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Genocidio en Guatemala incluyó crímenes de género

Por la Redacción

La Audiencia Nacional de España admitió la ampliación de querella presentada en mayo pasado por organizaciones de la sociedad civil y expertas internacionales, en la que solicitan se investigue la violencia sexual que se ejerció contra las mujeres mayas como parte del genocidio en Guatemala.

En un comunicado, la organización Women’s Link Worldwide informó que hoy el Juzgado Central de Instrucción Número Uno de la Audiencia Nacional de España, informó que el magistrado Santiago Pedraz aceptó que procede la admisión a trámite de la ampliación de querella, ya que son múltiples los documentos, testimonios y periciales que avalan la petición.

El juez señala que admite el trámite de ampliación por los delitos como crímenes de género, contra la libertad e indemnidad sexual como tortura; contra la libertad e indemnidad sexual como genocidio; por desplazamiento forzoso como genocidio y por impedir el género de vida y reproducción como genocidio.

El magistrado Santiago Pedraz señaló que en aras de cumplir satisfactoriamente con el deber de investigar, juzgar y sancionar estos graves crímenes internacionales que recaen en la Audiencia Nacional deben ser considerados como «crímenes de género».

En el documento se afirma que toda esta violencia de género fue planificada desde el entrenamiento militar en el cual las agresiones sexuales se constituían como una «práctica habitual», siendo incluso ordenada por los mandos superiores.

Entre 1979 y 1986 las mujeres mayas en Guatemala sufrieron por parte de agentes del Estado formas especificas de persecución y violencia y especialmente de tipo sexual.

Así al menos se constatarían mil 465 violaciones sexuales contra mujeres; en 88.7 por ciento de los casos las víctimas eran mayas; de ellas, 62 por ciento tenía entre 18 y 60 años de edad, el 35 por ciento entre 0 y 17 años y el 3 por ciento eran ancianas.

El juez indicó en sus razonamientos que muchas de ellas fueron sometidas a esclavitud sexual, mutiladas y luego expuestas en lugares públicos. También fueron abusadas sexualmente estando embarazadas y se les abrió el vientre a fin de anular su capacidad reproductora.

Aseguró que los hechos referidos quedan integrados en los delitos señalados como genocidio, torturas y lesa humanidad, «sin embargo no basta la mera integración, es necesario definirlos dentro de los mismos, ya que de otra forma podría conducirse a la impunidad de los crímenes sexuales denunciados».

Pedraz consideró que tanto el derecho penal internacional y el derecho internacional humanitario, como nuestro Código Penal, otorgan la suficiente cobertura jurídica.

Cabe recordar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, condenó la masacre cometida por los kaibiles —el cuerpo más sanguinario del Ejército guatemalteco, entrenado por Estados Unidos— en la norteña aldea de Dos Erres, en la región del Petén.

Ahí 16 militares, como prueba de graduación rajaron los vientres de las mujeres y sacaron los fetos con sus propias manos, y asesinaron a 252 personas, la mayoría mujeres, ancianos y niños.

En abril de 2011 Jorge Sosa Orantes, uno de los presuntos responsables fue reclamado por la justicia. El magistrado Santiago Pedraz, instructor del caso, pidió a Canadá su extradición para ser juzgado por genocidio.

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