La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) se negó a exhortar a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) que investigue las agresiones crecientes hacia las trabajadoras de intendencia despedidas del Instituto de Educación Media Superior (IEMS).
Así lo informaron las trabajadoras en un comunicado, en donde advierten que no desmontarán el plantón que mantienen afuera de la Preparatoria 2, en Iztapalapa, y continuarán difundiendo sus demandas por ser recontratadas por el IEMS, pese a que este mes dicho plantón fue allanado por tercera vez y a que la CDHDF no llamó a la autoridad judicial a indagar las agresiones.
Las trabajadoras fueron despedidas desde enero de 2016, bajo el argumento de que fue la empresa ROCMAN la que hizo el contrato y no el Instituto, por lo que buscan ser recontratadas y reconocidas por IEMS como trabajadoras de la institución.
SOLICITUD DENEGADA
Desde finales de enero, afirman, han aumentado los actos de vigilancia hacia ellas y al plantón por parte de personas con uniformes de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) de la Ciudad de México y civiles, así como el hostigamiento, con actos como dos allanamientos a su plantón el 10 y 11 de marzo.
Por eso, el 13 de marzo, las mujeres despedidas y las organizaciones que acompañan su caso, el Comité Cerezo México y Acción Urgente para Defensores de los Derechos Humanos A.C. (ACUDDEH), solicitaron a la CDHDF la emisión de medidas precautorias para garantizar su seguridad.
Sin embargo, tras reunirse con la Quinta Visitaduría de la CDHDF el 21 de marzo, un día después de que su plantón fuera allanado, robado y se cortara una de las lonas que lo mantiene, la instancia dijo que no pediría a la PGJDF que investigue la agresión.
Afirman que el jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera; la secretaria de Gobierno, Patricia Mercado, y el subsecretario de Gobierno, Guillermo Orozco Loreto, están enterados de las medidas que solicitaron y de sus exigencias ante la constante violencia que han vivido durante los últimos meses, pues así se los dieron a conocer en un documento que entregaron en la Oficialía de Partes del edificio de Gobierno de la Ciudad de México el pasado 16 de marzo.
En ese documento se pidió a las autoridades capitalinas que la SSP les otorgue un código ciudadano a las trabajadoras con el que se salvaguarde su seguridad física y las pertenencias del plantón.
Las trabajadoras denunciaron que las agresiones “intentan lograr el aislamiento de las trabajadoras y quitarles un lugar que les ha sido incomodo a las autoridades de la Ciudad de México durante ya un año y tres meses”.
Durante una conferencia de prensa realizada el martes pasado en el Centro Nacional de Comunicación Social (CENCOS) el defensor de derechos humanos e integrante del Comité Cerezo, Alejandro Cerezo advirtió: "Hacemos responsable a las autoridades capitalinas de la integridad física y psicológica de las trabajadoras".
Las trabajadoras no desmontarán el plantón y continuarán difundiendo sus demandas por ser recontratadas por el IEMS. Para eso, continuarán realizando actividades culturales, como la que está programada para el 31 de marzo, cuando la defensora de derechos humanos, María Atilano Uriarte, presente su libro “Tradoc: la esperanza obrera” en el plantón que mantienen frente al plantel Iztapalapa 2 a las 17:00 horas.
17/MMAE/GG
marzo 2017
Como corresponde a sus obligaciones legales, la Fiscalía General del Estado de Veracruz, informó anoche en un comunicado que no comparte los criterios del Juez que emitió el amparo de Diego “N”; por lo que “presentará recurso y ejercerá facultades que le confiere la Ley, para evitar impunidad”.
Esto, a unas horas de que se dio a conocer que el juez Anuar González Hemadi consideró que no había elementos suficientes para dejarlo en prisión sujeto a proceso por acusaciones de pederastia en pandilla contra Daphne.
González Hemadi, juez Tercero de Distrito del Séptimo Circuito con sede en Veracruz, concedió el amparo “liso y llano” a favor del agresor de Daphne, el cual, junto con otros tres jóvenes, en enero de 2015, participó abusando y vejando de distintas maneras a la víctima, entonces menor de edad.
El agresor Diego “N”, al conocerse las órdenes de aprehensión giradas contra tres de los cuatro señalados, huyó del país a España en donde fue localizado por la Interpol y extraditado a México. La justicia mexicana rechazó la apelación que interpuso el agresor para ser juzgado en el país y alegó inocencia.
La Fiscalía de Veracruz señala en su comunicado de ayer, en respuesta a la posible liberación de Diego “N”, uno de los llamados en redes sociales “Porky de Costa de Oro”, lo siguiente: “Desestimando con tal determinación los agravios que le eran atribuidos al indiciado y dejando vulnerables los derechos de una víctima atacada sexualmente, que en el momento de los hechos, era menor de edad, la Fiscalía General del Estado (FGE), difiere de manera contundente del criterio aplicado por la citada autoridad”.
En su último párrafo, la Fiscalía General del Estado de Veracruz dice que respeta, pero no comparte el criterio del juez, por lo que buscará por las vías legales actuar con todos los recursos y facultades contempladas por la Ley, a fin de que no tenga lugar impunidad y defender los derechos de la víctima, para lo cual se dará vista a un tribunal de Alzada.
17/SS/GG
La defensora egipcia de los derechos de las mujeres, Mozn Hassan, quien tiene prohibido dejar su país y se enfrenta a la posibilidad de ser condenada a 25 años de cárcel, recibió el sábado 25 de marzo, el Premio Right Livelihood en una ceremonia privada en El Cairo.
En 2016, Mozn Hassan y su organización “Nazra para estudios feministas” fueron distinguidas con el premio sueco, más conocido como “Nobel Alternativo”, “por afirmar la igualdad y los derechos de las mujeres en un contexto en el que son objeto de continua violencia, abuso y discriminación”.
Sin embargo, Hassan no pudo asistir a la ceremonia de premiación en Estocolmo el pasado mes de noviembre debido a la prohibición de viajar que las autoridades egipcias impusieron sobre ella y otros destacados activistas. Asimismo, su patrimonio y el de Nazra fueron congelados como parte de una investigación en curso dirigida a varias ONG egipcias que recibieron financiamiento externo.
