Inicio La CNDH carece de perspectiva de género: Bárbara Yllán

La CNDH carece de perspectiva de género: Bárbara Yllán

Por Hypatia Velasco Ramírez

En el caso de Castaños, Coahuila, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) tenía que haber observado que uno de los militares cometió el delito de «diversos dos», es decir, violó dos veces a una de las 14 mujeres que fueron atacadas sexualmente el año pasado, hecho que hubiera cambiado el sentido de la sentencia contra el soldado.

Si la CNDH hubiera emitido dicha observación, hoy el Ministerio Público podría ampliar su consignación, pero ante la omisión del Ombudsman se dictó una sentencia débil que no satisface a la víctima ni a los organismos defensores de los derechos de las mujeres.

Explicó lo anterior la abogada Bárbara Yllán, ex subprocuradora de Atención a Víctimas y Servicios de la Procuraduría del DF, durante la mesa de análisis Retos en la búsqueda de justicia: las mujeres de Zongolica y Castaños, organizada por el Programa Universitario de Estudios de Género (PUEG), de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

Asimismo, dijo, la Fiscalía de asuntos de la mujer de la CNDH se tardó un año en enviar su dictamen psicológico en auxilio de la Procuraduría estatal, y aunque no sólo fueron agredidas las mujeres aquella noche, los clientes, que entonces se encontraban en el bar donde fueron violadas, dejaron que ellas se enfrentaran a los militares.

Dicha cuestión, que representa la protección que se da al cliente del trabajo sexual en este país, también fue omitida por la CNDH.

En ese sentido, Yllán reconoció que ante la actuación que tuvo la CNDH en el caso de Castaños y el de la mujer indígena presuntamente violada y asesinada por militares en Zongolica, Veracruz, perdió la fe que tenía ante este organismo.

Por ello, consideró que es necesario analizar si las instituciones favorecen el acceso de las mujeres a los instrumentos legales y la aplicabilidad de la ley. Y hay que centrar el tema del caso de Ernestina Ascencio y el de las 14 mujeres violadas en Castaños, en este punto.

DOÑA ERNESTINA, CASO EMBLEMÁTICO

El caso de doña Ernestina, dijo la abogada, es emblemático porque en ella se reunían muchas características que la hicieron objeto de la discriminación: era pobre, campesina y no hablaba español –hecho que le costo en términos de su credibilidad ya que fue vilipendiada y anulada por no hablar el idioma español– además de que no contaba con una red de apoyo.

Como consecuencia, la CNDH «usurpó las atribuciones del MP» y determinó que no había delito alguno sino que se trataba de una muerte natural: este tipo de acciones de las instituciones, aseguró, son las que se deben revisar.

Y en México, apuntó, no hay una sanción en la dilación de justicia ni para las instituciones que, como en el caso de la CNDH con el MP, «atropellan las funciones de otra institución».

En las recomendaciones realizadas por el Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer (Cedaw) en noviembre de 2006, recordó Yllán, se establece que la CNDH no tiene perspectiva de género.

«Y yo soy testiga presencial de que no tiene esa perspectiva de género», luego de los diversos estudios que realizó dicho organismo para determinar la muerte la mujer indígena.

En estas acciones, dijo la abogada, existe una violencia institucional en términos al acceso de justicia. Con los resultados de las necropsias realizadas por los médicos de la CNDH declaró que no hubo violación como, «si fuera el MP, se arropa las funciones ministeriales». Eso, aseguró, es presión política y presión jurídica.

Y, en ese caso la recomendación se dio de manera rápida en contraste, apuntó, con el caso de Castaños en el cual tardó más de un año en emitir la recomendación.

Explicó, también que en Castaños se sabía que los militares cuidaban paquetes del Instituto Federal Electoral (IFE), lo cual es legal. Pero en Zongolica, según la CNDH, los soldados ayudaban a la Procuraduría General de la República (PGR) a hacer investigaciones, pero la Comisión nunca supo a cuál MP estarían ayudando los militares.

Es decir, la CNDH emitió una recomendación sin saber qué hacía el Ejército en Zongolica y sin que la PGR confirmara cuál era la investigación a la que apoyaban los soldados.

Ante esta situación, señaló, «en el caso de Ernestina sólo quedan dudas, y un actuar extremadamente arbitrario de muchas instituciones, la abdicación de otras, la negociación política que es evidente, y ciertamente ese fue el acceso que tuvo Ernestina a la justicia».

CASTAÑOS, FUERO CIVIL A MILITARES

Por su parte, la diputada Marina Arvizu Rivas, coordinadora del grupo parlamentario Alternativa, señaló que el caso de Castaños es emblemático ya que por primera vez los militares fueron juzgados por el fuero civil.

Ante esta situación, Arvizu Rivas presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados para acotar el fuero militar, con el fin de que en cualquier caso en el que los militares hayan incurrido en un delito contra civiles, sean juzgados por la justicia del fuero civil.

Asimismo, solicitó un fondo de compensación para las víctimas de delitos de militares, mediante la creación de un equipo interinstitucional que dé a las víctimas lo que necesiten para que «puedan recuperar su vida después de la agresión».

Es necesario cambiar la construcción cultural que se tiene del significado de las mujeres en el mundo, pues «seguimos siendo botín de guerra» por lo que también es necesario cambiar la visión de los militares hacia la población femenina, dijo.

Y como consecuencia del caso Castaños y de la política de seguridad nacional de Felipe Calderón también solicitó un presupuesto etiquetado de 200 millones de pesos para que la Secretaría de Defensa Nacional (Sedena) tenga un programa de sensibilización y capacitación de alto nivel dirigido a las fuerzas armadas de este país en cultura de paz y género.

En este programa, la Sedena trabajaría con la UNAM, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) y con las fuerzas de paz de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para así prevenir lo que sucedió con las 14 mujeres de Castaños, Coahuila, y con la señora Ernestina, de Zongolica, Veracruz.

07/HV/GG/CV

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