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Aprueban en San Lázaro ley por una vida sin violencia

Por Lourdes Godínez Leal

Cuando se pensaba que la Ley General de Acceso a las Mujeres a una vida libre de violencia, única en su tipo, estaba «del otro lado» tras haberse aprobado en la Cámara de Diputados, «se quedó a la mitad del camino» toda vez que el Senado la rechazó en Comisiones.

La ley fue el resultado de un trabajo arduo de las legisladoras Marcela Lagarde, Diva Hadamira Gástelum y Angélica de la Peña, de las Comisiones Especial de Feminicidios en la República Mexicana, de Equidad y Género, Niñez, Adolescencia y Familias, respectivamente.

A pesar de haber sido aprobada por unanimidad el pasado 26 de abril por el pleno de la Cámara de Diputados y cuando se esperaba que fuera aprobada en el Senado, tras el impulso de las comisiones pares en la Cámara de Diputados, ésta no pasó.

La Ley fue calificada por las organizaciones civiles como una ley de avanzada y única en su tipo y significaba para las representantes de estas organizaciones «una esperanza» para terminar con la impunidad y violencia contra mujeres, en especial de Ciudad Juárez y Chihuahua, estados en donde ésta ha cobrado la vida de más de 379 mujeres según las cifras oficiales, las cuales reconocen este número como homicidios.

Lo que la ley pretende es establecer un programa integral con políticas de prevención, al tiempo que obliga y establece las competencias de los gobiernos: Federal, estatal y municipal.

Se pretende crear un Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las mujeres, el cual estaría integrado por representantes de cinco dependencias del Ejecutivo Federal, de la Procuraduría General de la República (PGR) y de tres organismos descentralizados de la Administración Pública Federal.

Entre otros de los beneficios de esta ley, se mencionaba la creación de refugios para las mujeres víctimas de violencia, además de que no reducía ésta únicamente al ámbito doméstico sino que abarcaba otros tipo de violencia de género como la psicológica, estableciendo en este apartado la obligación del agresor a tomar terapia y a alejarse del domicilio o lugar de trabajar de la pareja.

La violencia patrimonial, económica, física, laboral, institucional, sexual y de pareja, son las otras modalidades que la ley incluye.

En cuanto al Estado, lo obliga a destinar recursos suficientes para el combate a la violencia contra las mujeres y a la creación de políticas públicas encaminadas a erradicarla.

Entre otras atribuciones de la ley estaban la de crear una especie de «alerta» para las zonas detectadas con mayores índices de violencia contra las mujeres.

Datos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDRH) realizada por el Instituto Nacional de las Mujeres en 2004, reveló que alrededor del 44 por ciento de mujeres de 15 años y más que viven con una pareja sufren alguna forma de violencia de género.

El estudio demostró que el 35 por ciento de las mujeres reportó violencia emocional o psicológica, 27 por ciento económica, nueve por ciento, agresiones físicas y ocho por ciento, sexual.

Actualmente, existen 14 refugios y albergues en la república mexicana para mujeres víctimas de violencia, los cuales se encuentran en el Distrito Federal, Aguascalientes, Baja California, Michoacán, Nuevo León, Quintana Roo, San Luis Potosí, Morelos y Querétaro.

06/LGL/MR

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