Inicio Urge delimitar jornada y labores de trabajadoras del hogar

Urge delimitar jornada y labores de trabajadoras del hogar

Por María de la Luz Tesoro

El trabajo doméstico debe ser revalorado debido a que se trata de un asunto relacionado con el combate a la desigualdad y discriminación hacia las mujeres. Aún cuando la Ley Federal del Trabajo reconoce la existencia del «trabajo doméstico» como «asalariado»; en los hechos no hay respeto a la jornada laboral, salario mínimo profesional, ni prestaciones económicas, como aguinaldo o liquidación de ley.

Así lo expresó la diputada Leticia Quezada Contreras, al presentar un Punto de Acuerdo de urgente y obvia resolución, en el que se exhorta al H. Congreso de la Unión para que dentro de sus atribuciones analice, reforme y actualice el marco legal por el que se rigen las relaciones laborales de las y los trabajadores del hogar, que se encuentra regulado en el Capítulo XIII del Título Sexto de la Ley Federal del Trabajo.

Ante las y los integrantes de la Diputación Permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, IV Legislatura, Quezada Contreras agregó que si los derechos básicos de una trabajadora del hogar no son respetados, menos se reconoce el riesgo de trabajo, ni los derechos de pensión o jubilación por cesantía o vejez.

«Ni qué hablar de la seguridad social, de la que todo trabajador debe gozar. En el caso de las trabajadoras del hogar es inexistente, ya que no son incorporadas al régimen del IMSS o algún otro sistema público o privado de seguridad social; menos podríamos hablar de los derechos derivados de la maternidad, tales como horas para la lactancia, guardería», señaló.

La presidenta de la Comisión de Equidad y Género de la Asamblea Legislativa de Distrito Federal citó como antecedente que el trabajo doméstico se encuentra protegido como una garantía individual en el Artículo 5 Constitucional, derivado de su licitud, pero en los hechos esa actividad doméstica es considerada degradante o denigrante.

Leticia Quezada señaló que el trabajo en el hogar está estereotipado como una actividad exclusivamente de las mujeres, delegándose en las madres, hijas o hermanas, pero la discriminación es aún más profunda cuando esta actividad es menospreciada, al ser considerada ínfima, «cosa de viejas».

Peor aún, continuó, cuando el trabajo del hogar es remunerado y lo realiza una mujer migrante o una mujer sin instrucción académica, se le denomina con apelativos que la denigran en su integridad personal. También destacó que la marginación que conlleva la necesidad económica de los migrantes del campo o simplemente de la falta de oportunidades en las grandes ciudades ha ocasionado relaciones laborales informales, en los que el patrón comete abusos laborales respecto a sus empleadas o empleados.

La legisladora perredista acotó que, de acuerdo al Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), en el 2005, el trabajo doméstico remunerado era de 1 millón 783 mil 722 personas, de las cuales el 91.4 por ciento eran mujeres, con grado de escolaridad de primaria; edad promedio de 38 años; y una de cada cuatro son jefas de familia.

Luego, inquirió a las y los integrantes de la Diputación Permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal: ¿cuál es la situación de excepción por la que estas trabajadoras no pueden ser reconocidas en sus derechos plenamente? ¿Por qué se permite que sean agraviadas sistemáticamente?

Quezada Contreras subrayó la imperiosa necesidad de que el trabajo del hogar renumerado sea redimensionado y revalorado. Es facultad exclusiva ?sostuvo- del Congreso de la Unión legislar en materia del Trabajo.

Por ende, la necesidad de conminar al Poder Legislativo Federal para que legisle a partir de la denominación del capítulo relativo al trabajo doméstico para ser considerado trabajo del hogar (concepto que es muchísimo más humano y amplio); aclarar el concepto que establece el Artículo 331 para que la materia de trabajo quede debidamente delimitada, y no existan abusos laborales por parte del patrón derivados de la interpretación que puede existir en relación con los términos «aseo y asistencia».

Asimismo, la integrante del grupo parlamentario del PRD en la ALDF pidió que se fije un salario mínimo profesional, lo que traería aparejados múltiples beneficios sobre todo en materia de seguridad social y en relación con el cómputo de las horas devengadas; el reconocimiento de las modalidades que tiene el trabajo del hogar, tales como: por horas, por día, por obra determinada o «de planta».

Y exigió la incorporación de nuevos conceptos de obligación patronal consistente en brindar un ambiente sano y libre de riesgos, de violencia en cualquiera de sus formas, abuso y hostigamiento sexual; así como medidas de seguridad e higiene propias de las labores que se desarrollan, otorgar ropa de trabajo adecuada a la labor, proporcionar habitación digna y alimentación adecuada (en la modalidad de trabajadora de planta) y establecer sanciones con motivo del incumplimiento de las obligaciones patronales.

Para concluir su intervención, la presidenta de la Comisión de Equidad y Género de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal subrayó que combatir la desigualdad y erradicar la discriminación por cualquiera de sus formas es un mandato suscrito a través de diversos compromisos internacionales y de las Leyes vigentes.

07/MLT/GG

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