Inicio En prisión, dos mujeres mixtecas acusadas de robo de burra

En prisión, dos mujeres mixtecas acusadas de robo de burra

«Si no salen de la casa, vamos a llevarnos a sus hijos», dijeron los agentes a Esperanza y Catalina, indígenas oaxaqueñas acusadas de abigeato, desde el pasado jueves presas en la cárcel de Tlaxiaco, y por cuya causa aboga el Centro de Derechos Humanos y Asesoría a Pueblos Indígenas (Cedhapi).

El juez de la causa negó la libertad bajo fianza a Esperanza Cruz Ayala de 28 años de edad, quien se encuentra embarazada, y Catalina Ayala Guzmán de 53 años de edad, acusadas del supuesto robo de una burra con valor de 600 pesos.

El Cedhapi precisa que las dos indígenas mixtecas fueron apresadas con lujo de violencia y se les ha recluido en el penal porque en Oaxaca «el delito de abigeato no alcanza fianza».

El 21 de mayo de 2006, la burra causó daños en la parcela de las mujeres, habitantes de Ojo de Agua, Tlaxiaco. El presidente del Cedhapi, Maurilio Santiago Reyes, precisa que «como sucede en las comunidades que se rigen por usos y costumbres», la parte ofendida (las mujeres) «retuvo al animal, en demanda del pago por la avería; sin embargo, los dueños del animal rechazaron la conciliación».

El defensor de derechos humanos refirió que «el caso se encuentra dentro del término constitucional y al resolver su situación jurídica –el 6 de julio–, el juez puede sujetarlas a proceso sin derecho a fianza».

La aprehensión de las mujeres mixtecas fue ejecutada por un grupo de elementos de la Agencia Estatal de Investigaciones, instancia de la Procuraduría General de Justicia del estado.

Luego de amenazarlas diciéndoles que si no salían de la casa iban a llevarse a sus dos pequeños que jugaban en el patio de su casa –detalló el defensor– las mujeres fueron puestas a disposición del Juez Mixto de Primera Instancia de Tlaxiaco, en la causa penal número 40/2009, por el delito de abigeato.

Hoy, ambas están recluidas en el Penal Regional de Tlaxiaco, donde mujeres y hombres comparten espacios comunes.

El Código Penal vigente en el estado establece que el abigeato es un delito contra el patrimonio de las personas y recae sobre «el que se apodere de una o más cabezas de ganado sin derecho y consentimiento».

El Artículo 372 dice que el hurto de ganado mayor (vacas, toros, burros y mulas) será sancionado «con prisión de cuatro a siete años, y multa de treinta a cien veces el salario, cuando el apoderamiento no exceda de cinco cabezas». La pena también depende de «cómo haya sido cometido el delito».

«La Ley castiga igual el robo de una cabeza de ganado que 100; es la misma pena», reiteró el presidente del Cedhapi.

09/JCM/RMR/GG

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