Inicio En México, el aborto continúa siendo legalmente restringido

En México, el aborto continúa siendo legalmente restringido

En México, la mayoría de las legislaciones estatales, que datan de 1930, no han sido revisadas para garantizar, de forma legal y segura, la interrupción de embarazos.

Para esta práctica, la causal de violación es legalmente aceptada en 31 estados, incluido el Distrito Federal (DF), y sólo está totalmente restringido en Guanajuato. En algunos se han adoptado reformas para aumentar las causales de aborto o instaurar un procedimiento que lo haga efectivo. En la mayoría de los casos, no está reglamentado el acceso a este derecho, aún cuando está permitido en la ley.

Al no existir lineamientos administrativos claros para la realización de este proceso, sobre todo en violación, se dificulta la exigencia de este derecho reproductivo. Sólo en el DF, Morelos y Baja California Sur, el procedimiento para tales circunstancias está claramente incluido en la legislación.

OBSTÁCULOS

En marzo del 2006, la organización Human Rigths Watch publicó el informe «Víctimas por partida doble: Obstrucciones al aborto legal por violación en México», que detalla el maltrato que reciben de parte de agentes del MP y personal de salud, las víctimas de violación que resultan embarazadas.

El estudio realizado en siete estados de la República Mexicana –Baja California, Chiapas, Guanajuato, Jalisco, Nuevo León, San Luís Potosí y Yucatán— documenta como los funcionarios públicos del área de procuración de justicia niegan que existan embarazos producto de una violación, no le confieren credibilidad al testimonio de las mujeres violadas y se oponen o resisten a que ejerzan su derecho y decidan interrumpir el embarazo.

De ocho casos denunciados a las autoridades correspondientes en Estados que no cuentan con procedimientos para el acceso al aborto legal, documentados por Human Rights, sólo en dos se les proporcionó información a las víctimas de violación sobre el aborto legal, pero no de cómo obtenerlo si así lo deseaban. Una de ellas terminó con un aborto clandestino.

Sólo por violación es la única causal legal aceptada en todo el país y, desde 1931, en el DF no se castiga por este motivo o cuando se produce accidentalmente.

Con las modificaciones y adiciones en materia de aborto al Código Penal y al Código de Procedimientos Penales en el DF, aprobadas por la ALDF en 2000 («Ley Robles»), se precisó que, en caso de violación e inseminación artificial no consentida, el Ministerio Público (MP) se encargaría de autorizar el aborto.

La regulación del procedimiento, los servicios y obligaciones de las y los funcionarios públicos involucrados en la realización de abortos legales, fueron encomendados a la Secretaría de Salud (SS) y a la Procuraduría General de Justicia del DF (PGJDF).

NUEVO PROCEDIMIENTO

Al respecto y como parte de los cambios tendientes a fortalecer el derecho de las mujeres al aborto legal, a principios de septiembre de 2006 la Gaceta Oficial del DF publicó un procedimiento (A/004/06) sobre aborto en caso de violación firmado por la PGJDF.

El acuerdo proporciona a las autoridades mecanismos para atender mejor a las víctimas y que al acudir al MP se sienta más apoyada con la información necesaria para tomar una decisión.

Con esto se trató, señaló entonces la PGJDF, de «saber cuales son sus derechos, darle terapia psicológica e información sobre anticonceptivos de emergencia, así como el apoyo jurídico tanto en la averiguación previa como en el proceso penal hasta la sentencia misma».

Producto de este acuerdo, en un término de 24 horas, el MP deberá autorizar la interrupción legal del embarazo mediante un oficio dirigido al titular de la SS y canalizar a las víctimas al Centro de Terapia de Víctimas de Delitos Sexuales para recibir «información veraz, imparcial, objetiva y suficiente» acerca de su solicitud.

El MP se encargará de que sean atendida en la institución, «pública o privada de su preferencia», para que se les practiquen los estudios correspondientes (confirmar el embarazo y determinar la edad del producto).

En caso de que sean menores de edad y exista alguna diferencia con sus padres o tutores respecto a la decisión, se deberá respetar la opinión de la víctima de violación.

Con esto se logró que las mujeres víctimas de violación en el DF, pudieran ejercer una denuncia inmediata de los hechos y no esperar a confirmar un embarazo por agresión, pues si bien el MP no tiene un tiempo determinado para la denuncia, a nivel médico sólo se cuenta con un lapso de 20 semanas para interrumpir el embarazo.

DISCUSIÓN ACTUAL

La reciente iniciativa de reforma al Código Penal y a la Ley de Salud del DF en materia de aborto que se discute en la Asamblea Legislativa del DF, se encuentra aún en comisiones unidas de Justicia, Salud y Género, debido a que no hay acuerdo en uno de los puntos de la quinta causal concerniente al proyecto de vida de la mujer.

La presidenta de la Comisión de Equidad y Género, Leticia Quezada Contreras, aseguró que se trabaja para lograr un acuerdo y poderle dar el sustento jurídico, a fin de que la Suprema Corte de Justicia no lo declare inconstitucional.

«Estamos siendo muy cuidadosos en el aspecto jurídico, esperamos tener el dictamen el día 19 para discutirlo y subirlo al pleno el martes 24 para su aprobación».

Al respecto, el diputado de Alternativa, Jorge Carlos Díaz Cuervo, informó que están sosteniendo reuniones con magistrados a fin de que orienten a las y los legisladores acerca de los términos en que se discutió, en su momento, la «Ley Robles».

En el marco del Foro «Voces Feministas del Distrito Federal», Elba García integrante de la Red Católica de Jóvenes por el Derecho a Decidir conminó a las y los asambleístas a que «más allá de las presiones de los grupos conservadores», deben continuar con el ejercicio del diseño de políticas públicas que cumplan la finalidad social de reconocer los derechos humanos de las mujeres.

«Tienen una tarea histórica para saldar la deuda de justicia social con las mujeres de nuestro país, por ello deben aprobar la iniciativa de ley sobre aborto en la ciudad de México».

07/MLT/CV

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