo sólo es permitido en casos de violación y los Servicios de Salud están obligados a dar la atención a las mujeres.
El grupo Cíhuatl, organización no gubernamental que actúa a favor de los derechos de la mujer, envió una iniciativa de Ley al Congreso del Estado para que se legalice el aborto en el caso de pobreza extrema y por malformaciones congénitas del producto.
Al respecto, Alberto Jonguitud Falcón, titular de los Servicios de Salud de Hidalgo (SSH), dijo que «es muy importante la definición legal para la práctica de aborto, ya que desgraciadamente la sociedad puede utilizar la ley erróneamente, al tratar de engañar a las autoridades diciendo que su embarazo es resultado de violación para tener acceso a la atención».
El funcionario señaló que no se trata de abrir una oferta indiscriminada a la sociedad, razón por la que el Congreso del estado debe tener toda la capacidad de definir las causales.
Según datos proporcionados por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el año pasado se registraron en Hidalgo dos mil 834 nacimientos y 274 abortos. Mientras tanto, el Hospital Obstétrico refirió que en 2003 hubo tres mil 898 nacimientos y 326 legrados.
No todos los abortos señalados por ambas instituciones fueron inducidos, sino también espontáneos, considerados como tales antes de la semana 20 de gestación o antes de que el producto tenga un peso de 500 gramos.
Los abortos espontáneos, en muchas ocasiones, ocurren a causa de un deficiente control prenatal en las madres.
Por su parte, Esther Placencia, integrante de la Red por los Derechos Sexuales y Reproductivos en México dio a conocer que según el Consejo Nacional de Población cada año se registran 220 mil abortos clandestinos en el país que ocasionan la muerte a un alto porcentaje de mujeres.
Jonguitud Falcón determinó que a los SSH ingresan dos mujeres al mes en promedio por haberse sometido a un aborto clandestino, y que las muertes maternas por esa causa es de entre 28 y 30 al año.
Dijo que cuando el aborto clandestino no genera complicaciones no hay forma de conocer la dimensión del problema, y sólo se cuantifica cuando las mujeres llegan a los hospitales con alguna complicación, ya sea perforación del útero, sangrado no controlado o una infección severa que podría ocasionar la muerte.
Ante la contundencia de las cifras, donde la muerte materna va en aumento debido a la práctica de aborto clandestino, es necesario estudiar a conciencia los casos en los que la mujer podría acudir a instituciones de salud a practicarse un aborto bajo un marco legal establecido.
2004/ SE/LR/SM