Inicio Sólo 5 estados crearon su Ley de Acceso a Vida sin Violencia

Sólo 5 estados crearon su Ley de Acceso a Vida sin Violencia

Por Gladis Torres Ruiz

Venció el plazo para que fuera retomada por las 31 entidades federativas la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, publicada el 1 de febrero del presente año en el Diario Oficial de la Federación (DOF), sin que todos los estados lograran homologar dicha Ley.

En este contexto, Patricia Bedolla Zamora, directora de la Academia Morelense de Derechos Humanos e integrante del Observatorio Ciudadano del Feminicidio, señaló que el bien jurídico que tutela dicha Ley es el derecho humano de las mujeres a la vida, pero no a la vida «per se» sino a vivir una vida con calidad.

El Estado garante debe proteger esos derechos; «no se trata del simple reconocimiento de los derechos de las mujeres, se trata de garantizar a las mujeres el ?acceso? a éstos, a hacerlos exigibles y ser justiciables», explicó.

Es por ello que esta Ley agrega ocho artículos transitorios que establecen reglas de observancia obligatoria a las diferentes autoridades, siendo deber constitucional acatar puntualmente. Sin embargo no hay tal cumplimiento.

El Artículo octavo señala textualmente que en un marco de coordinación, las legislaturas de los estados promoverán las reformas necesarias en la legislación local, previstas en las fracciones II y XX del Artículo 49, dentro de un término de 6 meses contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.

«Este término venció el pasado 1 de agosto y la situación de las legislaturas locales no es de modo alguno halagador, ya que tan sólo 5 estados –Campeche, Chihuahua, San Luis Potosí, Sinaloa y Tamaulipas– de los 31 que conforman la República Mexicana, cuentan con su propia legislación», enfatizó Patricia Bedolla.

ESCASO AVANCE

En un balance realizado por el Observatorio Ciudadano del Feminicidio, conformado por Católicas por el Derecho a Decidir, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos y la Academia Morelense de la Mujer, entre otras organizaciones, se detalla la situación que guarda la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en cada entidad.

A la fecha, Campeche ya cuentan con su Ley estatal; en Chiapas se presentó una iniciativa de Ley el 6 de julio en un foro de consulta pública organizado por el Congreso local, pero no contempla la armonización con la Cedaw, ni Belem do Pará; es muy similar a la presentada en Chihuahua, incluso se lee en la iniciativa «Instituto Chihuahuense de la Mujer?».

En Chihuahua, se aprobó desde enero del presente año una Ley del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, que crea un Consejo Estatal que contempla la participación de las organizaciones de la sociedad civil en los mecanismos de vigilancia.

En el Distrito Federal, el documento detalla que se habló con Luis Sánchez Caballero, secretario técnico de la Comisión de Equidad y Género de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, quien mencionó que actualmente no hay ninguna iniciativa para la creación de la ley ni para hacer concordar las leyes ya existentes con la Ley General.

En Guanajuato se presentó un proyecto de Ley, de la misma manera que en Jalisco, donde se encuentra en discusión en la Comisión de Equidad de Género, que ha recibido 3 propuestas.

En la entidad tapatía, la iniciativa que entró a Consulta Pública no toma en cuenta los estándares internacionales de protección a los derechos de las mujeres, no establece mandatos claros a los tres poderes, ni a los diversos niveles de gobierno. No se hace mención del acceso a la justicia de las mujeres, es omisa en sanciones así como en definir el papel del Poder Judicial y continúa con la visión que victimiza a las mujeres que padecen violencia.

En Morelos se presentó la Iniciativa, con fecha 10 de julio, para cumplir con el término de la Ley General, pero ésta se discutirá en Comisiones hasta el próximo periodo ordinario de sesiones, que da inicio el 1 de septiembre.

La Ley precisa la necesidad de impulsar reformas a los marcos normativos locales, que permitan a las mujeres morelenses acceder a sus derechos fundamentales, al mismo tiempo de sancionar a quienes los transgreden; reconoce que corresponde al Estado la protección de las mujeres y niñas, a través de su legislación y políticas públicas, para el ejercicio de sus derechos en condiciones de equidad, dignidad y seguridad, de acuerdo a los principios constitucionales de igualdad, no discriminación y de garantía de un medio ambiente adecuado y sano en el cual las mujeres puedan desarrollarse y vivir con seguridad.

En Oaxaca, el Instituto de la Mujer Oaxaqueña presentó una iniciativa de Ley que aún no se discute en Comisiones del Congreso local, e incluso la mayoría de las y los legisladores no la conocen. La Coordinadora de Mujeres Oaxaqueñas denuncia que el Congreso, al ser omiso, ha permitido y potenciado la violencia contra las mujeres.

En San Luis Potosí, el pasado 17 de julio, aprobaron por unanimidad en el Congreso del estado la nueva Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la cual entrará en vigor en un plazo no mayor a 30 días.

En tanto, el Congreso del estado de Sinaloa aprobó el 26 de julio por unanimidad la Ley para la Igualdad y el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

En Tabasco, la Fracción Parlamentaria del PRD presentó una propuesta de Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y se encuentra en Comisiones. Informa el Congreso que a mediados de agosto habrá un foro que dará a conocer el proyecto de ley. Actualmente la legislatura está en receso.

Tamaulipas, ya cuenta con Ley estatal, mientras que en Tlaxcala no se ha presentado formalmente ninguna iniciativa de Ley en el Congreso local.

De Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Coahuila, Colima, Durango, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Sonora, Veracruz, Yucatán, Zacatecas, no existe información alguna que indique que al menos hay un proyecto de ley en discusión con la sociedad civil o al interior de sus Congresos, abunda el documento presentado por Bedolla.

SIN REGLAMENTO

De igual forma, la activista agregó que otro de los términos no cumplidos es el que se encuentra en el Artículo segundo de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el cual dice: «El Ejecutivo Federal emitirá el Reglamento de la ley dentro de los 90 días siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto».

Este, dice Bedolla, es un término no cumplido. Y por petición escrita, el Observatorio Ciudadano del Feminicidio preguntó sobre el Reglamento, pero la respuesta del Ejecutivo fue textualmente la siguiente, «la información por usted solicitada no es posible ponerla a su disposición ya que se encuentra clasificada como reservada debido a que se trata de un proyecto que se encuentra en proceso deliberativo».

Hoy, hasta un proyecto de reglamento de orden administrativo es información reservada, cuando las y los legisladores tienen la obligación de publicar los proyectos de ley que se presentan a la Asamblea, dijo Bedolla. «Es lamentable ver cómo desde el Ejecutivo Federal se incumple con el mandato de una Ley aprobada por nuestra máxima soberanía legislativa».

Por ello, concluye, desde el Observatorio Ciudadano del Feminicidio hacemos un exhorto al Ejecutivo Federal y a los Congresos, Gobernadores y quien tenga en sus respectivos estados el derecho a iniciativa para que cumplan con nuestro Estado de Derecho.

07/GT/GG

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