En su discurso de aceptación del premio, Hassan declaró: “La decisión de la Fundación Right Livelihood Award de celebrar esta ceremonia en El Cairo es realmente significativa, ya que demuestra que el aprecio y la solidaridad pueden alcanzarte pese a las restricciones para viajar. Hoy en día, sentimos que el trabajo de las feministas egipcias, especialmente después de 2011, es visto y valorado por diferentes actores en todo el mundo”.
La ceremonia, celebrada a bordo de “Le Pacha”, contó con la asistencia de 150 personas, en los que asistieron líderes de la sociedad civil egipcia, y componentes del parlamento europeo y egipcio.
Al presentar el premio, la presidenta de la Fundación Right Livelihood Award, Monika Griefahn, dijo: “Mozn Hassan y ‘Nazra para estudios feministas’ son la expresión más actual de una larga línea de líderes del movimiento feminista egipcio, que ha desempeñado un papel muy importante en la configuración del progreso de la nación hacia la igualdad de género".
“Las actuales sanciones contra Mozn Hassan y Nazra no sólo son injustas, sino que además interfieren en su importante misión de fortalecer a las mujeres en Egipto y en toda la región del Medio Oriente”, agregó Griefahn, que pidió que los cargos contra Mozn Hassan sean eliminados.
Como oradora en la ceremonia, Lynn Boylan, integrante del Parlamento Europeo en representación del partido Sinn Féin, dijo: “En todo el mundo ocurre que quienes se sienten amenazados por mujeres fuertes tratan de minimizarlas e insultarlas. Sin embargo el feminismo nunca podrá ser derrotado porque cada generación seguirá produciendo mujeres fuertes y valientes hasta que logremos la plena igualdad de género”.
A su turno, Cecilia Magnusson, miembro del Parlamento sueco, dijo: “Todavía hay asignaturas pendientes en Suecia en materia de igualdad, pero es importante que acompañemos a aquellas personas que luchan en países donde todavía hay mucho por hacer”.
Para Bärbel Höhn, representante del Bundestag alemán: “También hemos tenido que luchar duro por nuestros derechos en Alemania. Se necesitó un cambio en la sociedad, un cambio en la mente de los hombres, que no estaban dispuestos a renunciar a su poder. Pero es un hecho: una sociedad que no valora las habilidades de la mitad de su ciudadanía, las mujeres, es una sociedad que no puede alcanzar los mejores resultados y está desperdiciando oportunidades”.
Mozn Hassan y la organización Nazra son las terceras premiadas de Egipto, tras la iniciativa de desarrollo SEKEM impulsada por Ibrahim Abouleish y Hassan Fathy, conocido como “el arquitecto de los pobres” y galardonado en la edición inaugural del Premio Right Livelihood, en 1980.
“NAZRA PARA ESTUDIOS FEMINISTAS”
Mozn Hassan fundó “Nazra para estudios feministas” en 2007. Durante la revolución egipcia de 2011, Nazra documentó una alarmante cantidad de agresiones sexuales contra las mujeres que participaban en las protestas en la Plaza Tahrir, y ayudó a coordinar el apoyo a las sobrevivientes.
Como parte de una coalición de grupos feministas, Nazra presionó para que los derechos de las mujeres fueran incluidos en la Constitución de 2014 y el Código Penal de Egipto. Exitosamente también promovieron la creación de una unidad especial de la policía egipcia dedicada a combatir la violencia contra las mujeres.
A través de las Academias de Participación Política de Mujeres, ellas capacitan a las mujeres para que asuman cargos electivos, desde los colegios profesionales al parlamento.
Desde mayo de 2016, una orden de la Fiscalía General Egipcia impide a Mozn Hassan salir del país. En enero de 2017, su patrimonio y el de Nazra fueron congelados bajo el Caso 173 de 2011, comúnmente conocido como “financiación extranjera de ONG”. De ser condenada, enfrenta una pena de hasta 25 años de prisión. Tres relatores especiales de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos han condenado estas arbitrarias medidas.
RIGHT LIVELIHOOD AWARD
Right Livelihood fue creado en 1980 para honrar y apoyar a organizaciones y personas valientes que proponen soluciones visionarias y ejemplares a las causas profundas de los problemas globales. Conocido también como “Premio Nobel Alternativo”, lo han recibido hasta la fecha 166 personas y organizaciones a lo largo de 68 países. Además de la entrega anual del galardón, la Fundación Right Livelihood Award apoya el trabajo de las y los laureados, en particular de aquellos que corren peligro debido a la naturaleza de sus actividades.
17/RED/GG
Yucatán: asesinato de Emma Gabriela debe investigarse como feminicidio
Ayer en Mérida, Yucatán, Emma Gabriela Molina Canto, defensora yucateca, quien por más de 5 años defendió su derecho a una vida libre de violencia y pugnó por obtener la sentencia de sus hijas e hijo, fue asesinada afuera de su casa, por dos sujetos que la estaban esperando.
Ante ese crimen, el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres (Cladem), red de organizaciones y personas que defienden los derechos de las mujeres, con presencia en 15 países y en 9 estados del país, exigieron al gobierno de Yucatán que el caso de Emma Gabriela sea investigado bajo los parámetros de implementación del Protocolo de Actuación de Feminicidio.
Emma Gabriela era una defensora, trabajadora, madre amorosa y sobreviviente de violencia, ya que el padre de sus hijas e hijo, Alberto Medina, un ex funcionario del gobierno de Tabasco vulneró la integridad física y psicológica de Emma con actos de violencia. Esto la llevó a tomar la decisión de separarse él. Y este, en represalia, sustrajo de su casa a sus hijas e hijo, menores de edad, con violencia.
Alberto Medina, quien tiene acusaciones de corrupción, lavado de dinero y de tener vínculos con el narcotráfico, acosó, amenazó e intimidó a Emma Gabriela para impedirle que se quedara con la custodia de sus hijas e hijo. En un caso extremo, promovió el encarcelamiento de la madre de sus hijas e hijo y el de su madre, Ligia Canto, por delitos que no cometieron, en diferentes entidades del país.
Su caso, señala Cladem, evidencia los obstáculos y dificultades que enfrentan las mujeres víctimas de violencia cuando sus parejas son políticas, tienen recursos económicos y están vinculados a redes de delincuencia organizada.
Señala el Comité que las autoridades federales y del gobierno local, a lo largo de los 5 años de lucha por la custodia de sus hijas e hijo, no proporcionaron medidas de protección, a pesar del riesgo evidente en el que se encontraba Emma Gabriela, no obstante que éstas fueron solicitadas debido a las amenazas, intimidaciones, persecución judicial y armado de expedientes falsos de la que fue objeto.
