Inicio Proponen reformar Ley de Seguridad Social de Fuerzas Armadas

Proponen reformar Ley de Seguridad Social de Fuerzas Armadas

Por Lourdes Godínez Leal

Este día en la Cámara de Diputados se propuso una iniciativa para reformar la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM), luego de que el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinara que es inconstitucional retirar del servicio del Ejército a los militares seropositivos, como lo estipula el Artículo 226 de dicho mandato.

La iniciativa fue presentada por el diputado José Manuel del Río Virgen, del partido Convergencia, quien se pronunció por proteger a los militares infectados por el VIH/Sida y evitar que sean dados de baja de las Fuerzas Armadas por el sólo hecho de tener esta enfermedad.

Desde la semana pasada se discuten en el Máximo Tribunal del país 11 amparos interpuestos por ex militares que fueron «dados de baja» por haber resultado positivos al VIH y quienes impugnaron los artículos 19, 20, 22, 33, 34, 152, 115 y 226 segunda categoría fracción 45 de la ley del ISSFAM.

Este último artículo se refiere a la seropositividad al VIH en militares, razón por las que se les «retira» de sus funciones, bajo el concepto de «inutilidad por actos adquiridos fuera de servicio».

Pero aunque la SCJN definió la inconstitucionalidad de dicho Artículo, también determinó que las Fuerzas Armadas no están obligadas a tener en sus filas a personas seropositivas al VIH, ni los exime de realizar algunos estudios médicos (tal y como lo establece la ley actual).

Por lo que estos amparos sólo aplicarán para los ex militares que interpusieron dicho amparo.

Durante las discusiones en la Corte, el ministro Sergio Aguirre Anguiano, quien mantuvo una postura firme respecto a la constitucionalidad del Artículo en discusión, se refirió constantemente a la obligación de los legisladores de revisar dicha Ley.

En una de las sesiones manifestó: «hay que enfocar el problema en su dimensión correcta: ni estamos juzgando el fuero constitucional de guerra y sus normas especiales en su conjunto, para mí es evidente la razonabilidad de esta clasificación (de enfermedades) y de todas que da la Ley (del ISSFAM) si hay que revisar algo, que lo revise el legislador».

En respuesta, hoy el diputado de Convergencia, presentó una iniciativa de reforma a la Ley, específicamente al Artículo 226 con sus numerales de la primera categoría y la fracción 45, mismo que estuvo a discusión en la SCJN.

CONTINÚA LA DISCUSIÓN EN LA SCJN

En tanto, este día la SCJN discutió sobre el Artículo 33 de la Ley del ISSFAM (otro de los artículos impugnados) que se refiere concretamente a los derechos que tienen los militares al momento de retirarse, de acuerdo con los años prestados a las Fuerzas Armadas Mexicanas.

Con 8 votos a favor y tres en contra, se declaró la inconstitucionalidad de este Artículo porque niega el acceso a los servicios de salud y medicamentos a los militares con menos de 20 años de servicio.

De acuerdo a este Artículo impugnado y discutido hoy, quienes tienen 20 años o más de servicio en las Fuerzas Armadas pueden retirarse con sus prestaciones correspondientes (entendidas como el acceso a medicamentos y servicios de salud).

En esta discusión, los ministros nuevamente, hicieron referencia a que corresponde a los legisladores revisar y en su caso, modificar el Artículo 33.

ALGUNOS DATOS SOBRE VIH

Según el ministro Genaro Góngora Pimentel, en la última década el VIH es la primera causa de ingreso y mortalidad en la sala de Infectología de Adultos del Hospital Central Militar de la Secretaría de la Defensa Nacional.

Refirió que al año ingresan para hospitalización, en promedio, 6 mil 500 pacientes militares por diversas causas: varicela, procesos virales, tuberculosis, diarreas e Infecciones de Transmisión Sexual.

Y señaló que en el 52 por ciento de los pacientes, la varicela apareció como antecedente, dos años antes de que se manifestara el VIH/Sida.

07/LGL/GG/CV

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