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Ley del ISSSTE promueve discriminación y pobreza femenina

Por Hypatia Velasco Ramírez

La nueva Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE) promueve la discriminación y la pobreza de las mujeres, dice la diputada federal perredista Rosario Ortíz, en contra de lo señalado por Elba Esther Gordillo en días pasados, quien aseguró que fue promovida para mejorar las prestaciones de las y los trabajadores, y para capitalizar a la institución.

El 54 por ciento de los cerca de 2 millones de trabajadores que laboran para el Estado mexicano son mujeres, es decir aproximadamente 1 millón 300 mil, todas inscritas en el ISSSTE y al ser mayoría se genera un impacto mayor en ellas y un proceso de discriminación, señaló Ortiz Magallón, integrante de la Comisión de Trabajo y Previsión Social en la actual Legislatura.

JUBILACIÓN Y POBREZA

Anteriormente, la ley del ISSSTE no establecía una edad mínima para jubilarse, la o el trabajador debía cumplir 28 años laborando en la empresa para poder hacerlo, dice José T. Cardoza Olivas, abogado laborista y académico de la Universidad Obrera de México.

Hoy, la nueva ley establece que las mujeres deben cumplir 58 años de edad para poder jubilarse, lo que implica que si una mujer ingresa a los 18 años a laborar a una entidad, debe esperar hasta cumplir sus 58 años de edad para poder retirarse, es decir, debe trabajar 12 años más, explica el académico.

Además, la antigua Ley del ISSSTE establecía en su Artículo 3º servicios integrales de retiro a pensionados y jubilados y servicios que contribuían a mejorar la calidad de vida del servidor público y sus familiares derechohabientes que en la nueva Ley ya son prestaciones olvidadas.

Al respecto, Ortiz Magallón señaló que la mitad de las mujeres afiliadas al ISSSTE recibe un salario entre 3 mil 500 y 4 mil pesos mensuales, por lo tanto, «la aportación que van a poder hacer a través del Pensionissste (nueva empresa encargada de las pensiones) será mínima y el ahorro individual cuando termine su vida laboral va a ser tan poco que su pensión no va a lograr cubrir los dos salarios mínimos que establece la antigua ley del ISSSTE y la cual se encuentra actualmente abrogada (excepto los artículos 16, 21, 25 y 90 BIS B).

Como consecuencia, dijo la también integrante de la Comisión del Trabajo y Previsión Social de la Cámara baja, hay un problema para las mujeres trabajadoras al servicio del Estado pues van a enfrentar un proceso de pobreza muy fuerte durante su jubilación.

A lo anterior se le suma que la población femenina está viviendo más años que los hombres, eso implica que para cubrir los 75 años de vida que tenemos hoy día las mujeres, si nos jubilamos a los 58 años de edad como lo establece la actual ley y no a los 28 años laborales como lo sustentaba la antigua ley, «tenemos que hacer que nuestros ahorros nos alcancen para vivir 75 o más años».

Rosario Ortiz aseguró que la mayoría de las mujeres que trabajan al servicio del Estado están en el área administrativa y como maestras, entonces serán ellas las que van a enfrentar de manera más grave su vejez con un nivel de ingreso por debajo de lo que abarca la actual ley de los salarios mínimos.

Asimismo señaló que el punto central de la ley –y el cual ha causado tantas marchas y protestas– es que elimina el derecho de la jubilación que en la realidad es una obligación del Estado con las y los trabajadores.

«Esto significaba que yo podía trabajar cumpliendo con lo que marcaba la ley y el gobierno me tenía que pagar mi jubilación hasta que mi vida dejara de tener vigencia. Con esta reforma, el Gobierno Federal se deslinda de toda responsabilidad de garantizarme como trabajadora o como trabajador mi jubilación».

Lo anterior implica que ahora de manera individual las trabajadoras tendrán que ahorrar su propia bolsa de pensiones y cuando terminen su vida laboral, de lo que ahorraron dependerá lo que puedan tener como pensión, dijo.

Es decir, se pierde un derecho asentado en el Artículo 123 de la Constitución Política, además se están violando Convenios Internacionales que el gobierno ha firmado con la Organización Internacional del Trabajo y se modifica a través de una ley secundaria un derecho constitucional que es la jubilación.

Además, de acuerdo con Cardoza Olivas, esta nueva Ley viola la Fracción XI del Apartado B del artículo 123 Constitucional pues no incluye: las enfermedades no profesionales; tiendas económicas, centros para vacaciones y para recuperación; habitaciones baratas, en arrendamiento; que el Estado mediante las aportacionesestablezca un fondo nacional de la vivienda; y financiamiento que permita otorgar a las y los trabajadores crédito barato y suficiente.

AMPAROS

Luego de que la reforma de ley fuera publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 31 de marzo de 2007, el Consejo de la Judicatura Federal registra en su página de Internet 167 mil 327 amparos.

No obstante, de acuerdo con Alberto García, asesor de Rosario Ortiz en la Cámara de Diputados, se estima que actualmente hay entre 500 y 900 mil amparos, muchos de ellos, más que individuales, están hechos por diversos trabajadores de una sola organización.

Por su parte, Ortiz Magallón explicó a Cimacnoticias que la judicatura tiene «muy cerrada la información» sobre el verdadero número de amparos que existen actualmente.

«No hemos podido acceder a datos desagregados, ni siquiera tenemos datos totales porque cada amparo lleva un grupo de trabajadores, entonces 167 mil no reflejan la cantidad de trabajadoras y trabajadores amparados».

SALUD

Todos estos amparos son consecuencia de que, además de lo anteriormente mencionado, se pierden derechos como la salud, pues «hay en la actual ley todo un marco para que se privatice la salud para los trabajadores del Estado», según Ortiz Magallón.

Y hay un vacío legal, pues las y los trabajadores que entren en el nuevo esquema no está planteado que reciban aguinaldo, ni que cuando haya un incremento salarial ellos lo reciban también de manera automática sobre su pensión.

Con estos vacíos que tiene la actual ley de no pago al aguinaldo y no incremento a las aportaciones, quiere decir que la bolsa de ahorro individual de las y los trabajadores va a ser mucho menor de lo que estaban obteniendo con la antigua ley del ISSSTE, concluyó.

07/HVR/CV/GG

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