Emma enfrentó, incluso, su encarcelamiento y la detención ilegal de su madre Ligia Canto, quien, junto con Emma Gabriela luchó en todo momento porque a su hija se le hiciera justicia y sus nietas y nieto estuvieran con su madre.
Ambas, madre e hija, afirma Cladem, se convirtieron en defensoras de sus derechos ante un estado yucateco omiso y negligente.
Ayer en Mérida, Yucatán, Emma Gabriela fue asesinada afuera de su casa, por lo que Cladem demanda la actuación de las autoridades del gobierno de Yucatán para garantizar la integridad de Ligia Canto y de las hijas e hijo de Emma Gabriela.
LA CNDH PIDE MEDIDAS CAUTELARES
En tanto, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) condenó enérgicamente el asesinato y exhortó a las autoridades competentes del estado de Yucatán, “para que lleven a cabo con la debida diligencia su labor de procuración e impartición de justicia”.
En un comunicado, la Comisión informó que dirigió medidas cautelares a la Secretaría de Gobierno y a la Fiscalía General del estado para que lleven a cabo las acciones necesarias para salvaguardar la vida e integridad personal de la madre e hijos de la víctima.
Asimismo, recordó que el 31 de octubre del año 2014, emitió la Recomendación 54/2014, en la cual acreditó violaciones a los Derechos Humanos de Emma Gabriela Molina Canto, de su madre, Ligia Canto, y de sus hijos.
Entre éstas destaca la violación a los derechos de las víctimas a la legalidad, seguridad jurídica, acceso a la justicia, trato digno y el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia.
Precisó que hasta el día de hoy, las autoridades a quienes se dirigió la recomendación no la han cumplido y la Procuraduría General de la República ha atendido solamente 3 de las 5 recomendaciones específicas.
En lo que respecta al gobierno de la Ciudad de México y el de Tabasco, dice el comunicado, tampoco han cumplido las 5 recomendaciones específicas que se le dirigieron.
“En el particular, la Recomendación 54/2014 fue aceptada y se encuentra con pruebas de cumplimiento parcial, es decir no ha sido totalmente cumplida, por lo que este Organismo Nacional destaca que el incumplimiento de las recomendaciones puede generar graves consecuencias para las víctimas”, dice la CNDH en su comunicado.
17/RED
Una burla exculpar a pederasta de Veracruz, dice familia de Daphne
Aludiendo presuntos vicios en el proceso penal que sigue la fiscalía de Veracruz, el Poder Judicial Federal otorgó un amparo a Diego Gabriel Cruz Alonso por lo que podría ser puesto en libertad en un plazo no mayor a 3 meses. La noticia ha provocado que el padre de la víctima, Javier Fernández califique como “una burla” o insultante” el hecho.
Cruz Alonso está implicado en un delito de pederastia tumultuaria en agravio de Daphne Fernández, en enero 2015, por lo cual, en 2016, tras girarle orden de aprehensión a él y otros tres jóvenes a quienes en redes sociales apodaron “Los Porkys”, huyó a España donde fue detenido hacia finales del año; fue extraditado recientemente y se encuentra en reclusión.
Su abogado promovió un Juicio de amparo número 159/2017 y fue el Juez Tercero de Distrito del estado de Veracruz, Anuar González Hemadi, quien lo otorgó a favor de Diego Gabriel “N”, por considerar que la pederastia no quedó demostrada.
El juez consideró que el delito de pederastia que se le imputó a Cruz no quedó fehacientemente demostrado, por lo cual ordena su libertad.
De acuerdo con los autos, la sentencia admite recurso de revisión, pero con la ley de amparo en vigor debe ejecutarse el amparo, es decir poner en libertad a Diego Gabriel Cruz Alonso aún y cuando se impugne la revisión, ello por tratarse de delitos graves.
La sentencia dice: “tenor de los medios de prueba existentes, no se encuentra acreditada la totalidad de los elementos del delito de pederastia que se atribuye al quejoso”.
Agrega además que “no se encuentra demostrado fehacientemente el abuso sexual de dicha menor a que alude la figura delictiva”, lo que impide declarar constitucionalmente el auto de formal prisión del 23 de enero del 2017.
De acuerdo con el juez, al tratarse de delitos de carácter sexual, el abuso consiste en una acción dolosa con sentido lascivo que se ejecuta sobre el sujeto pasivo, sin tener en consideración el número de tocamientos o roces que se hayan realizado, “de tal manera que un roce o frotamiento incidental no serían considerados como sexuales, de no presentarse el elemento intencional de satisfacer un deseo sexual a costas del pasivo”.
En su sentencia, el juez dice hallar contradicciones entre los testigos, aunque la mayoría de ellos que estuvieron presentes para corroborar los hechos imputados en el automóvil a donde la víctima señala fue subida por la fuerza y luego en la casa donde presuntamente se dio el ataque sexual en enero 2015.
Dice la sentencia: “Toda vez que la autoridad investigadora no aportó medios probatorios de los que se desprendan la totalidad de los elementos del delito de análisis, se encuentra ante la insuficiencia de pruebas, por lo que se concluye no se acredita el primer y último de los elementos del ilícito de pederastia, esto es el abuso sexual y la indefensión de la víctima”.
LOS OTROS PEDERASTAS
El primer indiciado en el caso y que está en prisión es Enrique Capitaine, detenido en mayo 2016 en Torreón, Coahuila, quien se encuentra esperando sentencia en el penal de Amatlán de los Reyes, en la zona Centro del estado de Veracruz.
Existe un tercer imputado: Jorge Cazarín Cotaita, evadido de la acción de la justicia desde que se enteró de su orden de aprehensión; el padre de Daphne dijo que apelará dicho amparo de Diego Gabriel Cruz Alonso.
17/SS/GG
Profesionales de los centros afectados en Castilla La Mancha volvieron a solicitar que sus clínicas sean consideradas como lo que son “centros médicos” de atención integral a las mujeres en el ámbito de la Salud Sexual y Reproductiva, donde además se realizan abortos legitimados por la ley.
