Inicio Aprobó ALDF dictamen de Ley de Igualdad entre géneros

Aprobó ALDF dictamen de Ley de Igualdad entre géneros

Por Redaccion

En el marco de la celebración del Día internacional de la Mujer, la Comisión de Equidad y Género de la Asamblea Legislativa aprobó el dictamen para crear la Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, que tiene por objetivo eliminar todas las formas de discriminación contra la mujer en los ámbitos público y privado, así como el establecimiento de acciones en favor de las mujeres.

En conferencia de prensa, la presidenta de la Comisión de Equidad y Género, Leticia Quezada Contreras, señaló que este dictamen es un paso de enorme relevancia para crear una base firme de protección general que coadyuvará a alcanzar y garantizar la igualdad de derechos de hombres y mujeres.

Acompañada por los integrantes de ese grupo de trabajo legislativo, Quezada Contreras subrayó que se trata de contribuir con un marco jurídico específico y actualizado que impulse acciones afirmativas y la transversalidad de la perspectiva de género hacia otros ordenamientos legales, así como en todas las acciones de los entes públicos de la ciudad.

Al asegurar que la aprobación de esta Ley en el Pleno de la ALDF y su posterior promulgación redundará en beneficio de las mujeres y en general de los habitantes de la ciudad, detalló que esta ley crea el Sistema para Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres que tendrá dentro de sus objetivos garantizar la igualdad, establecer lineamientos mínimos para las acciones afirmativas, velar por la «progresividad» legislativa y evaluar las políticas públicas.

Por otro lado, explicó, se establece el derecho a una vida libre de violencia de género, de estereotipos y de discriminación por razón de sexo la protección de los derechos sexuales y reproductivos, así como el permiso de paternidad como un medio para acceder al derecho de conciliación de la vida personal, laboral y familiar.

En su oportunidad, la diputada Paula Soto Maldonado hizo énfasis en que el objetivo de esta ley es garantizar la igualdad sustantiva entre géneros. No se trata, dijo, de una norma que defienda a uno o a otro género, «no estamos legislando en favor de un género, estamos legislando en favor de ambos».

Definió esta nueva norma como «una ley marco», que establece las directrices para otras leyes y normatividades, e incorpora por primera vez en los discursos, las leyes, los conceptos y trabajos de género, al hombre y a la mujer en el mismo nivel.

Por su parte, la diputada María del Carmen Peralta Vaqueiro, destacó que esta normatividad da respuesta a múltiples recomendaciones por parte de organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y los relatores especiales del Sistema de Naciones Unidas, los cuales han hecho recomendaciones en el sentido de crear acciones especiales de carácter temporal que permitan crear el equilibrio entre géneros.

Señaló que la Ley en cuestión está diseñada para dotar de mayores facultades al Instituto de Mujeres del Distrito Federal (Inmujeres-DF), a la vez que se convertirá en el órgano rector de las políticas de género que deberán aplicarse transversalmente en todos los entes públicos, a fin de garantizar la perspectiva de género en todas las materias.

En ese sentido, la diputada Esthela Damián Peralta subrayó la importancia de que quede establecida, en el Artículo 10 de esta Ley, la obligación de garantizar que la planeación presupuestal incorpore la «progresividad», la perspectiva de género, apoye la transversalidad y prevea el cumplimiento de los programas, proyectos, acciones y convenios para la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.

Ello significa, explicó, que en el mes de diciembre se podrá preguntar a las y los diputados de la Comisión de Presupuesto «dónde están aplicando el Artículo 10, fracción segunda, dónde, cuántos recursos vamos a aplicar».

El mismo artículo 10 establece que la política en materia de igualdad sustantiva que se desarrolle en todos los ámbitos de Gobierno deberá garantizar la integración del principio de igualdad de trato y de oportunidades en el conjunto de las políticas económica, laboral y social, con el fin de evitar la segregación laboral y eliminar las diferencias remuneratorias, así como potenciar el crecimiento del empresariado femenino y el valor del trabajo de las mujeres, incluido el doméstico.

Asimismo la legisladora Damián Peralta subrayó que el Artículo 38 establece que quien incumpla estas disposiciones será sancionado de acuerdo con lo dispuesto por la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y, en su caso, por las leyes aplicables del Distrito Federal, que regulen esta materia, lo anterior sin perjuicio de las penas que resulten aplicables por la comisión de algún delito previsto por el Código Penal para el Distrito Federal.

El diputado Enrique Pérez Correa subrayó que la intención no es obligar a la paridad, ya que no se puede forzar a las instituciones, públicas o privadas, a que contraten a fuerza a la mitad de hombres y mujeres. «A lo que sí podemos obligarlas es que no discriminen por razones de sexo».

EL SISTEMA

Respecto de la creación del Sistema para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, el legislador aseguró que el objetivo no es crear nuevas estructuras administrativas que tengan un costo para la ciudadanía, sino ordenar los esfuerzos de las secretarías y distintas instituciones involucradas.

De acuerdo con el dictamen, el Sistema será el conjunto orgánico y articulado de estructuras, relaciones funcionales, métodos y procedimientos que establecen los entes públicos del Distrito Federal entre sí, con la sociedad civil organizada, instituciones académicas y de investigación.

Se estructurará con una Secretaría Técnica, a cargo del Inmujeres-DF y contará con representantes de las secretarías de Desarrollo Social, de Desarrollo Económico, del Trabajo y de Salud, así como de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, de la Comisión de Equidad y Género de la ALDF y del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Entre otras acciones, deberá velar por la «progresividad» legislativa en materia de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, a fin de armonizar la legislación local con los estándares internacionales en la materia evaluar las políticas públicas, los programas y servicios, así como el Programa General de Igualdad de Oportunidades y no Discriminación hacia las mujeres elaborar y proponer la operación de un mecanismo de vigilancia para el cumplimento de la presente Ley, así como, un marco general de reparaciones e indemnizaciones que sean reales y proporcionales.

07/GT/GG/CV

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