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Rechazan amparo de Provida y Cultura de la Vida contra AE

Por Miriam Ruiz

Defensores de los derechos sexuales y reproductivos desestimaron hoy el amparo interpuesto por la organización Provida y el grupo Cultura de la Vida contra la constitucionalidad de la norma de salud que hace oficial la anticoncepción de emergencia (AE) en México.

El amparo de los organismos conservadores apela al derecho constitucional a la vida y reitera su discurso de considerar como abortivo al método que previene el embarazo hasta 72 horas después del coito.

Para el Coordinador de Investigaciones de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Autónoma de México (UNAM), Gregorio Pérez Palacios, la discusión sobre la AE está cerrada puesto que la comunidad científica internacional avala que es un método anticonceptivo, mas no abortivo.

Asimismo, el ex director de Salud Reproductiva de la Secretaría de Salud (SS) reiteró hoy, durante la presentación de la campaña El aborto por violación es legal, que México tiene compromisos internacionales para garantizar la interrupción legal del aborto.

Al firmar los acuerdos de la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo (CIPD); nuestro país se comprometió, junto con otros 160 integrantes de la ONU, a dar facilidades a las mujeres que resulten embarazada por violación en materia jurídica y de salud.

En tanto, la directora del Grupo Interdisciplinario en Reproducción Elegida (GIRE), Marta Lamas, consideró que en un país diverso y plural como México es positivo que las minorías –como el grupo Provida– planteen su discrepancia y que las instituciones judiciales la resuelvan.

El amparo «no me sorprende, como no me sorprende que estos jóvenes estén aquí», asintió Lamas al referirse al grupo de representantes de Provida que aparecieron cuando se realizaba la conferencia de prensa organizada por GIRE.

Cabe recordar que la derecha perdió el último intento en dar marcha a través a la llamada Ley Robles, que amplio las causales del aborto en el Distrito Federal debido a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó el 29 de enero de 2002 que el aborto por motivos eugenésicos o malformaciones congénitas, es válido, constitucional y no contradice los principios legales de la Carta Magna.

04/MR/GBG/ SM

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