En consecuencia, piden que cuenten con el mismo nivel de protección que cualquier centro sanitario u hospitalario, porque es absolutamente inadmisible que las mujeres sean coaccionadas y las personas profesionales amenazadas en el libre ejercicio de esta prestación sanitaria. Algo que sería impensable en cualquier otra intervención médica, tal y como le han recordado desde la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo (ACAI), a la Directora Gerente del Servicio de Salud Castilla La Mancha (SESCAM). Un acoso que se está convirtiendo en “práctica general”, extendiéndose a otros puntos de nuestro país.
ACAI quiere recordar que distintos países de nuestro entorno ya están tomando medidas contra las coacciones que las mujeres y profesionales sufren a las puertas de los centros sanitarios de IVE. En este sentido, “solicitamos a las autoridades y a los partidos políticos que sigan el ejemplo de sus homólogos europeos y aborden una situación que llevan años desoyendo”.
EJEMPLOS DE PROTECCIÓN
Entre la normativa, legislación y sentencias que han sentado jurisprudencia en el contexto europeo, la organización destaca las siguientes, “con el deseo expreso de que sirvan de modelo a nuestros políticos y autoridades”:
Ley francesa de 27 de enero de 1993, conocida como Lei Neiertz por la que se crea el delito de “obstaculización al aborto voluntario” sancionando con penas de cárcel de dos meses a dos años y multas de 2 mil a 30 mil francos.
Sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo de Munich (Baviera-Alemania)-mayo 2016. Serán consideradas actuaciones ilegales en el entorno de los centros de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE): el acoso a la mujer, el abordaje grosero, la utilización de imágenes de fetos, figuras y objetos similares.
Sentencia del Tribunal de lo Contenciosos Administrativo de Baden-Wüttemberg (año 2012). Se sentencia que “el consejo en la acera o en la calle” (término utilizado por los antielección alemanes) por parte de desconocidos/as se realiza ante mujeres vulnerables, en una difícil situación psíquica y personal que vulnera sus derechos personales y su intimidad.
También establece la sentencia que los derechos de la mujer tienen prioridad sobre el derecho de los manifestantes a la libre expresión, quienes en todo caso pueden manifestar su opinión en cualquier otro lugar.
Las manifestaciones públicas no se dirigen a ninguna persona concreta, dice el Tribunal, lo que en este caso si ocurre, ya que se dirige a mujeres concretas que van a entrar a un centro médico y delante de numerosos peatones que son testigos de los hechos. Establece asimismo la sentencia que los derechos personales de la mujer tienen prioridad sobre la libertad religiosa de los manifestantes.
Sentencia del Tribunal Supremo del Land Graz en Austria, septiembre 2015, por la que se condena a dos hombres y a dos mujeres, pertenecientes a dos organizaciones antiabortistas, por acosar durante un año a las mujeres que acudían a la clínica de un médico donde se realizaban abortos. Se afirma que la libertad de expresión no es compatible con el acoso al que sometían a las mujeres abordándolas y enseñándoles embriones de plástico y rosarios, intentando hacerles desistir de su decisión de abortar.
Se menciona expresamente al médico, cuya vida habría sido gravemente condicionada por las prácticas de los acusados. La sentencia creo un clima favorable en casos similares al tiempo que está promoviendo una ley federal sobre la materia.
La modificación de la Ley de Seguridad del Estado de Viena en abril de 2005, otorga a las fuerzas de Seguridad la competencia para ordenar a los acosadores el alejamiento inmediato de los sitios en los que actúan.
Ley que regula la protección de la vida comunitaria local-competencia policial” Viena- 14 de agosto de 2013. Párrafo 3 que regula el Artículo 3. Los órganos públicos de seguridad pueden ordenar la suspensión de actuaciones inadecuadas en caso de que los sujetos acosen de forma intolerable a personas que se acercan a establecimientos sociales o sanitarios o cuando las presionan psíquicamente hablándoles insistentemente o dándoles (o intentando darles) objetos.
En Australia, Canadá, Sudáfrica y Estados Unidos existen en ciertas circunscripciones “zonas tampón” donde están prohibidas las manifestaciones de acoso que obstaculicen el libre acceso a las clínicas de aborto o centros de planificación familiar.
17/RED
Belén, absuelta gracias al imparable movimiento de mujeres
La Corte Suprema de Justicia Tucumán resolvió ayer por unanimidad dejar sin efecto la condena que pesaba sobre la joven Belén**, quien sufrió un aborto espontáneo en el hospital Avellaneda el 21 de abril de 2014. La abogada Soledad Deza cuenta cómo fue el camino desde ese día hasta su liberación, qué representa el caso y qué absolvió a Belén: “Tenemos un movimiento de mujeres imparable”, dice.
El 13 de abril de 2016 Soledad Deza recibió una llamada. Una mujer a la que nunca conoció, le contaba que una chica estaba acusada de aborto y homicidio. Tres días después fue a la cárcel intentando dar con ella. No le permitieron entrar, necesitaba autorización de Belén y ella no la conocía. Le dio una tarjeta a la oficial que estaba de guardia y le pidió que se la entregue. Esa misma tarde la madre de Belén la llamó.
En el libro “Libertad para Belén. Grito Nacional”, Soledad Deza, su abogada, e integrante de Católicas por el Derecho a Decidir, relata su primer encuentro. Fue la mañana lluviosa y fría del 17 de abril y duró tres horas que parecieron fugaces. Soledad escribe: “Me cuenta que está presa desde hace más de dos años y que los médicos dijeron cosas horribles de ella el jueves pasado en el “juicio”. Que la acusaban de cosas que ella no había hecho. Vuelve a llorar: ‘¿Cómo van a pensar que yo hice algo así?’. Yo le agarro la mano y lloramos las dos. Le pregunto qué pruebas hay. Me mira sorprendida y me contesta que nunca vio su causa. Que nunca leyó un escrito de su expediente. Solo vio una vez a su abogada defensora de oficio y que la recuerda mal, le pedía que se haga cargo de lo que había hecho. Me cuenta que le pidió que se fuera”.
Antes que Deza, Belén había tenido tres abogados: Walter Frías Barrera, Abraham Musi -quien dejó su defensa unos días antes del juicio dado que la familia había juntado 7 mil 500 de los 20 mil pesos argentinos de sus honorarios, poco más de 24 mil pesos mexicanos- y la defensora oficial Norma Bulacios. Cuando Soledad se fue del penal tras ese primer encuentro se llevó en el cuerpo dos preguntas “¿Qué pasa con la relación abogado-cliente? ¿En qué momento asumimos que los operadores del derecho pueden deshumanizarse y eso no está mal?
