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Necesario revisar a profundidad Ley de Trata para responder a venta de niñas y mujeres

Por Anayeli García Martínez
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Ciudad de México.- La investigadora feminista y exsenadora de la República, Angélica de la Peña Gómez, llamó a las 250 diputadas federales a desempolvar la minuta que en 2016 envió el Senado a la Cámara de Diputados para modificar la Ley General contra la Trata de Personas, a fin de definir las conductas, medios comisivos y fines de explotación de este delito.

A nueve años de la publicación de esta ley, el 14 de julio de 2012, la exlegisladora expuso en entrevista que es importante reformarla para proteger a mujeres, niñas y niños que son víctimas de trata de personas con distintos fines, incluyendo a aquellas niñas indígenas que son vendidas para matrimonio forzado.

Así lo dijo a propósito de la declaración que hizo el presidente Andrés Manuel López Obrador, quien el 24 de octubre, durante su gira por la Montaña de Guerrero, afirmó: “No vengo a ver eso (hablar de la venta de niñas), porque eso no es la regla, en las comunidades hay muchos valores culturales, morales, espirituales. Eso puede ser la excepción, pero no es la regla, ¿qué acaso la prostitución sólo está con los pobres?”.

Matrimonio forzado igual a trata

En México, la ley contra la trata establece, en su artículo 28 y 29, el matrimonio forzado como un delito, sin importar si hay o no un pago a los padres, tutores, familiares o cualquiera que ejerza autoridad sobre la persona obligada. Además, el artículo 45 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece los 18 años como la edad mínima para contraer matrimonio.

El caso de las niñas que son obligadas a casarse a los 10  u 11 años de edad con personas mayores a cambio de bebidas, dinero o una vaca es realmente espeluznante, consideró De la Peña. “Eso pasa en muchísimos lugares del país, de los pueblos indígenas, a partir de los usos y costumbres, eso es verdaderamente deleznabale”, declaró.

En este contexto, reflexionó, los padres o madres de niñas indígenas que las entregan en matrimonio forzado a cambio de dinero deben ser sancionados como tratantes, porque así lo establece la ley. “El padre ve a cada niña que nace como una mercancía. Es trata de personas”, dijo la integrante de la Red de Investigadoras para la Vida y la Libertad de las Mujeres.

Agregó: “¿Por qué los padres tienen que ser tratados de manera diferente a los delincuentes, a los tratantes que no son padres? ¿Por qué el esposo que viola a su esposa debe ser tratado de manera diferente al señor que no conoces y que viola a una mujer. Al contrario, es peor porque hay una relación de confianza. Están en una situación de inminente peligro quienes viven con sus tratantes y con sus violadores?», dijo.

Nueve años de la ley

Han pasado nueve años desde que en 2012 se expidió la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctima de estos Delitos, pero en opinión de la experta, esta norma no ha cumplido la función para la cual fue creada.

La ley contra la trata contiene algunas consideraciones en materia de prevención, pero es un norma de naturaleza penal, por lo tanto De la Peña, quien fue secretaria de la Comisión contra la Trata de Personas en el Senado, aseguró que tiene que revisarse profundamente para responder a problemas como la venta de niñas y mujeres.

Incluso, este martes 26 de octubre, el presidente López Obrador habló de la venta de niñas como trata y un hecho que se debe condenar, aunque repitió que no era generalizada y agregó que es clasista y racista acusar de todos los males «a los pobres». «La trata o la prostitución infantil no es la generalidad de lo que sucede en las comunidades, como a veces se presenta en los medios de información», dijo.

La exlegisladora detalló que la principal carencia de esta ley para atender los casos de trata como estos, es que no está armonizada con el Protocolo de Palermo, un instrumento de Naciones Unidas firmado por los países para comprometerse a atender, prevenir y sancionar la trata de personas. México ratificó este protocolo el 25 de diciembre de 2003.

Este protocolo reconoce la trata como “la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación”.

El instrumento internacional señala que esa explotación incluye “como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud y la servidumbre o la extracción de órganos».

La ley mexicana, por su lado, define la trata como un delito que se castiga con cinco a 15 años de prisión y que implica “toda acción u omisión dolosa de una o varias personas para captar, enganchar, transportar, transferir, retener, entregar, recibir o alojar a una o varias personas con fines de explotación”.

Reformas pendientes 

En la LXIV Legislatura el Senado convocó a la sociedad civil y a expertas y expertos para reunirse en mesas de trabajo con el objetivo de reformar la ley contra la trata, pues desde entonces legisladoras como Angélica de la Peña llamaron la atención sobre las pocas personas privadas de su libertad por estos actos de violencia.

Como muestra, el Diagnóstico sobre la situación de la trata de personas en México 2019, elaborado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, reveló que después de la publicación de esta ley, en junio de 2012 y hasta el 31 de julio de 2017 se encontraron 858 sentencias dictadas por delitos en materia de trata de personas, pero de éstas: 296 fueron absolutorias y 562 condenatorias.

Es por eso que en 2014 el Senado aprobó modificaciones a la ley contra la trata, una serie de cambios impulsados por legisladoras como Angélica de la Peña, Lucero Saldaña y Adriana Dávila, entre otras. Ese año la Cámara de Diputados aprobó algunos cambios y rechazó otros. En 2016 el Senado volvió a impulsar las reformas.

Entre los cambios propuestos, el delito no prescribe si se trata de menores de 18 años de edad, se incluye el embarazo forzado como un fin de la trata, se reconoce que una condición de vulnerabilidad de la víctima es la relación sentimental o de parentesco con la persona agresora, entre otros. “Son preceptos que fueron diseñados por especialistas en distintas materias para garantizar que la ley contra la trata de personas cumpla con el objeto de su creación”.

Las reformas fueron aprobadas a la Cámara de Diputados para su ratificación, lo cual no ha sucedido, a pesar de que en su momento las senadoras expusieron la necesidad de establecer con claridad los medios comisivos, es decir, indicar los fines de la trata de personas, que son variables, no sólo tiene que ver con explotación sexual, también implican servidumbre, servicio para la delincuencia o trabajo infantil.

La exlegisladora por el PRD dijo que la actual ley tiene deficiencias penales y mantenerla como está es mandar un mensaje de que se puede seguir actuando con impunidad y no pasa nada. Además, consideró que hoy esta norma se usa de forma mercantilista: Hay agrupaciones que viven de mantener a víctimas en refugios y cobrar al gobierno y a otras instituciones por esto.

Al ser un delito que genera ganancias para todo una cadena de personas, desde quien engaña y engancha a las víctimas, hasta quien vende productos como videos de pornografía infantil, la investigadora consideró que hay intereses económicos y políticos para no mejorar la ley, de ahí el llamado que hizo a las diputadas federales, quienes hoy ocupan la mitad de la Cámara baja y pueden hacer el cambio.

21/AGM/LGL

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