Inicio Leyes permiten sentencias insuficientes, como en Castaños

Leyes permiten sentencias insuficientes, como en Castaños

Como lo habían advertido tanto el obispo de Saltillo, Raúl Vera López, como el senador René Arce Islas, el marco jurídico que rige al Ejército mexicano y la «manga ancha» que le permite actuar al margen de éste, tienen como consecuencia resultados como las sentencias en el juicio de Castaños, Coahuila.

Este caso, aunque marca un hito importante en la justicia mexicana y rompe la tradición de juzgar a los soldados sólo por la vía civil «no es suficiente y no estamos conformes», expresan por su parte las diputadas Maricela Contreras Julián y Marina Arvizu.

En Castaños sólo fueron sentenciados a cárcel tres soldados, de los 20 que aproximadamente habrían cometido la violación contra 14 mujeres trabajadoras de la zona de tolerancia, lo que mostraría el «error» de mantener esos juicios en las filas castrenses, como había denunciado el senador Arce.

En necesario, dijo Arce en una reciente entrevista con Cimacnoticias, cabildear con las fuerzas políticas representadas en la casona de Xicoténcatl para impulsar en el presente periodo de sesiones la iniciativa que reforma y adiciona la Constitución y deroga algunas fracciones del artículo 57 del Código de Justicia Militar, presentado el pasado 12 de marzo del año en curso. Y a ello se comprometió el legislador.

Esas reformas son, dijo entonces Arce, secretario de la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Senadores, «la mejor muestra de solidaridad a favor de las mujeres, que no se pudieron defender» y «estamos obligados a trabajar para evitar que casos como los de Castaños, Coahuila; Zongolica, Veracruz; Michoacán, Sinaloa, Oaxaca, San Salvador Atenco, entre otros, puedan volver a suceder».

Adelantó que las reformas que propone para adicionar un segundo párrafo al artículo 13 de la Constitución, y derogar la fracción II y el último párrafo del artículo 57 del Código de Justicia Militar, tienen como fin generar una nueva cultura de respeto a los derechos humanos dentro del Ejército, modernizar la institución, además de ayudar a las y los civiles que han sido víctimas de alguna acción perpetrada por militares.

Denunció que en el Ejército aún hay elementos que creen que salir de sus cuarteles a la calle les da impunidad para cometer cualquier abuso en contra de la población civil, pero principalmente en contra de uno de los sectores más desprotegidos, que es el de las mujeres indígenas, e incluso, abundó, algunos altos mandos también tienen esa concepción.

La iniciativa señalada por Arce va encaminada a terminar con los privilegios e impunidad que gozan los militares, al sentirse intocables por las leyes civiles, en ella «nosotros proponemos que los elementos del Ejército que atenten contra civiles deben ser juzgados por tribunales civiles».

Al ser reformado el artículo 13 Constitucional, nadie podrá ser juzgado por leyes privativas ni tribunales especiales, ni tampoco ninguna persona o corporación puede tener fuero, ni gozar más emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y estén fijados por la ley.

Asimismo, subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar; pero los órganos de justicia militar en ningún caso y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército.

Se precisa que cuando en un delito o falta del orden militar estuviese implicado un civil, conocerá del caso la autoridad no militar que corresponda.

La investigación y sanción de delitos y faltas del orden común cometidas por militares y las que impliquen graves violaciones a los derechos humanos o al derecho humanitario, serán competencia de las autoridades civiles, establece la reforma al Artículo 13 constitucional promovida por el senador René Arce.

Respecto a la derogación de la fracción II y el último párrafo del Artículo 57 del Código de Justicia Militar se señala como delitos contra la disciplina militar los especificados en el libro segundo de este código.

La iniciativa de ley en la que se reforma y adiciona la Constitución y deroga algunas fracciones del Artículo 57 del Código de Justicia Militar, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Defensa Nacional y de Estudios Legislativos Segunda para su análisis y dictamen.

JUSTICIA INSUFICIENTE

Mientras tanto, sobre el caso Castaños aún quedan muchos pendientes por resolver, señaló la presidenta de la Comisión de Equidad y Género de la Cámara de Diputados, Maricela Contreras Julián.

Los años de prisión (entre 21 y 41 años) que se les dictó a los militares culpables de los delitos de violación impropia y calificada, abuso de autoridad, no son suficientes, y advirtió que aún falta la reparación del daño a las víctimas y a sus familiares, en la que deben ser co-responsables las propias autoridades estatales.

«Este es el primer caso de castigo, pero aún quedan muchos pendientes de abusos sexuales que se han cometido por efectivos militares, principalmente en contra de mujeres indígenas, por lo que la sentencia en el caso de Castaños es el primer paso para romper con la impunidad que pesa sobre las filas del Ejército Mexicano en este tipo de casos», enfatizó la legisladora perredista.

Contreras Julián mencionó que ésta resolución marca un precedente para seguir con el castigo a militares que han sido responsables de cometer violaciones sexuales contra mujeres en todo el país.

CADENA DE DENUNCIAS

Agregó la presidenta de la Comisión de Equidad y Género de la Cámara de Diputado que la violación de mujeres en Castaños, Coahuila, por militares no es un hecho aislado, ya que desde 1994 existe una larga cadena de denunciadas públicas, documentadas en varios medios de comunicación, de vejaciones cometidas contra mujeres a manos de efectivos militares.

Y, recordó los casos en contra de mujeres del pueblo de San Salvador Atenco, con la incursión y ocupación policíaca-militar que se hizo en el mes de mayo de 2006 y las vejaciones contra mujeres durante la represión al movimiento social encabezado por la Asamblea Popular de Pueblos de Oaxaca; y los casos de Zongolica, Veracruz y de Michoacán, donde incluso la CNDH acreditó la violación de mujeres a manos del Ejército.

En su momento, la coordinadora del grupo parlamentario de Alternativa en San Lázaro, Marina Arvizu, destacó el caso del soldado Omar Rangel Fuentes, quien por haber cometido varias violaciones en Castaños fue condenado a más de 41 años de cárcel, lo que obliga a continuar trabajando desde la sociedad organizada y desde el Congreso de la Unión para que la justicia sea expedita y los militares sean juzgados como cualquier otro mortal, de ahí, la necesidad de reformar el Código de Justicia Militar.

Al manifestar su preocupación por la integridad física de las víctimas al quedar libres algunos militares agresores, Arvizu solicitó al gobierno de Coahuila, protección para las mujeres que permanecen en el mismo lugar de donde ocurrieron los hechos, tal como también lo había advertido Raúl Vera.

La diputada por Alternativa informó que hasta el momento el gobierno estatal no dio respuesta a su solicitud de crear un fideicomiso para proporcionar nuevas oportunidades de subsistencia a las mujeres agredidas en Castaños por los soldados.

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