EN PRIMERA PERSONA
La madrugada del 21 de marzo de 2014 Belén llegó junto a su madre al Hospital de Clínicas Presidente Dr. Nicolás Avellaneda, en Tucumán con dolor de panza. En una entrevista relató detalladamente esa noche: “Me atendió la doctora de la guardia, me inyectó un calmante. No me revisó. De ahí me fui al baño. No tardé media hora como dicen. Fui y volví en 5 minutos. Me pusieron suero. Me acosté en una camilla. Tenía frío. Me dan una frazadita. A eso de las 6:30 me levanto. Creo que me hice pis, le dije a mi mamá. Estaba con sangre. Me llevan a la sala de parto. Me dice el doctor Martín que me quede tranquila, que estaba teniendo un aborto espontáneo”.
En su libro, Soledad propone otra forma de contar el caso de Belén, en números. Algunos de ellos, reveladores: “Fue al baño unos minutos, 5 minutos dice una enfermera. Le llevó otros 5 minutos que sus médicos la acusen de haberse provocado un aborto. Solo 6 minutos después de que le hicieran el legrado ya estaba “aprehendida” en la cama del hospital. Despertó con 5 policías que la custodiaban. Dos fueron las psicólogas que pidieron que esa custodia fuera –por lo menos- femenina. En solo unas 5 horas más estaba detenida por “aborto seguido de presunto homicidio”. Cuatro días después le dieron el alta y salió directamente presa al Penal Santa Ester. Llevando 5 días presa el fiscal le imputó un “homicidio agravado por el vínculo”, un día antes de que haya una autopsia. Un mes es el tiempo que demoró la fiscalía en pedir un ADN. Cero es el número de estudios genéticos que se hicieron para probar la acusación”.
CONDENA MORAL, NO JURÍDICA
El 19 de abril del 2016 fue condenada a ocho años de prisión por “homicidio agravado por el vínculo mediando circunstancias extraordinarias de atenuación” por los jueces Dante Julio José Ibáñez, Néstor Rafael Macoritto y Fabián Adolfo Fradejas de la Sala III de la Cámara Penal de Tucumán. Belén pasó dos años, cuatro meses y veintitrés días encerrada por un aborto espontáneo. Fueron en total ochocientos ochenta y un días hasta que recuperó su libertad, tras orden de la Corte Suprema de la provincia. Su abogada analiza: “Las pruebas de la inocencia de Belén estuvieron desde aquel 21 de marzo que a ella se le inicia la causa, yo no aporté ninguna prueba, lo único que hice es leer el expediente”.
Si las pruebas que la liberaron ya estaban, ¿qué la condenó? Deza es contundente: “La condena de Belén fue moral antes que jurídica” y sigue: “La cosmovisión moral de los anti derechos, la que asocia en el imaginario el aborto con un crimen en cualquier caso y lo digiere como un asesinato, como un homicidio, y por eso la mujer que aborta es una homicida, esa cosmovisión moral es la que llevó al fiscal a acusar sin pruebas, la que llevó a la defensa oficial a no defender a su cliente y la que finalmente llevó a la Cámara a condenar. Los anti derechos hablaron a través de los operadores de la salud, de la policía metida en un hospital público recabando pruebas y del poder judicial armando una causa que fue más producto de una condena moral que de la recolección legal de pruebas para justificar una condena”.
LAS QUE MENOS TIENEN
Belén tenía 25 años cuando llegó al hospital, vivía con sus padres y era la única de sus hermanos que había terminado el secundario. Su caso grafica a qué mujeres la justicia criminaliza. “Es un punto de partida de mucha desigualdad en el que se para ella frente a los operadores de la salud que la maltratan, frente a la policía que la criminaliza y frente al poder judicial que abusa de su poder. Es un punto de partida sumamente desaventajado el de Belén y eso creo que es uno de los sesgos más violentos de la justicia patriarcal, que se ensaña en estos casos con los sectores más vulnerables”.
Maria Galindo, feminista boliviana y una de las fundadoras de Mujeres Creando, en su libro “¡A despatriarcar!” define: “Cuando hablamos de patriarcado, estamos hablando de la base donde se sustentan todas las opresiones, es un conjunto complejo de jerarquías sociales expresadas en relaciones económicas, culturales, religiosas, militares, simbólicas cotidianas e históricas” El entramado completo de esas relaciones cayó con violencia sobre el cuerpo de Belén.
Soledad enumera: “Hablando solo del poder judicial: hay un fiscal que debería haber archivado la denuncia hecha por los médicos porque esa denuncia era nula, no solo no archivó sino que lleva adelante una investigación y finalmente fue quien pide su detención, pide su prisión preventiva y eleva el juicio por homicidio agravado por el vínculo. Después tenemos una jueza mujer que es la que hace lugar a la prisión preventiva sin que el encarcelamiento preventivo de Belén reúna los estándares internacionales. Luego tenemos una defensa oficial que es funcional a la acusación. Finalmente tenemos una Cámara que la condena sin fundamentos y en base a prejuicios según los reconoce, también, el dictamen del ministro fiscal”.
Edmundo Jesús Jiménez, Ministro Fiscal de Tucumán, mediante dictamen consideró que el fallo que condenó a Belén a ocho años por “homicidio agravado por el vínculo” es “arbitrario y, por ende, nulo”.
Soledad sigue: “Tienes cuatro áreas distintas del Poder Judicial que, cada una desde sus lugares, revictimizaron a una mujer que venía torturada del sector de la salud. Belén sufrió violencia obstétrica pero además sufrió tortura. Se la sometió a interrogatorios incriminatorios, se le hizo entrar policía a la sala de parto, estuvo detenida cuando estuvo internada con custodia policial en una sala de partos comunitarias. Una mujer víctima de violencia en la salud es revictimizada desde el Poder Judicial, desde todos sus espacios de poder”.
DAR VUELTA LA HISTORIA
Para revertir la condena de Belén, Soledad presentó el 13 de mayo un Recurso de Casación, herramienta por la cual se pide a la Corte que revise la sentencia. En la segunda parte de su libro Deza presenta extractos de los argumentos para que sirvan como herramienta en el futuro.
El jueves 18 de agosto de 2016 tras orden de la Corte Suprema de Tucumán Belén recuperó su libertad. Soledad explica: “lo que hizo la Corte al reconocerle la libertad fue decir: discúlpenme, señoras y señores judiciales, pero nunca estuvieron dadas las condiciones para que Belén este encarcelada preventivamente, denle inmediatamente la libertad. Lo que hizo es adecuar la situación de Belén a los estándares nacionales e internacionales de privación de la libertad”.
Continúa: “Hasta acá analizó de forma ajustada con los derechos humanos el proceso en el cual a Belén se la privó preventivamente de su libertad y dijo: no fue ajustado a derecho porque no estaban dados los requisitos de peligro de fuga ni de peligro de entorpecer la investigación”. Desde ese día, la Corte Suprema de Tucumán tenía 90 días hábiles para librar, o no, de culpa y cargo a Belén. Esos 90 días vencieron el viernes 2 de diciembre de 2016. La absolución finalmente llegó hoy 27 de marzo de 2017.
Deza analiza: “La demora en el Poder Judicial es un problema en todos los procesos, no solamente en el de Belén, lo que ocurre es que me parece que no advirtieron que ese era un caso fuera de lo común. Es un caso en el que han puesto la mirada organismos internacionales, organizaciones de derechos humanos nacionales e internacionales, todo un movimiento de mujeres a lo largo y a lo ancho, incluso la opinión pública internacional y nacional. En ese sentido perdieron de vista que el derecho a obtener un pronunciamiento rápido forma parte, cuando una está procesada como está Belén, del derecho a la defensa constitucional. En este caso la demora profundiza aún más las violencias que ella sufrió de parte del poder judicial”.
UNIDO MOVIMIENTO DE MUJERES
“Belén, afirma Deza, sacó masivamente a mujeres a las calles en el año en que el Proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo busca, una vez más, ser ley. ¿Qué nos enseña su caso? “Una de las cosas: tenemos un movimiento de mujeres sumamente unido, muy potente y sobre todo veo mucho crecimiento. En parte la libertad de Belén fue tan masiva porque logramos que sectores que exceden al movimiento de mujeres se identifiquen con su problemática.
“Es hora de que construyamos alianzas que legitimen la demanda por la legalización del aborto por fuera exclusivamente del feminismo, afirma. Hay que ponernos creativas, quizás un poquito más atrevidas en nuestras demandas, dejar de resistir y empezar a conquistar porque son muchos los avances que uno ve en esta época de parte de los anti derechos. Tenemos un movimiento de mujeres imparable, la forma de capitalizar eso es sincerarlo y animarnos a dar debates que usualmente no nos animamos a dar.
Necesitamos, lamentablemente, aceptar que tenemos que convencer a otros sectores, considera Deza. Las alianzas que hemos construido hasta acá son fuertes, pero no alcanzan. Hay que mostrar cómo la prohibición del aborto es la violación de un derecho, como la criminalización del aborto es una violación de derechos humanos. Me parece que le da una fortaleza que va más allá de reclamar: mi cuerpo es mi decisión, no porque mi cuerpo es mi decisión sea insuficiente, sino porque necesitamos construir otras alianzas y tenemos que ser estratégicas”.
*Este artículo fue retomado del sitio argentino lavaca.org
17/RED
Últimamente y seguramente por cuestiones del azar, estoy escuchando y leyendo con demasiada frecuencia frases como "ni machista ni feminista, soy de personas", o "ni de hombres ni de mujeres, defiendo los derechos de los seres humanos en su conjunto", y ya comienzo a estar un poco harta.
Y lo estoy porque al igual en que entre un terrorista y sus víctimas no hay equidistancias tampoco la puede haber a la hora de posicionarse en la defensa de los derechos de las mujeres y de las niñas.
Valga iniciar esta reflexión diciendo que, por supuesto, estoy por la defensa de los derechos de todos los seres humanos y animales, faltaría más. Pero también por supuesto añado que de unos más que de otros.
Desde mi punto de vista, en la defensa de los derechos de las personas, nunca puede haber la misma distancia entre quien lo tiene todo y quienes apenas tienen para comer; entre quienes dictan las leyes con claros intereses partidistas en demasiados casos y entre quienes han de cumplirlas les gusten o no; entre la clase trabajadora y la patronal; entre el pueblo palestino y el gobierno sionista; entre el pueblo yemení y el gobierno de Arabia Saudí; entre los derechos de mujeres y niñas y los de los hombres.
Y no puede haber equidistancia porque siempre y en todos los casos que he nombrado y en otros muchísimos más hay quienes se llevan la peor parte y, por tanto entre quienes sufren las consecuencias de quienes ostentan el poder y los privilegios.
Los derechos de las mujeres y las niñas han sido pisoteados a lo largo de la historia por los hombres de toda clase y condición, llegando incluso a negarles durante muchos siglos su condición de persona. Aún hoy en día no es difícil escuchar noticias del tipo "Ha llegado una patera con once personas y cinco mujeres". Y este ejemplo es real.
Que el patriarcado tiene la habilidad de camuflarse de cualquier manera para subsistir, es algo que ya sabemos. Pero la ofensiva que está llevando a cabo en estos momentos con temas tan sensibles como la paternidad mediante vientres de alquiler es alarmante. Y como siempre cuenta con el capitalismo y grandes medios de comunicación a su favor.
No crea que sea justo ni equitativo hablar de altruismo y de generosidad de las mujeres gestantes porque tienen que hacerlo como consecuencia de necesidades económicas. Mientras que los padres lo hacen por satisfacer su DESEO de perpetuar su linaje. Porque si realmente necesitan satisfacer su paternidad, la adopción de bebés seria la opción más solidaria.
Dicho esto, me resulta imposible empatizar cómo esta gentuza famosilla que impone de forma hegemónica sus deseos hechos realidad gracias a las necesidades de mujeres de otras partes del mundo. Y me resulta imposible porque evidentemente no soy equidistante entre las dos partes.
Gente que pretende imponer un debate para que se legisle sobre cómo satisfacer un deseo personal a costa de la salud de las mujeres. Gente que con dinero cree que puede comprarlo todo, incluso "alquilando" vientres de mujeres. Gente caprichosa y despreciable a quien lo único que le importa es la satisfacción de sus deseos a toda costa. No, conmigo que no cuenten.
El debate que han impuesto nace viciado para convertir en derechos lo que son solo deseos. Y ahí no puede existir equidistancia. La salud de demasiadas mujeres e incluso niñas está en juego.
El neoliberalismo patriarcal pretende pasar por encima de los derechos de las mujeres jugando torticeramente, injustamente, con el lenguaje y utilizando de forma interesada expresiones acuñadas por las feministas. Expresiones como "lo personal es político" o "mi cuerpo es mío" están siendo utilizadas para justificar su discurso patriarcal dando la vuelta a su sentido original.
Es muy curioso ver cómo para impedir que las mujeres podamos interrumpir embarazos voluntariamente se nos intente despojar de nuestra capacidad de decisión sobre nuestro propio cuerpo, mientras que se nos devuelve toda esa capacidad de decisión cuando de satisfacer los derechos de paternidad de otros se trata.
El debate de los vientres de alquiler está servido. Hay muchos intereses patriarcales de por medio. Y por supuesto mucho negocio. Pero al igual que ocurre con la prostitución, el patriarcado pretende convertir deseos en derechos y no duda ni un segundo en intentar apropiarse del cuerpo de las mujeres y las niñas. Aunque sea "alquilando" partes de este, con tal de satisfacer esos deseos y seguir alimentando su "alter ego". Lo encuentran natural incluso. Y solo cuando esa "naturalidad" es cuestionada al poner los derechos de las mujeres al mismo nivel que los suyos, entonces sale en tropel la manada patriarcal clamando el mantenimiento de sus privilegios patriarcales de convertir en derechos lo que solo son deseos.
No, no es posible mantener una equidistancia cuando los derechos de más de la mitad de la población están en juego. Pretender mantenerla es una perversa estrategia patriarcal que disfraza de generosidad y altruismo lo que en realidad son necesidades económicas de mujeres, que no son libres para elegir gestar para otras personas con los riesgos para su salud integral que eso conlleva.
Y esa perversa estrategia patriarcal está alimentada por un neoliberalismo feroz que no tiene límites a la hora de diseñar líneas de negocios rentables. Aunque la materia prima para esos negocios sean los cuerpos de las mujeres y de las niñas.
Y lo mismo ocurre con el negocio de la trata de mujeres y niñas para su explotación sexual en donde tampoco podemos ser equidistantes.
Los derechos de las personas, por encima de todo y siempre, por supuesto. Pero de TODAS las personas. Y las mujeres y las niñas somos personas con derechos.
Y en estos temas mantener equidistancia es alimentar al neoliberalismo patriarcal más perverso que utiliza nuestros cuerpos para sus negocios. Porque allá donde existe necesidades por cubrir no existen libertades plenas para decidir.
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* Corresponsal, España. Comunicadora de Ontinyent.
17/TMC/GG
El Sistema Nacional de Salud (SNS) mexicano es un sistema fragmentado y la función de su rectora, la Secretaría de Salud (SS), enfrenta dificultades y retos, ya que cada institución del SNS posee cierta independencia para definir e implementar sus políticas y programas, su manejo financiero o establecer mecanismos de coordinación. Además, los propios programas de salud, por ejemplo el materno-infantil, no siempre están alineados con precisión a los programas de acción específicos definidos por la SS.
Esto incluye a todas las instituciones del SNS, sea el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Sistema de Protección Social en Salud (SPSS) o Seguro Popular (SP), o los Servicios Estatales en Salud (SESA).
Aún más, desde el proceso de descentralización de los servicios de salud, que culminó en la década de los años 90 del siglo XX, la función rectora de la SS enfrenta el enorme reto de integrar una respuesta coherente y eficiente entre las instituciones que componen el SNS, toda vez que las entidades federativas funcionan como entidades autónomas y, en su mayoría, no cuentan con mecanismos de rendición de cuentas y transparencia ni siquiera similares a la Federación.
Por otro lado, el Gobierno federal, particularmente la Presidencia de la República y algunos gobiernos estatales, han mostrado gran voluntad política para la disminución de la mortalidad materna, de acuerdo con los compromisos internacionales; hechos que determinan la existencia de un espacio de oportunidad para el funcionamiento y la incidencia del Observatorio de Mortalidad Materna en México (OMM).
ANTE LAS BRECHAS, ESTRATEGIAS
La segmentación del SNS ha favorecido brechas en el acceso a la provisión de los servicios, lo cual ha motivado la creación de estrategias que permitan el aprovechamiento de la infraestructura existente y la prestación de servicios de salud a través de convenios y acuerdos de colaboración interinstitucional. Estos mecanismos están encaminados a fortalecer la rectoría del sector y por tanto forman parte de la Reforma del Sector Salud.
La pauta fue marcada el 2 de octubre de 2001 con la celebración del Memorando de entendimiento para la optimización del SNS, firmado por las principales instituciones públicas: SS, IMSS e ISSSTE, cuyo compromiso sería el desarrollo de acciones basadas en la planeación conjunta, con la finalidad de aprovechar recursos humanos, técnicos e infraestructura existentes para otorgar la prestación coordinada de servicios de salud a fin de garantizar su acceso a los usuarios.
Posteriormente, en marzo de 2003 se firmó el Convenio General de Colaboración Interinstitucional en Materia de Prestación de Servicios de Salud o Convenio de Prestación de Servicios de Salud, a fin de establecer las bases, términos y condiciones para mejorar el aprovechamiento de la infraestructura existente.
Un hito en la reforma del SNS fue la creación del SPSS en mayo de 2003, configurándose como el mecanismo financiador mediante el cual el Estado proveerá la garantía del acceso oportuno a la salud establecido en 1983 en el Artículo 4o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Es decir, habían transcurrido 20 años sin que se diera cumplimiento a este derecho estipulado en la Carta Magna, a una población que no contaba con seguridad social.
En octubre de 2006 se firmó el Acuerdo de Colaboración Interinstitucional en Materia de Prestación de Servicios de Salud entre la SSA y el ISSSTE por medio de servicios diagnósticos y tratamiento médico. La modalidad de colaboración por parte del ISSSTE fue otorgar servicios a los beneficiarios del SPSS. En los padecimientos incluidos en el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, en unidades hospitalarias de alta especialidad. Y por parte de los hospitales regionales de alta especialidad de la SS, a derechohabientes del ISSSTE.
Un segundo hito fue la firma del Convenio AEO, en mayo de 2009 por parte de la SSA, IMSS e ISSSTE y en 2013 se incorporó el IMSS-Prospera. El Convenio AEO constituye una estrategia pionera ya que provee acceso universal, al menos en emergencias obstétricas, a cualquier mujer, sin importar su afiliación institucional, de manera gratuita e inmediata, cubriéndose este costo por las instituciones participantes. La estrategia del Convenio AEO constituye los denominados servicios no planificados al atender situaciones de emergencia.
En 2010, representantes del IMSS, ISSSTE, SS, Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales y Hospitales de Alta Especialidad, Comisión Nacional de Protección Social en Salud y Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud (DGPLADES) integraron una comisión de trabajo para identificar y diseñar herramientas que permitiesen un proyecto de intercambio de servicios bajo un marco de colaboración en servicios planificados, es decir, aquéllos no considerados como emergencias.
El 12 de mayo de 2011 se firma el Acuerdo General de Colaboración para el Intercambio de Servicios o Acuerdo de Intercambio de Servicios Planificados que incluía un anexo con un catálogo con tarifas para servicios auxiliares diagnósticos.
APRENDIZAJE Y HOMOLOGACIÓN
La aplicación del Convenio AEO ha dejado grandes enseñanzas, aunque no fue sino hasta 2011 que se inició su utilización, ya que requirió la homologación de las intervenciones y costos para poder realizar el pago de los servicios, estableciendo la pauta para constituir el resto de los acuerdos y convenios de colaboración en el sector.
El aprendizaje incluye herramientas de trabajo como: un manual de lineamientos para el intercambio de servicios; costo homologado de servicios; acuerdos marco para desarrollo de convenios de adhesión según intervenciones; incorporación de procesos de acreditación entre firmantes; medidas de transparencia y rendición de cuentas, así como vigilancia del cumplimiento de la operación de dichos acuerdos mediante el establecimiento de comisiones para el seguimiento a su operación.
Es importante destacar que el Acuerdo de Intercambio de Servicios Planificados y el Convenio AEO son la base jurídica y normativa de nuevos contratos -por ello debemos vigilar su funcionamiento muy de cerca- ahora celebrados bajo el nombre de Acuerdo de Universalización de Servicios de Salud en alineación con la política de universalización del sector salud.
Dicha política está descrita en el Plan Sectorial de Salud 2012-2018 y viene perfilándose desde la década de los años ochenta por la SS. Su objetivo radica en avanzar en la construcción de un SNS Universal bajo la rectoría de esta última, para eliminar las barreras y problemáticas que se enfrentan con la fragmentación y segmentación actuales.
*El documento constituye un extracto de un documento extenso del cual fue tomado.
**Investigadora del Observatorio de Mortalidad Materna en México
***Profesora investigadora del CIESAS-Sureste
****El Observatorio de Mortalidad Materna en México es parte de la Coalición por la Salud de las Mujeres, una red de organizaciones civiles con trabjo en salud y derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.
17/GRR/GFE/GG
El asesinato en Chihuahua de la periodista Miroslava Breach Velduceo nos trae, de golpe, el regreso de un horror: el asesinato de periodistas críticos. Tres en menos de un mes. El crimen de la reportera Breach nos lleva a repreguntarnos por qué es tan ineficaz la autoridad para investigar y sancionar a los responsables de los atentados a la libertad de expresión.
En el año 2000, con un gobierno panista, los atentados contra periodistas iniciaron su escalada; para 2006, con la llegada de Felipe Calderón a la presidencia de la República, la violencia desatada por su guerra contra el narco llevó a México a ser conocido como el país en América Latina más peligroso para ejercer el periodismo.
Producto de esta violencia, se creó la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra de la Libertad de Expresión (FEADLE), que lleva once años operando sin que hasta hoy dé resultados efectivos que terminen con la impunidad que rodea cada asesinato y agresión contra periodistas.
En 2010 tuvimos la visita del entonces relator de Naciones Unidas para la protección a la libertad de expresión, Frank la Rue. Una de las recomendaciones hechas al Gobierno federal fue sancionar los atentados contra periodistas, pues la impunidad es la puerta abierta a la repetición, aseguró en su informe.
La ineficacia de la Fiscalía está documentada en cada asesinado y agresión contra periodistas: 17 mujeres periodistas han sido asesinadas por hacer su trabajo y 331 han sido agredidas o intimidadas por las investigaciones que realizan desde 2002. Ninguna periodista debió de haber sido asesinada, ninguna de ellas debe vivir con temor por las amenazas recibidas.
¿Por qué la Fiscalía no llega hasta los culpables de los asesinatos y las agresiones contra periodistas? Es la pregunta que desde hace más de una década se insiste y a la cual ningún fiscal ha dado respuesta.
¿A quién le conviene que el miedo por investigar corrupción, ejecuciones extrajudiciales, violaciones a derechos humanos, desapariciones o feminicidio crezca entre las y los periodistas? ¿A quién le conviene que la sociedad no sea informada sobre estos temas?
Cuando los agresores de periodistas son funcionarios públicos, la respuesta es lógica: sembrar el miedo por investigar temas que incomoden a los que tienen el poder le va bien, le favorece a los poderosos, pero no a la sociedad.
Anoche, la periodista Laura Castellanos, quien se ha dedicado a investigar ejecuciones extrajudiciales, escribía en el tweet “Si la sociedad nos deja solas/os en nuestro ejercicio periodístico, crece nuestra vulnerabilidad”.
Es urgente que la sociedad se dé cuenta de la importancia del trabajo periodístico independiente y crítico, pues sacar a la luz las desigualdades y los abusos de poder permite a la sociedad ser más crítica y construir mejores democracias.
Por ello es tan grave que asesinen o intimiden a las y los periodistas, y que las instancias creadas para investigar estos crímenes sean tan ineficaces para hacer justicia. Grave, porque cuando silencian o limitan la posibilidad de investigación periodística, la sociedad está menos informada y más vulnerable de vivir en la mentira creada desde las esferas del poder y divulgada por medios que privilegian los convenios publicitarios, antes que su obligación de informar.
El horror no puede seguir imperando en nuestro país, es necesario que la sociedad haga suya la causa de la protección de periodistas, demande la investigación ante cualquier atentado, fortalezca a las y los periodistas independientes para que crezca la democracia que tanta falta hace en México, y para que ni una periodista más sea asesinada, porque todas esas voces hoy nos hacen falta.
*Periodista y feminista, Directora General de CIMAC
Twitter: @lagunes28
17/LLH/GG